Los procesos de Santiago
La liberación de Pinochet en Londres permitió ampliar la investigación de sus crímenes a niveles desconocidos
Aunque no fue una creación original, la desaparición de personas en masa resultó una de las principales aportaciones del régimen del general Augusto Pinochet a la historia reciente de los llamados crímenes contra la humanidad en América Latina. El método se inspiró en el decreto secreto nazi del 7 de diciembre de 1941 por el cual se ordenaba la desaparición de personas en la "niebla de la noche" con el propósito de aniquilar la resistencia en los países europeos ocupados por el Ejército alemán. Se trataba de no dejar rastros de las personas secuestradas y asesinadas clandestinamente. Sus autores intelectuales, entre ellos el coronel Manuel Contreras, director de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), la policía secreta de Pinochet, estimaban que así se garantizaba la eliminación de los detenidos. Hacía, además, muy difícil cualquier investigación judicial de los hechos. Y, por último, permitía confundir a los familiares y la opinión pública sobre el paradero y las razones de las desapariciones.
El régimen militar se inspiró en un decreto de Hitler para implantar las desapariciones
En 2001, el Gobierno designó cinco jueces especiales para acelerar los procesos
Era, pues, la versión militar del crimen perfecto. Pinochet, además, intentó dejar todo atado y bien atado. En abril de 1978, la junta militar aprobó el decreto ley de amnistía número 2.191, elaborada por la ministra de Justicia, Mónica Madariaga, prima de Pinochet, por el cual el Gobierno concedía la "amnistía a todas las personas que, en calidad de autores, cómplices o encubridores hayan incurrido en hechos delictuosos, durante la vigencia de la situación de estado de sitio entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1978". El decreto hacía, por presión del presidente norteamericano Jimmy Carter, una sola excepción: no se podía aplicar a los responsables del asesinato del ex ministro de Allende Orlando Letelier, en Washington el 21 de septiembre de 1976.
Durante la dictadura, la justicia rechazó casi por definición los hábeas corpus o recursos de amparo, una institución jurídica fundamental para garantizar la integridad de las personas. Era el equivalente de una sentencia de muerte o una condena a la desaparición. La justicia no creía a los familiares del secuestrado. Por tanto, la DINA podía hacer lo que se le antojara con el prisionero.
El informe de la Comisión Nacional de la Verdad y Reconciliación, creada durante la presidencia de Patricio Aylwin, dio cuenta el 8 de febrero de 1991 de que los muertos durante la dictadura se elevaban a 1.068 personas y los desaparecidos a 957, cifras que más tarde fueron incrementadas.
En 1995, durante el Gobierno de Eduardo Frei Ruiz-Tagle, el general retirado Manuel Contreras y su segundo, el general Pedro Espinoza Bravo, fueron condenados a siete años y seis años de prisión, como autores intelectuales del asesinato de Letelier. Cuando recuperaron su libertad, en el año 2000, Chile había cambiado. Pinochet había permanecido bajo arresto domiciliario en el Reino Unido durante 17 meses y, aunque ya estaba de regreso, la justicia chilena ya no era la misma.
Los ministros de fuero (jueces de la Corte de Apelaciones y de la Corte Suprema) ya habían dado con una fórmula para eludir la aplicación de la ley de amnistía a los casos de las personas desaparecidas. Al no aparecer nunca los cuerpos de las víctimas, estos casos, calificados como secuestros permanentes, no entraban dentro de los supuestos previstos. Había, ante todo, que investigar, establecer los hechos, y dictar, si cabían, las sentencias correspondientes. En el caso de las personas ejecutadas, cuyos cuerpos se habían identificado, los jueces consideraron que la ley de amnistía sólo podría ser considerada una vez que las investigaciones establecieran los hechos.
El retorno de Pinochet a Chile en marzo de 2000, que fue seguido por su desafuero como senador vitalicio y el procesamiento por su participación en los hechos de la caravana de la muerte -la desaparición y ejecución, en octubre de 1973, de la mayoría de 75 detenidos en el norte de Chile-, fue un acicate para otras investigaciones. Y aunque Pinochet escapó a la justicia por presunta "demencia vascular", la investigación judicial siguió adelante en toda las causas.
