Arte y fisco
UN GOBIERNO debe ser algo más que una yuxtaposición de ministerios. Es lógico que el departamento encargado de la recaudación se esfuerce por llenar las arcas del Estado por todos los medios legales a su alcance; pero también lo debería ser que esas ansias fueran refrenadas por los departamentos representativos de otros intereses sociales. Ocurrió con el asunto del catastro y ha vuelto a ocurrir con el proyecto de Ley del Patrimonio en lo relativo a los objetos de arte y coleccionismo en general. Es cierto que se trata de uno de los refugios del dinero negro, y es natural que el Gobierno discurra medidas para evitar esa forma de fraude. Pero una vez más la unilateralidad en el planteamiento ha producido una manifiesta desproporción entre los medios y los fines.Sea por el desacuerdo del Ministerio de Cultura o por la alarma causada por la protesta de los galeristas, el Ejecutivo ha hecho saber que el proyecto se modificará en el Senado mediante las enmiendas oportunas. Es una regla universal que toda legislación fiscal es tanto más injusta cuanto más simplificada. Ciertamente, las realidades humanas y sociales que pueden estar detrás de la posesión de obras de arte u otras colecciones de valor son tan diferentes que no pueden tener un tratamiento uniforme. Las enmiendas deberían intentar recoger esa complejidad. Por razones de justicia, pero también por mera coherencia.
Aun aceptando la limitación que comporta una perspectiva meramente recaudatoria, no se entiende la contradicción en la que incurre la política gubernamental al promover y difundir el gusto social por el arte mediante costosísimas inversiones en infraestructuras y exposiciones temporales -cuyos objetivos no pueden ser otros que estimular el interés de nuestro público por coleccionar obras de arte, requisito imprescindible para el enriquecimiento futuro de nuestro patrimonio histórico-artístico- y a la vez penalizar fiscalmente la opción individual por esa afición. Y aún se entiende menos que esa unilateralidad recaudatoria conviva con la búsqueda de colaboración de coleccionistas privados para el establecimiento de un inventario fiable del patrimonio histórico español y que actualmente se esté preparando una ley sobre el mecenazgo, cuyo sentido no puede ser tampoco otro que incentivar fiscalmente la inversión privada en la promoción de bienes culturales, entre los cuales ocupa un primerísimo lugar el arte.
Si la cosa no se remedia en el Senado, el proyecto pondría en peligro el incipiente mercado de arte español, y ayudaría a la dispersión internacional de parte de nuestro patrimonio artístico actual, en vísperas del Acta única, pues cualquier país de la Comunidad resultará comparativamente un paraíso.
¿Por qué, en efecto, comprar una obra de arte cuando cualquiera de los otros objetos suntuarios enumerados por la ley resultará, desde el punto de vista fiscal, mucho menos oneroso y, sobre todo, menos complicado para el contribuyente? ¿Quién, si se trata de un coleccionista modesto, cuantitativamente los más numerosos, se va a arriesgar, a instancias de su desinteresado amor por el arte, a adquirir o conservar ningún objeto cuya imprevisible y discrecional actualización de valor le puede crear graves problemas, incluso cuando no realice ninguna operación especulativa?
Por lo demás, poco parece haberles importado a los redactores del proyecto su impracticable aplicación de hecho, pues no es difícil imaginar la fabulosa cantidad de objetos declarables al respecto, cuando lo que se pretende abarcar alcanza desde los sellos de correos a las mariposas del entomólogo, ni su desajuste con las legislaciones de países vecinos, ni sus funestas consecuencias para los artistas vivos, el mercado y el patrimonio de nuestro país. No son, así pues, razones para la anunciada rectificación las que faltan.
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