Un decreto unificará criterios sobre listas de espera, pero no fijará plazos máximos
Las comunidades deberán informar de la situación cada seis meses a un servicio centralizado
El Ministerio de Sanidad presentó ayer a las comunidades autónomas un proyecto de real decreto con el que se unifican los criterios para la elaboración de las listas de espera de las consultas al especialista, las pruebas diagnósticas y la intervención quirúrgica, así como las prioridades en la gestión de dichas listas. El decreto no fija plazos máximos de atención, pero sí insta a las autonomías a que los establezcan. Las comunidades, además, deberán facilitar semestralmente la situación de sus listas, el 30 de junio y el 31 de diciembre de cada año, a un servicio centralizado de información.
El borrador de real decreto que debatió ayer el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, formado por la ministra Ana Pastor y los consejeros autonómicos, será previsiblemente aprobado el próximo viernes en el Consejo de Ministros. Sólo quedan excluidas de la norma las consultas, pruebas e intervenciones quirúrgicas "de carácter urgente" y los trasplantes de órganos. Los principales aspectos del decreto son los siguientes:
- Tiempos máximos. El decreto no incluye un tiempo máximo de espera, aunque sí prevé que "las Administraciones públicas garantizarán tiempos máximos de demora". El decreto se centra en establecer los criterios para reunir de manera clara y comparable la información sobre las demoras en las distintas autonomías. Para ello parte de la definición de los criterios de cómputo, y establece indicadores de medida "básicos, mínimos y comunes" para un sistema de información que permita comparar la espera en distintas comunidades o servicios hospitalarios.
- Datos comunes. El documento recoge en tres anexos los datos que deben figurar de cada proceso. Fija el concepto de prueba diagnóstica o terapéutica (toda prueba o exploración complementaria a la consulta del especialista realizada en una sala especial y que requiere de una cita específica) y el de fecha de entrada en el registro. También establece los tipos de cita ("a fecha fija" o "a primera cita disponible").
- Tipo de espera. También se distingue y define la espera estructural (atribuible a la organización del sistema y los recursos disponibles) o espera no estructural, cuando es el propio paciente el que decide retrasar una consulta o intervención por motivos personales o laborales o cuando es el propio médico el que fija una fecha de consulta posterior a la primera disponible.
- Prioridad de atención. Asimismo, el decreto establecerá criterios de prioridad de los pacientes, para que el orden de atención no lo fije únicamente la antigüedad, como denunció el Defensor del Pueblo. Para ello se prevé que los expertos del Consejo Interterritorial y de las sociedades científicas elaboren guías clínicas para los procesos quirúrgicos más frecuentes. Estas guías "actuarán de referencia en el Sistema nacional de Salud".
- Información individualizada. Al paciente se le reconoce el derecho a recibir información individualizada. Es decir, no sólo se le notificará la demora media de la consulta u operación, sino que se le dirá cuánto tendrá que esperar él en concreto. Además, para evitar situaciones como la de los retrasos por "agendas cerradas" (el enfermo no entra en la lista porque el especialista no tiene abierta la agenda de los próximos meses), los criterios con los que se medirá la espera serán comunes.
Para el PSOE el texto es la respuesta -"precipitada", según la secretaria de Asuntos Sociales, Consuelo Rumí- al informe que el Defensor del Pueblo presentó al Congreso el mes pasado, en el que criticaba la desinformación sobre las listas, y el tiempo excesivo que debían esperar los ciudadanos. El Consejero de Sanidad de Castilla-La Mancha, el socialista Fernando Lamata, criticó la falta de dinero. "No vemos qué recursos adicionales va a poner el Gobierno de España para reducir las listas", declaró.
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