Una juez reconoce el uso terapéutico del hachís y absuelve a un detenido con dos kilos
El acusado, un enfermo de cáncer, tomaba la droga para paliar los efectos de la quimioterapia
Roland H., un austriaco enfermo de cáncer, ha sido absuelto del delito de tráfico de estupefacientes pese a su detención con dos kilos de hachís en el aeropuerto de Barcelona. La juez ha considerado que el acusado, que permanecía en prisión desde julio, no pretendía traficar, sino utilizar la droga para paliar los efectos de las sesiones de quimioterapia a que le obliga su enfermedad, en lo que supone el primer reconocimiento judicial en España de la utilidad terapéutica del hachís, avalada por diversos estudios médicos. El Tribunal Supremo suele considerar indicio de tráfico las cantidades superiores a un kilo de dicha sustancia.
Roland H., de 54 años, fue detenido en el aeropuerto barcelonés de El Prat, el pasado 22 de julio, cuando se disponía a pasar el control de maletas antes de embarcar en un vuelo con destino a Salzburgo (Austria). En su maleta, la Guardia Civil descubrió una bolsa de color marrón con 1.927 gramos de hachís, distribuidos en ocho tabletas, cuyo valor en el mercado negro se estimó en 250.000 pesetas.El acusado había sufrido una intervención quirúrgica hacía cinco años para extirparle un melanoma en la región umbilical y una segunda operación un año después para intervenirle un cáncer de estómago. Desde entonces, aseguró, seguía un tratamiento de quimioterapia y tomaba habitualmente 50 gramos semanales de hachís con fines terapéuticos, tanto por su efecto euforizante y de bienestar como para paliar las molestias derivadas de la quimioterapia.
En su innovadora sentencia, Araceli Aiguaviva, titular del Juzgado de lo Penal número 17 de Barcelona, reconoce el uso terapéutico del hachís para los enfermos de cáncer y señala que, pese a la gran cantidad de droga que llevaba el acusado en su maleta, no hay ninguna prueba de que la sustancia iba a destinarse al tráfico de estupefacientes. En declaraciones a este periódico, la juez explicó que el aspecto clave del caso es que en ningún momento se pudo demostrar que pretendiera comercializar la droga. "Ni llevaba encima cantidades de dinero que hicieran sospechar ni tampoco disponía de los instrumentos habituales de quienes se dedican al tráfico, como balanzas", dijo Aiguaviva.
Según la juez, existe numerosa jurisprudencia del Tribunal Supremo, que cita en su sentencia, en la que se recuerda que a menudo la simple posesión de la droga puede hacer presumir que se está cometiendo un delito, pero que los tribunales deben "analizar cada caso por separado" y valorar, entre otras cosas, "si la droga estaba repartida en dosis, si tenía material para su tratamiento, grandes sumas de dinero en efectivo, si el acusado es drogadicto o si pretendía esconder la sustancia prohibida". En esta ocasión, el ciudadano austriaco demostró que padecía cáncer y que utilizaba el hachís para paliar los efectos secundarios de la quimioterapia a la que se estaba sometiendo.
La fiscalía pedía una pena de cuatro años de cárcel para Roland H. por un delito contra la salud pública, además de una multa de 2,522 millones de pesetas, una petición de pena acorde con la cantidad intervenida, dado que la posesión de más de un kilo de hachís ya se considera indicio de tráfico de drogas.
La sentencia de la juez Aiguaviva recoge las tesis médicas sobre el uso de drogas blandas con fines terapéuticos y paliativos. La juez señala que "existe una gran cantidad de literatura científica sobre la utilidad del hachís en oncología con fines terapéuticos", entre los que describe el tratamiento de los "efectos indeseables que se derivan de la quimioterapia -vómitos, náuseas y sensación de malestar-, y también su efecto euforizante y de bienestar que produce en los enfermos neoplásicos".
La juez considera que el ciudadano austriaco, que se encontraba en prisión preventiva desde que fue detenido a principios del verano pasado, era inocente, ya que no existen indicios suficientes para opinar que el acusado pensaba destinar el hachís a la venta. La sentencia recuerda también que el acusado siempre ha mantenido que compró esa importante cantidad de droga porque se la ofrecieron a "buen precio" y que su destino era "única y exclusivamente el autoconsumo con fines terapéuticos".La juez evalúa también la capacidad económica del acusado. Roland H. cobra una pensión mensual de 70.000 pesetas y dos pagas anuales de 250.000. La sentencia considera que sus ingresos no son discordantes con lo que le asegura que le costó la droga; pagó unos 800 dólares (132.000 pesetas) por una cantidad considerable que le suponía cubrir sus necesidades durante bastante tiempo. El acusado, además, explicó a la juez que desconocía que estuviera prohibida la posesión de determinada cantidad de hachís en España, ya que en Austria estaba permitida.
Pese a que Roland H. ya está en libertad, y probablemente en su país, la sentencia, que todavía no es firme, puede ser recurrida por la fiscalía ante la Audiencia de Barcelona, que tendrá la última palabra sobre el asunto.
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