Hasta las charcas privadas serán sometidas a control
El Senado apenas ha dejado huella de su contribución a la nueva Ley de Aguas. Sólo ha incorporado cuatro enmiendas apoyadas por el PSOE e Izquierda Unida. Una de ellas se refiere al sometimiento de las charcas situadas en terrenos privados a los controles medioambientales públicos. Los dueños de los terrenos donde están ubicadas pueden hacer uso libremente de sus aguas "sin perjuicio de la aplicación de la legislación mediaombiental correspondiente". Es decir, las comunidades autónomas que son competentes en este terreno y las confederaciones hidrográficas pasan a ejercer el control de estos parajes acuáticos, que hasta ahora se habrían librado de él.En el Senado se ha reforzado también la protección de los ecosistemas acuáticos y los humedales y se ha ampliado de cuatro a cinco años la vigencia de las autorizaciones de vertidos. Otros aspectos destacados de la nueva Ley de Aguas son los siguientes:
Libertad de desalación. Cualquier persona física o jurídica podrá montar desaladoras de agua de mar, siempre que obtengan la correspondiente autorización para los vertidos resultantes y los requisitos de calidad. Esta actividad estaba restringida.
Comunidades autónomas. Todos los expedientes que tramiten las Confederaciones Hidrográficas se someterán a informe previo de las Comunidades autónomas. recíprocamente, las confederaciones emitirán un informe previo (el Senado retiró "en el plazo de dos meses") sobre los planes autonómicos de ordenación del territorio, urbanismo, espacios naturales, pesca y regadíos.
Obras de interés general. En contra de los criterios de la oposición, el Gobierno podrá incluir en este apartado obras que no estén declaradas por ley, como aquellas que sean promovidas por una comunidad autónoma o por quien tenga interés en ello. Cree la oposición que se abre así una vía al clientelismo político. Comunidades de regantes. Todos los usuarios de un mismo acuífero quedan obligados a constituirse en comunidad de regantes, que será la que determine sus límites y el sistema de autogestión para el uso conjunta de las aguas subterráneas.
Plazos. La Administración hidráulica se concede plazos superiores a los del procedimiento común para resolver asuntos: 18 meses para las concesiones del dominio público hidráulico; seis para usos de estos parajes y un año para resolver las sanciones.
Texto único. La ley obliga a que en el plazo de un año el Gobierno refunda en un texto único la procelosa legislación sobre aguas.
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