Sobre 'Felonía fiscal'
En el editorial publicado por el diario EL PAÍS el pasado 14 de mayo de 1997, bajo el título Felonía fiscal, se acusa al Gobierno de vulnerar el secreto de los datos fiscales, "sea porque filtra los expedientes fiscales sujetos a investigación en el Congreso, sea porque no protege con el debido celo el secreto". Y añade: "Pero las graves filtraciones que se han registrado después -la última, la del diputado popular Del Burgo contra la ex directora de la Agencia- permiten albergar una más que razonable sospecha de que el Gobierno está dosificando en su propio beneficio la información fiscal proveniente de la Agencia y sentando así un grave precedente de vulneración del secreto fiscal, que pueda acabar afectando a más contribuyentes. Es decir, la utilización de la Hacienda pública -¡también!- como arma política".Pues bien, con independencia de que rechazo las acusaciones formuladas al Gobierno vertidas en el editorial, me acojo al derecho de rectificación para responder a la imputación que se me hace de haber protagonizado una grave filtración contra la ex directora de la Agencia Tributaria, afirmación que es rotundamente falsa por los siguientes motivos:
1. En la rueda de prensa que celebré en el Congreso de los Diputados el pasado día 7 de mayo, en mi condición de portavoz del Grupo Pupular en la Comisión de Investigación sobre la tramitación de expedientes en la Agencia Tributaria, no desvelé ningún secreto ni produje ninguna filtración de datos fiscales.
Me limité a señalar como posible caso de "amiguismo" en los términos acuñados por los representantes del PSOE ("favorecer a unos pocos en detrimento del interés general") el desistimiento ordenado por la ex directora general de la Agencia Tributaria el 9 de septiembre de 1994 en un recurso de casación interpuesto por la Administración del Estado contra una sentencia de la Audiencia Nacional contraria a los intereses de la Hacienda Pública, donde se ventilaba una deuda de más de 8.000 millones de pesetas.
2. De este desistimiento el Congreso de los Diputados tuvo conocimiento en la legislatura pasada. Ante la Comisión de Economía y Hacienda el ex ministro Solbes no sólo explicó las razones que habían conducido al referido desistimiento, sino que aludió a otras deudas tributarias litigiosas del contribuyente afectado por aquél.
3. La documentación relativa al desistimiento fue remitida a la Comisión y distribuida entre todos sus miembros sin estar amparada por ningún secreto, pues, como es bien sabido, las sentencias de los tribunales de justicia tienen carácter público.
4. En el curso de la referida rueda de prensa hice uso de mi libertad de actuación parlamentaria para formular una valoración política del desistimiento ordenado por la ex directora general de la Agencia Tributaria, que cuando adoptó esa decisión, nueve días después de su toma de posesión, no era una simple "funcionaria", sino un cargo político de extraordinaria relevancia, pues el director general de la Agencia Tributaría posee rango de subsecretario y su nombramiento se produce por real decreto del Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Economía y Hacienda. No hice imputación a la ex directora general de la comisión de delito alguno, sino que califiqué su actuación de arbitraria por no estar fundada, al menos así se desprende de la documentación aportada a la Comisión, en ningún informe jurídico, impidiendo así que el Tribunal Supremo zanjara definitivamente la cuestión litigiosa.
Por último, debo añadir que ni en este caso ni en ningún otro he "filtrado" información confidencial alguna que afecte al secreto fiscal de los contribuyentes.-
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