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El Supremo da la razón a Aznar en la pugna por los edificios incautados al PNV

El alto tribunal dice que la actual sede del Cervantes en París no fue incautado por Franco

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por el PNV contra una decisión del Consejo de Ministros de 22 de enero de 2001 por la que se le negaba una compensación económica por varios bienes incautados por el régimen franquista, entre otros, por el edificio del número 11 de la parisina Avenue Marceau, que llegó a ser sede del Gobierno vasco en el exilio y actualmente alberga el Instituto Cervantes en la capital francesa. El PNV había pedido en su demanda la restitución de esos bienes -dicho edificio y otros dos inmuebles de Noyon y Compans- o una compensación económica cifrada en 1.752.518.000 pesetas.

Entre los acuerdos a los que llegó el PNV con el PP para apoyar la primera investidura de José María Aznar, tras las elecciones de 1996, los nacionalistas arrancaron un pacto sobre la devolución del patrimonio que les fue incautado durante el franquismo. Fruto de ese acuerdo, el Gobierno del PP aprobó en diciembre de 1998 la ley sobre restitución o compensación a los partidos de bienes y derechos incautados durante la guerra civil.

El Ejecutivo central defendió que los recurrentes "no han podido acreditar la titularidad del PNV" sobre el edificio de Avenue Marceau, "ya que de los documentos aportados se destaca más bien la vinculación de dicha entidad con el Gobierno vasco". Agregaba que "dicho edificio nunca fue incautado y su integración en el Patrimonio del Estado se efectuó en virtud de sentencia judicial" de un tribunal parisino.

El abogado recurrente, Guillermo Ibarrondo, había intentado acreditar que se llegó a esa sentencia del Tribunal Civil del Sena -el 21 de julio de 1943, es decir, bajo la ocupación nazi de Francia- gracias a la "connivencia entre las autoridades alemanas de la ocupación y el Gobierno franquista, con presiones hacia el tribunal en la prefabricación del posterior fallo y de las pruebas utilizadas, ficticias y artificialmente creadas al efecto".

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal asegura en su fallo que la ley de incautaciones tiene carácter restrictivo y no cabe, vía una interpretación "extensiva", "ampliar la restitución o compensación a otros derechos no previstos". Y da la razón al Gobierno español al indicar que los bienes fueron "adquiridos en virtud de una sentencia" y no incautados. La resolución judicial, de la que ha sido ponente el magistrado Óscar González, dice que en los otros dos edificios la petición se hizo fuera de plazo.

El caso, a Estrasburgo

El PNV recurrirá el fallo en amparo al Tribunal Constitucional y no dudará en agotar todas las vías judiciales y llevar, en su caso, el asunto al Tribunal de Estrasburgo para "evitar la consumación de los deleznables hechos que pretenden ser ignorados y pasados como un episodio histórico-anecdótico a modo de simple curiosidad", según dijo a EL PAÍS el letrado Guillermo Ibarrondo.

El PNV no alberga una "especial esperanza" de que sus tesis prosperen en el Constitucional y, cuando sea oportuno, llevará la causa a Estrasburgo, "denunciando la violación de los derechos humanos y libertades fundamentales consagradas en las declaraciones y convenciones también firmadas y ratificadas" por España. Cree que el "injusto" fallo transgrede un artículo de la Convención de París que reconoce a todos el derecho a que sea "respetada la propiedad de sus bienes".

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