Los licenciados en Derecho deberán hacer una prueba o pasantía para ejercer como abogados
El PP ha presentado una proposición de ley para modificar el acceso a esta profesión
Los licenciados en Derecho tendrán que superar bien una prueba de aptitud o bien una pasantía para poder ejercer como abogados o como procuradores, según señala una proposición de ley presentada la pasada semana por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. La prueba "tendrá carácter único para todo el territorio nacional" , según señala la proposición de ley, y la pasantía consistirá en una serie de cursos organizados entre los colegios de abogados o procuradores y los centros docentes universitarios o de posgrado. La medida afectará a los estudiantes que se licencien cinco años después de que se apruebe esta ley, lo que sucederá presumiblemente el próximo otoño.
El Gobierno intentó ya incluir la reforma del acceso a la abogacía y a la profesión de procurador en el Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia, firmado en 2001, pero no fue aceptada por la oposición. El Grupo Parlamentario Popular la ha rescatado y presentado como proposición de ley en el Congreso de los Diputados el 28 de mayo. La Cámara baja la aceptó el pasado martes y el Gobierno dispone ahora de dos meses hábiles (julio y agosto no lo son) para presentar un informe junto con la proposición de ley al Pleno del Congreso.
En la actualidad, para ejercer como abogado o procurador sólo es necesario tener el título de Licenciado en Derecho y estar apuntado al colegio profesional correspondiente. El texto del PP establece que, a partir de cinco años después de la entrada en vigor de esta norma, los licenciados en Derecho deberán contar con la "acreditación de aptitud profesional" con la que "se reconoce la capacitación necesaria para el ejercicio profesional", una acreditación que sólo podrán obtener si superan la prueba de actitud o la pasantía. Esta acreditación "será expedida por el Ministerio de Justicia" y tendrá una validez ilimitada.
Este curso hay unos 160.000 estudiantes de Derecho matriculados en 79 centros de universidades públicas y privadas españolas. En España hay alrededor de 140.000 abogados colegiados.
Los congresos de la abogacía llevan décadas reclamando una prueba de capacitación profesional para poder ejercer. En 1995, los colegios profesionales solicitaron dos años de prácticas para estos licenciados. La petición de esta reforma ha provocado intermitentes protestas estudiantiles. En 1995 se manifestaron 200.000 alumnos en contra de la pasantía obligatoria, y el entonces ministro de Educación, el socialista Jerónimo Saavedra, rechazó la propuesta. En 1997 afloró el tema y los alumnos pidieron que las prácticas se integraran en la carrera. En 2000 se produjo la última polémica.
El PP justifica en la exposición de motivos que, dado que la nueva regulación permite el ejercicio profesional y la colegiación de los abogados de la UE en cualquier Estado, "resulta imprescindible introducir en el ordenamiento jurídico español un instrumento que acredite la cualificación necesaria para el ejercicio profesional en España y siente las bases para la definitiva aproximación a los sistemas vigentes en los restantes Estados de la UE".
La duración y los contenidos de la pasantía se determinarán en un reglamento complementario a la ley propuesta por el PP. Respecto a la prueba de aptitud, será convocada por el Ministerio de Justicia, tras consultar a los consejos generales de abogados y procuradores y constará "de un ejercicio orientado a que el candidato acredite, de forma objetiva, formación práctica suficiente para el ejercicio de la profesión, así como normas deontológicas y profesionales".
Se creará una comisión de evaluación, que será el órgano competente para valorar la capacitación de los aspirantes a la obtención de la acreditación. En el caso del acceso a la abogacía, la comisión estará compuesta por un magistrado o juez, un catedrático o titular universitario de Derecho, un vocal en representación del Ministerio de Justicia y un abogado, que actuará como secretario. La comisión para el acceso a la profesión de procurador estará formada por un catedrático o titular universitario, un vocal del Ministerio de Justicia, un secretario judicial y un procurador.
Los consejos de abogados y de procuradores podrán proponer a Justicia la creación de "comisiones de evaluación delegadas" en diferentes sedes territoriales. La organización y coordinación de la prueba de aptitud correrá a cargo del Ministerio de Justicia. Pero su ejecución "correrá a cargo del Consejo General de la Abogacía y de Procuradores", asistidos por los consejos de los colegios profesionales de las comunidades autónomas.
Las disposiciones adicionales y transitorias señalan que los licenciados podrán apuntarse a los colegios sin tener la acreditación como "no ejercientes" y que "la acreditación no podrá suponer en ningún caso limitación por razones numéricas para el acceso al ejercicio" de estas profesiones.
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