Según los abogados del Programa de Derechos Humanos, del Ministerio del Interior, hoy suman unos 240 los llamados "agentes del Estado" procesados, mientras que los condenados ascienden a 21, estos últimos por hechos posteriores a 1978. Entre los procesados, 26 son generales, de los que 19 pertenecen al ejército.
El juez líder en las investigaciones fue desde primeros de 1998 el ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Juan Guzmán. Sin embargo, al concentrar en su juzgado todas las causas contra Pinochet, los procedimientos avanzaban muy lentamente. A primeros de 2001, el Gobierno propuso la designación de cinco jueces especiales para complementar la actividad de Guzmán.
"Soy optimista. Lo que ha pasado en Chile con la justicia no tiene precedentes en otras partes del mundo. El arresto de Pinochet abrió las compuertas de la acción. La composición de la Corte Suprema había preparado las condiciones. Y cuando se presentó la oportunidad con la detención de Pinochet, las cosas se aceleraron", dice Nelson Caucoto.
Entre las causas que lleva Caucoto está la de los asesores y escoltas del presidente Salvador Allende, detenidos en el Palacio de la Moneda el 11 de septiembre de 1973. Más de veinte de ellos fueron confinados y torturados en el regimiento Tacna. Y desde allí se los trasladó hasta el campo militar de Peldehue. El 13 de septiembre de 1973 fueron ejecutados y lanzados a una fosa común. Quince años más tarde, sus cuerpos fueron exhumados y, en algunos casos, lanzados al mar, según ha declarado recientemente el suboficial que condujo el helicóptero.
"Las confesiones comienzan a generalizarse. El paso del tiempo, el cambio biológico de personas que han cargado con esta experiencia durante 30 años, la presión de sus propios familiares, todo ello contribuye a que muchos digan la verdad ante los jueces. Y éstos han perdido el miedo. Hoy no vacilan en tomar declaración a generales o comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas", señala Caucoto.
Otro de los casos estrella, el del asesinato del ex comandante en jefe del Ejército chileno Carlos Prats, en Buenos Aires el 30 de septiembre de 1974, también ha conocido avances tan rápidos como significativos. Dicho caso, que permanece abierto en Argentina -donde ya hubo una sentencia condenatoria a cadena perpetua-, llevó a la justicia bonaerense a solicitar la extradición de Pinochet, Contreras, Espinoza y otros implicados en el atentado terrorista. La justicia chilena concedió la extradición, pero conforme al convenio con Argentina se comprometió a juzgar a los responsables en Chile. El 24 de febrero de 2003, el ministro de fuero Alejandro Solís procesó y ordenó el arresto de los generales Manuel Contreras, Pedro Espinoza, Raúl Iturriaga Neumann y otros miembros de la DINA por el asesinato de Prats.
Por el momento, los jueces han dictado en todo este maremágnum recientemente sólo dos sentencias condenatorias .
La 'autoamnistía' aún vigente
El decreto-ley de Amnistía 2.191, aprobado por la Junta Militar en 1978 —es decir, la autoamnistía— sigue vigente. El intento de derogarlo en el Parlamento chileno sufre desde 1992 el sueño de los justos. En mayo pasado, el partido Unión Demócrata Independiente (UDI), que ahora intenta amortizar en su balance la figura de Pinochet, a quien siempre apoyó, sorprendió al Gobierno del socialista Ricardo Lagos con una propuesta pública para elevar las indemnizaciones a las víctimas de las violaciones de derechos humanos y acelerar los procesos. A primeros de agosto, Lagos a su vez respondió con otra oferta: mejora modesta de las indemnizaciones, pago de una cantidad "austera y simbólica" a los torturados durante la dictadura, nombramiento de nuevos jueces especiales para acelerar las investigaciones, rebaja de penas para participantes de rango inferior en los crímenes e "inmunidad" penal para aquellas personas que no estando procesadas o acusadas aporten información sobre desaparecidos, asesinatos y torturas. El paquete de medidas será enviado al Parlamento, pero el Gobierno ha anunciado que no será posible derogar la vigente Ley de Amnistía.
