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¿Genocidio o carnicería solamente?

"Las palabras saben de nosotros lo que nosotros ignoramos de ellas". René Char.La continuidad del debate sobre la jurisdicción de los delitos en Argentina y Chile es saludable. La nota difundida por el Fiscal General del Estado debe ser situada en ese contexto. Ello no empaña un hecho: el salto cualitativo que representa el documento Fungairiño.

Algunos miembros que votaron entre los siete fiscales de sala el miércoles 10 contra la jursidicción española, sobre todo en el caso de Argentina, han expresado su rechazo al citado documento como justificación contra la citada jurisdicción. No desean algunos fiscales ser liderados por la posición del fiscal jefe de la Audiencia Nacional.

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Para comprender el avance producido, nada mejor que ver la secuencia histórica. El 18 de abril de 1996, el fiscal general Carlos Granados, por nota al fiscal jefe de la Audiencia Nacional, José Aranda, ordena: "El Fiscal deberá interesar que se dicte auto declarando la in competencia de la jurisdicción nacional para conocer los hechos objeto de denuncia y el consiguiente archivo de las actuaciones". Se refiere a la denuncia de genocidio en Argentina de la Unión de Fiscales Progresistas (UPF).

El juez Baltasar Garzón estudiaba entonces la denuncia. El 29 de abril, la Junta de Fiscales de Sala, debatió qué hacer caso de que el juez admitiese la denuncia. Era el tercer punto del orden del día. Un informe de la secretaría técnica de la Fiscalía General del Estado guió el debate. La orientación de Granados era contraria a la jurisdicción.

El fiscal José Vicente Chamorro dejó constancia de su "satisfacción por la iniciativa de la UPF", y agregó que "los tribunales tienen el derecho y el deber de actuar porque estamos ante actos de genocidio y terrorismo".

La posición del fiscal José María Luzón es la que resumió anticipadamente el sentir general. "Comparto", dice, "en su integridad el informe de la secretaría técnica, aunque estoy en la sensibilidad del problema denunciado. Quizá no proceda recurrir el auto que se dicte eventualmente acordando la sustanciación de las diligencias, aunque la denuncia parece tener valor testimonial. Pueden plantearse problemas internacionales".

Emilio Vez fue el primero en compartir la posición de Luzón. Les siguió José Aparicio. De acuerdo con ambos. La siguiente intervención: Rogelio Gómez Guillamón. "La continuación de las diligencias no puede conducir a parte alguna y convendría atajarlo desde el principio". Está, pues, a favor de impedir el inicio de actuaciones. El fiscal José Julian Hernández Guijarro se pronuncia. "Me siento visceralmente próximo a lo que ha expuesto Chamorro". Y advierte: "Aunque razones técnicas llevan al archivo, se puede estar en la línea apuntada por Luzón y Vez". El fiscal José Aranda, en cambio, está en contra: "Los procesos en otros países se plantearon a su debido tiempo, estoy con lo manifestado por Gómez Guillamón". José Alvarado dio su apoyo a Luzón y Vez. Granados dirigió el debate.

El resultado es que la Junta de Fiscales de Sala no recurrió la decisión de Garzón. Acto seguido, al plantearse ante el juez Manuel García-Castellón el caso de los muertos y desaparecidos españoles en Chile, el fiscal Javier Balaguer apoyó, por informe, la jurisdicción española. El juez admitió la denuncia para investigar los actos de terrorismo y genocidio.

El pasado miércoles 10 siete fiscales (Gómez Guillamón, Martínez, Iscar, Torres Dulce, Fungairiño,Úrculo y Luzón) votaron contra la jurisdicción española en Argentina. No fue un voto, según han señalaron varios, a favor del informe Fungairiño. Muchos de esos siete coinciden con aquellos que se abstuvieron (Aranda, Alvarado, Abad y Aparicio) y con los que apoyaron la investigación (Jiménez Villarejo, Martínez Zato y Chamorro) en protestar por el citado informe. Y de los siete primeros algunos, Torres Dulce, fiscal jefe a cargo de la secretaría técnica, apoyan la competencia jurisdiccional en Chile, mientras otros tienen sus dudas.

El informe de la Fiscalía de la Audiencia Nacional buscó el carpetazo con argumentos jurídicos discutibles y guiado, sobre todo, por razones políticas de Estado y fundamentos abominables. La sensibilidad jurídica de los fiscales es diferente, aún cuando estén contra la jurisdicción española, de la de Fungairiño, cuenta habida de que éste ya exhibió su permeabilidad a las autoridades chilenas en sus declaraciones al periódico El Mercurio, originando la protesta del fiscal Chamorro.

En su informe del 7 de mayo de 1996 el fiscal Chamorro decía: "Parece lo más acorde con nuestro ordenamiento jurídico no impedir sino promover la investigación de los hechos denunciados por la UPF, y una vez acopiado algún material, habrá de examinarse el contenido de las diligencias para decidir acerca del ejercicio de la acción penal en el proceso".

La junta del miércoles 10 no analizó ningún material. Fue un debate ideológico. Aquel que identificó a la UPF con una cofradía de pescadores, el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, poco interés tenía en el material acopiado. Estaba, por razones de Estado, a favor del carpetazo. Que el citado fiscal y sus asesores sigan discurriendo lo que ocurrió en ambos países. Parafraseando al poeta José Ángel Valente, "¿Genocidio o carnicería solamente?".

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