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Cuba aprueba una nueva legislación para castigar duramente la disidencia y la crítica periodística

La llamada Ley de Protección de la Independencia Nacional y la Economía de Cuba, que discute desde el lunes el Parlamento cubano, será un duro revés para la disidencia, los periodistas independientes y las organizaciones de derechos humanos que existen en la isla. A partir de la inminente aprobación y entrada en vigor de esta ley, toda aquella persona que "colabore" de una u otra forma con el Gobierno de Estados Unidos o "apoye y facilite" la aplicación de su bloqueo hacia la isla puede ser condenado a muy duras penas de cárcel.

Colaborar, apoyar y facilitar son en esta legislación conceptos amplios. Por ejemplo, la pena para el que "suministre, directamente o mediante tercero, al Gobierno de EEUU, sus agencias, representantes o funcionarios, información que pueda ser utilizada o que se utilice en la aplicación de la Ley Helms-Burton, el bloqueo, la guerra económica contra Cuba, la subversión y otras medidas similares" es de siete a quince años de cárcel. La sanción puede llegar a los 20 años si el que suministra la información lo hace con "ánimo de lucro personal o mediante dádiva, remuneración, recompensa o promesa de cualquier beneficio", y hasta 30 años si el acusado posee un cargo público que le permita acceder a los datos.La ley sanciona tanto los delitos consumados como la tentativa y los actos preparatorios. Considera suficiente el hecho de "buscar u obtener información", aunque no llegue a ser empleada por EEUU para dañar la economía cubana. El que así actúe recibirá una condena de tres a quince años de cárcel. También será delito "poseer, reproducir o difundir" cualquier "material de carácter subversivo" cuyo objetivo sea apoyar "la guerra económica contra Cuba", para el cual se establecen penas que van de los tres a los quince años de cárcel.

El artículo 8 de la Ley de Protección de la Independencia Nacional y la Economía de Cuba afecta directamente a los llamados periodistas independientes - o disidentes, según la semántica revolucionaria-, y no está claro si también al resto de periodistas, incluidos los extranjeros.

Este artículo sanciona con penas de privación de libertad de dos a cinco años a todos aquellos cubanos o extranjeros que "de cualquier forma, colaboren o mantengan relaciones con emisoras de radio o televisión, periódicos, revistas u otros medios de difusión masiva, con el propósito de contribuir a facilitar el logro de los objetivos de la Ley Helms-Burton" o de cualquier ley norteamericana que pretenda subvertir el orden en Cuba. En caso de que el periodista en cuestión cobre por su trabajo o reciba alguna dádiva, la pena puede ser de hasta ocho años de cárcel.

Preguntado por varios corresponsales extranjeros, el fiscal general, Juan Escalona, señaló que esta ley, en principio, no debe afectar a los periodistas extranjeros que trabajan en Cuba. "Siempre y cuando digan la verdad, no tendrán problemas", aseguró Escalona. Algunos periodistas no quedaron del todo tranquilos con la respuesta.

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La nueva ley, que no sustituye, sino que se añade a los delitos contra la seguridad, como la "propaganda enemiga", por la que son condenados habitualmente los disidentes, contempla también como acto delictivo participar "en reuniones o manifestaciones que tengan entre sus objetivos cooperar al alcance de los fines de la Ley Helms-Burton" y otras leyes norteamericanas contra el Gobierno de Fidel Castro. Las sanciones van desde dos a ocho años de cárcel.

Más duras aún son las penas para aquellos que realicen "algún acto dirigido a impedir o afectar las relaciones económicas del Estado cubano, o de entidades industriales, comerciales o financieras, nacionales o extranjeras...". Los acusados de estos actos pueden ser condenados hasta un máximo de 20 años de privación de libertad.

Otro polémico artículo, que, según la nueva ley, es una respuesta a la Ley del Presupuesto Federal de EEUU para 1999 y a las medidas de "supuesta flexibilización del embargo" anunciadas por Clinton el pasado 5 de enero -que establecen el apoyo con fondos oficiales no inferiores a los dos millones de dólares (cerca de 300 millones de pesetas) a entidades privadas e individuos en Cuba que luchen por la democracia-, impone sanciones de tres a ocho años de cárcel a aquellos que reciban dinero o recursos del Gobierno de EEUU.

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