Globos pinchados
El BOE de 26 de febrero pasado publicaba la orden del ministro de Economía y Hacienda de 24 de febrero de 1997 por la que se declara lesiva a los intereses públicos la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de 16 de diciembre de 1996. El señor Rato y Figaredo, aunque parezca sorprendente, rectificaba así formalmente la posición del Gobierno y sus propias declaraciones en relación a la presunta prescripción de 600 expedientes y la consiguiente pérdida de 200.000 millones de pesetas. En efecto, esta orden, contradiciendo la posición mantenida hasta esa fecha por el señor Aznar, el señor Rato y los miembros del PP, mantiene que la prescripción de los expedientes no se ha producido. Pero lo más importante, con serlo, no es sólo que el ministro finalmente haya reconocido lo que todo el mundo ya sabía, sino además que considere que la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central que establecía lo contrario incurre en infracción del ordenamiento jurídico y es lesiva a los intereses públicos y, en consecuencia, se proponga impugnarla ante la jurisdicción contencioso-administrativa.Todos debemos alegrarnos de que el actual ministro de Economía haya llegado ¡por fin! a esta conclusión y que, además, esté dispuesto a defenderla ante los tribunales. Como luego diré, sólo falta que el discurso político se acomode a lo que se afirma en el BOE.
Con está orden hay que dar por concluida la segunda versión de la campaña de acusaciones a los Gobiernos anteriores que, fundamentada en la proclamada prescripción, de algunos expedientes, se iniciaba por el Gobierno y el PP el 14 de enero.
Como se recordará, en su primera versión, la campaña se centró en tomo a la acusación de una "amnistía fiscal encubierta" producida por la prescripción de 600 expedientes debido a irregularidades y retrasos en la actuación de la inspección atribuibles a los Gobiernos socialistas, a la que rápidamente se le dio el aspecto de prevaricación al añadirse que dicha "amnistía" se produjo precisamente en beneficio de determinados "amiguetes" del partido socialista. Acusación gruesa a la que el propio presidente del Gobierno, el señor Aznar, dio solemnidad y refrendo a través de la radio y la televisión públicas.
Como ha señalado P. Solbes en estas mismas páginas, esta versión se vino abajo rápidamente cuando se puso de manifiesto que no existía jurisprudencia reiterada del Tribunal Supremo que permitiera fundamentar la prescripción que el Gobierno predicaba; cuando quedó claro que era imposible que alguien pudiese saber a quién se referían los expedientes sin que algún responsable de Hacienda hubiera faltado gravemente a su secreto profesional; cuando los propios funcionarios afectados por las acusaciones vertidas negaron la prescripción y la "amnistía encubierta" y, por supuesto, que hubieran recibido cualquier tipo de instrucción política contraria a la legalidad o los intereses de la Hacienda pública. Y, sobre todo, cuando el secretario de Estado de Hacienda, inicial actor de esta farsa, reconocía públicamente que no existían pruebas de que los expedientes se paralizaran por una decisión política y fue incapaz de aportar a la Comisión de Economía y Hacienda un solo indicio de prueba en esta dirección.
A pesar de ello, la campaña no se extinguió, sino que se recompuso. Arrumbada la acusación de prevaricación, la nueva versión se centró en un aspecto aparentemente técnico, referido a la gestión de los anteriores responsables políticos de la Administración Tributaria.
La formulación más acabada de esta segunda versión tuvo lugar precisamente durante la comparecencia del secretario de Estado de Hacienda, señor Costa, ante la Comisión de Economía y Hacienda del Congreso el pasado 29 de enero, y se basaba en dos pilares: dar como hecho cierto la prescripción de los expedientes y entender que la misma se produjo por la actuación negligente e insuficiente de los anteriores responsables de la Administración tributaria.
Aunque, como se ha dicho antes, en esa fecha ya se había puesto claramente de manifiesto que no era posible alegar la existencia de jurisprudencia reiterada que mínimamente permitiese sostener la prescripción de los expedientes, el secretario de Estado, en su comparecencia, afirmó 34 veces su existencia apoyándose en un concepto voluntariamente elusivo y sin relevancia jurídica como "el criterio de los órganos jurisdiccionales", concluyendo con palabras tan contundentes como éstas: "... La realidad, guste o no, es que de acuerdo con los criterios de los órganos jurisdiccionales, en estos momentos han prescrito importantes derechos económicos de la Hacienda pública". Para fundamentar la acusación de negligencia se elevó a posición general del Ministerio de Economía y Hacienda lo dicho en una resolución de la Dirección General de Tributos de 1991, sin tener en cuenta que había sido dictada a otro efecto y con manifiesto desprecio del hecho de que la posición unánime de toda la Administración tributaria ha sido siempre la contraria a la contenida en ella.
