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Codorníu recurre en la CE contra la imposibilidad de utilizar las menciones 'cremant' y 'gran cremant'

La empresa Codorníu, segunda productora española de cava, ha presentado ante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea un recurso contra el reglamento comunitario que reserva a ciertas regiones francesas y a Luxemburgo la mención cremant y gran cremant como variedad de Vino espumoso. Ello obligará a los actuales productores españoles a instalarse en esas regiones si quieren continuar elaborando el producto, y privará a los viticultores de poder vender uvas para ese tipo de espumoso.Fuentes próximas a la empresa informaron que el perjuicio es grave, pues esta variedad, de espuma más densa que el cava y una cotización algo inferior, tiene en España un mercado superior a 6.000 millones de pesetas. Codorníu es el primer productor mundial de esta variedad de vino espumoso, a gran distancia de los restante productores españoles.El recurso fue presentado el pasado 9 de octubre, último día de plazo para evitar dar tiempo a que otros productores pudieran reaccionar con una acción jurídica similar contra el cava. La demanda ya dirigida a anular solamente lo referido al cremant dentro del reglamento de la CE del pasado 19 de junio, que establece las normas para la designación y presentación de vinos espumosos.

En ese reglamento, España obtuvo satisfacción a sus pretensiones de la denominación de origen cava para Cataluña y otras zonas reconocidas como productoras. Según fuentes comunitarias, la reserva de la mención cremant para las regiones francesas de Alsacia, Lorena, y Borgoña puede interpretarse como una concesión a Francia ante la penetración del cava catalán, incluso en su mercado interno. Mientras, la extensión a Luxemburgo parece una simple cobertura.

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