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El Tesoro propone cambiar la ley de activos financieros para ampliar el mercado de deuda

El Tesoro ha propuesto al Ministerio de Economía y Hacienda que estudie la posible modificación de determinados aspectos de la Ley de Activos Financieros de forma que se pueda ampliar la oferta de deuda pública. En concreto, querría que se modificara la normativa fiscal actual para hacer atractivas emisiones de deuda en las que se pueda separar el principal del cupón de los intereses, como ocurre en mercados más desarrollados.La ley de activos financieros, promulgada en la primera etapa de Gobierno socialista, resolvía una parte importante de los problemas que impedían hasta entonces que los mercados secundarios de deuda se desarrollaran hasta alcanzar cifras importantes de recursos manejados. Junto a ello ponía impedimentos fiscales a algunas posibilidades de colocación de deuda. La actual legislación establece que las emisiones de títulos pueden ser de rendimiento explícito, a la que se les aplica una retención, en la actualidad del 25%, en el momento de hacerse efectivo el rendimiento, y de rendimiento implícito, o cupón cero, sobre las que no se practica retención hasta el momento de su vencimiento. Estas emisiones, aunque están admitidas en la legislación, prácticamente no son autorizadas por la Administración por los problemas fiscales que llevan aparejados.

Uno de ellos es el derivado de que no hay ingresos fiscales mientras no se amortice la emisión. Pero, además, la legislación establece que si el título cambia de manos entonces si debe hacerse retención por los rendimientos aunque no se hayan percibido realmente. Ello dificulta la negociación en mercados secundarios de este tipo de títulos.

Algunos bancos de inversiones, JP Morgan principalmente, han propuesto al Tesoro que inicie, mediante aseguramiento, emisiones en los que el principal. se negocie separado de los cupones. Puede haber un mercado para estos últimos cupones de cierto desarrollo, especialmente entre compañías aseguradoras o fondos de pensiones a quienes lo que les interesa es garantizarse una rentabilidad, de relativa importancia, a largo plazo. Este tipo de operaciones permite que quien suscriba una obligación pueda negociar el pricipal, por un lado, y, por otro, los intereses. Estos últimos se pueden, además, dividir en función de la vida del título.

Por ejemplo, los intereses que se pagan anualmente en una obligación a 10 años (el cupón) podrían revenderse todos juntos o el correspondiente a cada año por separado. Se trata, en realidad de ofrecer un abanico de "cupones cero" muy amplio ya que este tipo de separación se haría sobre emisiones a largo plazo y los rendimientos seguirían siendo anuales.

Aplazar ingresos

El problema es que en las condiciones actuales no es atractivo ni para Hacienda autorizar este tipo de emisiones, porque significaría aplazar ingresos fiscales en unos momentos en los que el Estado necesita los más posibles, ni para los mercados por la escasa negociación que podría llevarse a cabo. Por eso, el Tesoro ha propuesto que se estudie una posible modificación de la legislación de forma que se agilice la negociación sin que Hacienda deje de percibir ingresos.

La alternativa propuesta por el Tesoro es la de aplicar el régimen fiscal que existe en Francia y Estados Unidos y que consiste en no establecer la obligación de practicar retención alguna para las operaciones intermedias de este tipo de emisiones. Pero, a cambio, se obliga a los tenedores de estos títulos o cupones a periodificar los rendimientos obtenidos durante el tiempo que los títulos permanezcan en su poder y a que los declaren como rendimientos a efectos fiscales.

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