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Un hijo del general Cabanellas, declarado padre 11 años después de muerto

La prueba genética a dos hermanastros de la demandante, decisiva para darle la razón

Guilermo Cabanellas, profesor de derecho laboral fallecido en 1983 e hijo del general Miguel Cabanellas, ha sido declarado ahora padre de una hija que tuvo de sol tero en 1936, el mismo año en que la Junta de Defensa Nacional, que presidía su padre, designó a Franco "generalísimo y jefe del Gobierno del Estado español".Han sido determinantes para el juez las cartas de afecto paterno-filial y el resultado de la prueba genética realizada a los dos hijos matrimoniales, reacios a admitir una hermanastra y condenados al pago de las costas por "temeridad procesal".

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La sentencia dictada por el juez de primera instancia número 8 de Madrid, Pablo Ureña Gutiérrez, resuelve la reclamación de paternidad planteada hace 11 años por la letrada Inmaculada González de Lara, en nombre de María del Carmen Lacal Duvos, a raíz de la muerte de su progenitor, Guillermo Cabanellas de Torres, que se produjo el 13 de abril de 1983. Las pruebas biológicas practicadas afirman, "más allá de cualquier duda razonable", la consanguinidad, vía paterna, de las tres personas sometidas a análisis: Guillermo Cabanellas de las Cuevas, su hermana Ana María y María del Carmen Lacal.La prueba biológica de investigación de la paternidad -realizada en la Escuela de Medicina Legal de la Facultad de Medicina de la Universidad Complutense de Madrid- condujo a "la estimación íntegra de la demanda" y confirmó las otras pruebas, refutadas por ambos hermanos demandados, que se negaron a aceptar la pretensión de su hermanastra.

Relación paterno-filial

Tales pruebas consisten en cartas de Cabanellas y en el testimonio de amigos suyos, como el fallecido presidente del Consejo General de la Abogacía, Antonio Pedrol, que muestran "una estrechísima relación paterno-filial".La abogada González de Lara argumentó que su clienta, `de 57 años en la actualidad, nació el 12 de julio de 1936 en Madrid, "como fruto de la relación sentimental" entre Cristina Lacal y Guillermo Cabanellas, "cuando ambos eran solteros, relación que se rompió con posterioridad a dicha concepción". Entre los escollos que tuvo que superar la letrada figuró el intento de los demandados de trasladar el litigio a Argentina, en donde ellos residían, a lo que la abogada se opuso, ya que se trataba de un asunto entre españoles. Cabanellas nunca perdió la nacionalidad española, aunque, disconforme con el franquismo, se autoexilió en 1937 a América Latina y finalmente fijó su residencia en Argentina, donde se casé.

En 1975, en uno de los viajes de Cabanellas a España, Carmen Lacal se le dio a conocer, y a partir de entonces se inició una relación entre ambos, de la que son muestra las cartas remitidas por aquél, algunas manuscritas, "en las que se trata a la demandante como a su hija", recoge la sentencia, "y emplea abundantes frases y expresiones cariñosas hacia ella". Otras cartas se refieren a relaciones comerciales que Cabanellas encomendaba a su hija y otras misivas contienen "términos afectuosos" entre Carmen Lacal y la hija matrimonial de Cabanellas, Ana María.

En su sentencia, el magistrado considera acreditada "la existencia de un reconocimiento de paternidad extramatrimonial, hecho por Guillermo Cabanellas Torres, tanto de manera expresa ante testigos ( ... ), como incidentalmente en las cartas remitidas a la demandante", avaladas por el dictamen pericial.

La contundencia de tales pruebas fue ratificada por la investigación biológica de la paternidad, ante lo cual el magistrado impone las costas a ambos hermanos demandados, "conforme al criterio de la temeridad procesal ( ... ), pues los mismos, al oponerse a la pretensión ejercitada de contrario, debe considerarse que actuaron conscientes de que su difunto padre había reconocido a la demandante como su hija".

A la vista del resultado de la prueba biológica, el juez Ureña reprocha a ambos hermanos Cabanellas que tacharan "indebidamente" de falsedad las cartas aportadas, a pesar de la prueba caligráfica y que negaran "el trato cordial y afectuoso" entre Ana María y Carmen.

Por último, estima probado que ambos hijos supieron que su padre lo era también de Carmen Lacal, por lo que "los demandados conocían que María del Carmen era hermanastra suya".

El juez ordena que se modifique la inscripción en el Registro Civil, por lo que, una vez que la resolución sea firme, Carmen Lacal figurará como hija de Cristina y de Guillermo Cabanellas. Tal firmeza no se ha producido, ya que los hermanos demandados, dirigidos por la abogada Carmen Armesto, han apelado la sentencia.

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