Clamor extremeño
NO LE va a ser fácil a la Junta de Extremadura salir airosa de la batalla por la reforma agraria en que está empeñada y satisfacer las ansias de tierra de los colonos y jornaleros del campo extremeño. Desde algunos sectores económicos y sociales no se duda en calificar de pura demagogia la actitud de los gobernantes de la Junta y de arcaicas las aspiraciones de los campesinos extremeños por su obstinación en tomarse al pie de la letra la vieja reivindicación de "la tierra para quien la trabaja", que ha dado sentido a todas las revueltas habidas en el campo español desde el siglo XIX.Arcaísmo es, en todo caso, que una extensísima porción del campo extremeño siga en manos de un reducidísimo número de personas que no se preocupan, o lo hacen en grado insuficiente, de la explotación y rendimiento de sus tierras y que además viven fuera de ellas. Es la situación de estos latifundios la que rememora imágenes del siglo XIX en la sociedad española del siglo XXI, y son sus beneficiarios -aquellos que poseyendo las tierras no las explotan adecuadamente- los que merecen ser calificados de señores feudales. El problema de la estructura de la tierra en Extremadura o en Andalucía no tiene fácil solución. Hacer el campo productivo y rentable para quienes lo trabajan y viven de él exige no sólo una firme voluntad política de los gobernantes -que debe expresarse en algo más que en el demagógico envío de telegramas de los prohombres socialistas a sus correligionarios extremeños-, sino instrumentos jurídicos adecuados a tal fin. Es dudoso que exista la voluntad política y es patente la ausencia de estas herramientas legales. A falta de una política global del Gobierno socialista sobre la reforma del campo -todavía la población activa agraria en España supera con mucho la media de la de la CE, un 15% frente al 9%-, la Junta de Extremadura, como la de Andalucía, ha tenido que echar mano de leyes obsoletas que contemplan la expropiación de los latifundios abandonados o insuficientemente explotados como último recurso, en el supuesto de incumplimiento de determinadas condiciones por sus propietarios.
No es convincente pretender abordar la complejidad de una reforma agraria moderna exclusivamente con la ayuda de leyes que sólo inciden en este objetivo muy indirectamente, como es el caso de la ley de Reforma y Desarrollo Agrario de 1973 y la ley de Fincas Manifiestamente Mejorables de 1979. La inadecuación del instrumento jurídico puede explicar en parte la abundancia de resoluciones de los jueces contra la política de expropiaciones de grandes fincas practicada por los respectivos Gobiernos autónomos. Es evidente que con una legislación actualizada para la reforma agraria -que dirimiría los casos y las circunstancias imprescindibles para una medida tan excepcional como la expropiación de propiedades- sería mas fácil remontar los obstáculos que pudieran interponer en su tareajueces conservadores o insensibles a la realidad social.
En cualquier caso, sería verdaderamente chusco que el único resultado de este conflicto fuera el procesamiento del senador socialista que retomó la insultante frase "salteadores de caminos" lanzada originariamente contra su partido por la Prensa más genuina de la caverna y la arrojó a su vez contra Ios jueces del Tribunal Superior de Extremadura. Sin duda, el senador actuó con una ligereza imperdonable en un político, pero los jueces ya han dictaminado -guste o no guste- que expresiones de tal guisa están amparadas en el derecho constitucional a la libertad de expresión, y no sería coherente que cuando se vierten contra ellos dieran marcha atrás en su jurisprudencia. El paro agrario y la precaria condición en que viven los jornaleros extremeños exigen soluciones globales por parte de los gobernantes, de las que las expropiaciones de tierras sólo son una parte. Pero ningún grupo social, por poderoso que sea, tiene legitimación para anteponer sus intereses particulares, sobre todo cuando éstos permanecen en el abandono, a la satisfacción de tan hondas aspiraciones sociales.
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