Sanidad y las autonomías pactan un código y digo ético sobre trasplantes
El Ministerio de Sanidad y Consumo y las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas han consensuado, un documento sobre las bases éticas que deben regir los trasplantes de órganos. El documento proscribe cualquier actividad de tipo comercial para la obtención de los órganos y establece que "la justicia distributiva y la equidad presidirán todos los órganos obtenidos para el trasplante, por lo que se excluye cualquier consideración que no sea estrictamente médica".
El documento indica que, bajo el principio general de Justicia distributiva, que excluye cualquier consideración no equitativa de índole geográfica, racial, sexual, religiosa, de edad, etcétera, debe procederse a repartir los órganos basándose en criterios exclusivamente médicos, buscando la más idónea adecuación entre el órgano donado y el receptor de este órgano"Se consideran como principales criterios médicos, en primer lugar, "la necesidad médica del receptor"; es decir, la gravedad de su estado y la idoneidad de la operación como medida terapéutica, y en segundo lugar, "la probabilidad de éxito del trasplante", pero siempre desde el punto de vista médico, nunca por razones sociales. El documento añade: "El profesional sanitario que lleve a cabo la selección del receptor deberá estar siempre en disposición de justificarla".
Con esta iniciativa, la Organización Nacional de Trasplantes, que preside Rafael Matesanz, pretende abordar las cuestiones que plantean mayores problemas éticos, desde el diagnóstico de la muerte del donante hasta la distribución de los órganos, y hasido entregado a los profesionales para que aporten sus sugerenclas con el Fin de adoptarlo formalmente como código ético en una próxima reunión del consejo interterritorial.Compra de órganos
Las posiciones fijadas en este documento, que incluye tanto órganos como tejidos humanos susceptibles de ser trasplantados -huesos y válvulas cardiacas-, son las que sostiene España en la Comisión de Bioética del Consejo de Europa, presidida por el español Octavi Quintana.
Entre todas las cuestiones conflictivas, el problema ético que más preocupa a largo plazo,sin embargo, es la posibilidad de que se produzca un comercio Ilegal de órganos. "La escasez relativa en la donación de órganos es el factor llmltante más Importante para el desarrollo de los trasplantes en todo el mundo", indica el documento. Esta escasez de órganos ha originado "un comercio lucrativo de los mismos en ciertas áreas geográficas del mundo que, debido a su bajo nivel de desarrollo económico, han sucumbido a esta práctica moralmente aberrante".
Siguiendo las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, el documento establece que los médicos y demás profesionales no deberán partícipar en un trasplante "si tienen razones para pensar que esos órganos han sido objeto de transacciones comerciales"; que "deberá prohibirse toda publicidad sobre necesidad o disponibilidad de órganos cuyo fin sea ofrecer o recabar un precio"; y, finalmente, "que las personas o servicios que participen en procedimientos de trasplante no deberán recibir una remuneración superior a los honorarios que estaría justíficado percibir por los servicios prestados".
El código ético sobre trasplantes protege también al donante, al afirmar que "la posibilidad de la donación de órganos post mortem no debe ser nunca el factor de decida cuándo una persona ha fallecido. No es justificable aplicar diferentes criterios de muerte según que la persona sea o no donante de órganos. La definición legal ideal del concepto de muerte es aquella que marque las máximas garantías de seguridad en la constatación del fallecimiento, conjugadas con la flexibilidad indispensable que permita la incorporación de nuevas técnicas médicas encaminadas a lograr el mismo fin".
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