La mención de la palabra "inmunidad" para las personas que aporten información ha despertado la oposición en el Partido Socialista y en la comunidad de abogados de derechos humanos. El concepto de inmunidad va perdiendo en el derecho internacional la fuerza que poseía. Prueba de ello es que los estatutos de la Corte Penal Internacional (CPI) prevén que un jefe de Estado puede ser llevado ante los tribunales por crímenes contra la humanidad. Por otra parte, las investigaciones en curso generan cada vez más confesiones entre los que participaron en los crímenes. Quien no ha sido procesado en treinta años —como ha ocurrido la semana pasada con el general retirado Héctor Orozco— puede estarlo mañana. Por tanto, la inmunidad propuesta se convertiría, lisa y llanamente, en impunidad penal.
Algunos miembros de la Corte de Apelaciones y de la Corte Suprema consultados por EL PAÍS no han ocultado sus temores ante la proposición que formalizará próximamente el Gobierno. Una reciente disposición interna del presidente de la Corte Suprema prohíbe a sus miembros hacer cualquier tipo de comentario sobre estos temas. Sin embargo, dos ministros dijeron a este periódico, bajo condición de mantener su nombre en reserva, que temen que las medidas ofertadas por el Gobierno se conviertan en "un engendro" que si bien tendrá dificultades para acabar con las investigaciones, podría frenarlas. Los magistrados creen que el Gobierno les está enviando señales para que sean ellos quienes dicten una solución final del problema de las violaciones de los derechos humanos.
La figura del "secuestro permanente" hizo que los desaparecidos se volvieran contra sus mentores, Contreras y Pinochet, ya que es la autopsia del cadáver o la reconstrucción del mismo, lo que, según el Código de Procedimiento Penal chileno, acredita el homicidio de una persona. Por tanto, el delito permanece como "inamnistiable" por la ley vigente desde 1978.
La figura del secuestro permanente también puede convertirse en un dolor de cabeza para aquellos ministros de la Corte de Apelaciones o la Corte Suprema partidarios de hallar una "solución definitiva" una vez que acaban las investigaciones y se dicten sentencias. Si se trata de secuestros permanentes nunca se podría aplicar la amnistía, cosa diferente para los casos donde sí hay constancia de los cuerpos. Los desaparecidos son, perversamente, más afortunados que los ejecutados cuyos cuerpos han sido hallados.
Así como la justicia chilena interpretó en el caso de Pinochet que se le podía aplicar, por analogía, la eximente del viejo código vigente según la cual una persona loca o demente no puede hacer frente a sus responsabilidades penales, también en el tema de los desaparecidos se perfila, a medio plazo, una salida.
Clara Szczaranski, presidenta del Consejo de Defensa del Estado, algo parecido al abogado del Estado, explicó el pasado sábado 6 de septiembre ante un millar de militares retirados —la flor y nata de los responsables de los crímenes de la dictadura— su nueva visión. "En derecho, para probar un homicidio no se requiere un cadáver, pero sí se requieren varias pruebas coincidentes, razonables. Sólo si encontramos a los desaparecidos o logramos demostrar su fin, convencer acerca de su verdadero fin a los familiares y a los jueces, los procesos podrán concluir. Debemos cabalgar el tigre de verdad, ir a su encuentro antes de que golpee más". Y, ¿cómo concluirlos? Mil militares se pusieron de pie para ovacionar a la presidenta del CDE cuando lo dijo: "El Ejército es inocente se debe amnistiar a quien legalmente corresponda", dijo. ¿Y a los ya condenados que han colaborado en la búsqueda de la verdad? "Se les puede perdonar con el indulto si la merced del presidente de la República así lo considera", dijo.
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