Pues bien, aunque ya en la comparecencia del secretario de Estado, la oposición y alguno de los grupos parlamentarios que apoyan al Gobierno pusieron claramente de manifiesto la inconsistencia técnica y política de esta segunda versión, ahora la orden ministerial que suscribe el señor Rato le acaba de dar el golpe de gracia, ya que, en contra de todo lo hasta ahora manifestado, considera que "ni en el ámbito administrativo ni en la esfera judicial existe uniformidad de criterio", por lo que, tras las oportunas consideraciones jurídicas, es forzoso llegar a una conclusión técnica contraria a la prescripción de los expedientes. Posición que, como se sabe, ha sido la mantenida siempre por la Administración tributaria, precisamente en defensa de los intereses económicos de la Hacienda pública.
¿Cómo es posible un cambio tan radical de posiciones, se preguntará el lector incrédulo? Sin duda, en primer lugar, porque la posición de la prescripción era indefendible. Pero además, quizá tenga algo que ver con el giro apreciado el que el 28 de enero, un día antes de la comparecencia del secretario de Estado en la Comisión de Economía del Congreso la Dirección General del Servicio Jurídico del Estado emitió, a solicitud del director de la Agencia Tributaría, un informe con el que la propia orden se considera conforme y que, por lo que se deduce mantiene un punto de vista no coincidente con las posiciones reiteradas de Costa y Rato acerca de la prescripción.
Hasta aquí algunos hechos, de los que se siguen varias preguntas: si no hay actuación delictiva, ni prevaricación, ni cohecho, ni instrucciones políticas, ni favorecimiento de amigos y "amiguetes" del PSOE, ¿por qué se hacen esas gruesas y calumniosas afirmaciones que no se pueden sostener? ¿El señor Aznar pedirá disculpas al PSOE alguna vez por lo que dijo ante la radio y la televisión públicas o habrá que recordarle permanentemente que mintió a los españoles?
Pero, si tampoco existe la prescripción de los expedientes, como solemnemente reconoce el señor Rato en el BOE del 26 de febrero pasado, ¿de qué estamos discutiendo? Para la perplejidad del lector, la cuestión no ha terminado. La capacidad de mantener dos discursos radicalmente contrarios de modo simultáneo ha sido ampliamente acreditada por el señor Rato, y no por cierto en nombre de la dialéctica, sino en el más puro estilo sofista. Así, tras dejar escrito en el BOE que "ni en el ámbito administrativo ni en la esfera judicial existe uniformidad de criterio" (26 de febrero), el señor Rato afirmaba con pasión en el Congreso de los Diputados unos días después que el criterio de la prescripción es el mantenido por los tribunales de justicia no sólo de forma mayoritaria, sino "ya de forma unánime" (12 de marzo de 1997).Que esto sea difícilmente conciliable con la lógica -o con el pudor intelectual- es lo de menos. De lo que se trata es de salir bien de una ciénaga en la que, por tratar de meter a la oposición, se ha zambullido también el Gobierno.
Lo malo es que para que el Gobierno salga bien políticamente de este asunto tiene que ir mal para los intereses de la Hacienda pública. Esto es, cuanto más pierda la Hacienda en los pleitos planteados frente a los presuntos defraudadores, menos increíble resultará la posición del Gobierno. Un panorama nada halagüeño para los intereses generales, que resultan estar defendidos por quien tiene manifiesto interés político en que se declare prescrito el derecho de la Hacienda pública a cobrar la deuda liquidada. Como la discusión va a seguir, bueno será saber dónde estamos. Es estos días se acaba de iniciar formalmente la tercera fase de la campaña. Sino hay delitos, ni hay prescripción... al menos deberá haber negligencia. Para ello, los actuales responsables no han dudado ni en preparar informes ad hoc ni en avanzar conclusiones tendenciosas. Contarán a su favor con un dato: no hay una institución perfecta, y por mucho que haya avanzado en su eficacia la Agencia Tributaria -como lo ha hecho en estos años pasados-, siempre estará en el mundo de lo razonablemente mejorable. Lo que tampoco servirá para probar nada más que lo que ya sabemos: que el futuro puede ser mejor que el pasado. Aunque nada: asegure que así lo sea, y menos al paso que vamos.
Por ahora, lo único cierto es el coste que este experimento ha su puesto ya para la credibilidad del Gobierno, para sus apoyos políticos, para la honorabilidad de los anteriores responsables de la Administración tributaria, para la propia Hacienda pública, para todos los funcionarios que con su esfuerzo han sabido construir la Administración tributaría moderna y eficaz que hoy tenemos, y sobre todo para los ciudadanos, que han tenido que contemplar con estupor a un Gobierno democrático actuando como lo ha hecho el actual en este asunto.
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