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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Palabra y realidad

Soy italiano, llevo en España ya dos meses y estoy aquí para trabajar de investigador y hacer el doctorado en el Instituto de Fusión Nuclear de la UPM. Mi cobertura financiera está asegurada gracias a una beca concedida directamente por la Unión Europea, en el marco del programa de entrenamiento y movilidad de los investigadores europeos.Tengo, por tanto, todos los derechos a ser residente en España. Sin embargo, he tardado dos meses (o, mejor dicho, ése es el tiempo que ha tardado la burocracia española) en conseguir los documentos necesarios para poder solicitar la tarjeta de residente. Al ser el plazo para la solicitud de ésta de tan sólo 30 días, me encuentro así, por razones totalmente ajenas a mi voluntad, como clandestino en este país.

Mientras tanto, tiene uno que vivir y necesita, por ejemplo, una cuenta en un banco, a través de la cual pagar el alquiler del piso donde vivo, amén de los gastos de luz, gas, agua y demás. Pero resulta que, al no tener tarjeta de residente, sólo se puede abrir en España una cuenta bancaria de no residente, y para abrir dicha cuenta se precisa -en la gran mayoría de los bancos- un certificado de no residencia. Con lo cual yo tendría que solicitar al mismo tiempo dos certificados (haciendo las colas correspondientes, presentando los documentos requeridos y esperando el tiempo que se tarde en expedirlos), ¡uno para certificar justamente lo opuesto a lo que certifica el otro!

Es más, una vez que tenga la dichosa tarjeta de residente (que, por cierto, no sé cuánto tiempo va a tardar en serme entregada), ya no puedo ser titular de una cuenta de no residente, por lo que tendré que cerrar la cuenta vieja, abrir otra nueva (pagando los gastos que eso comporte) y volver a comunicar a todas las entidades que tengan que utilizar mi cuenta para sus operaciones los nuevos datos bancarios.

Ahora bien, semejante complicación, reservada a los ciudadanos europeos no españoles, está claramente en contra de los acuerdos de la UE en los que se dice que de ningún modo puede un ciudadano de la Unión encontrarse perjudicado frente a los ciudadanos del país europeo en el que decida vivir y trabajar.

Además, no entiendo por qué un español puede abrir todas las cuentas que quiera (por ejemplo, en Irlanda) e incluso cobrar el paro sin necesidad de certificado alguno, mientras que aquí hay que pasar por este largo calvario para poder cobrar un sueldo y pagar los gastos que a uno le correspondan.

Está claro que la Unión Europea sigue siendo más una hermosa palabra que una realidad.-

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