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Anulada la orden del Gobierno extremeño que discriminó a los opositores "de fuera"

B. DE LA CUADRA , El Tribunal Constitucional ha anulado la orden de la Junta de Extremadura que convocó oposiciones para ingreso en el cuerpo de titulados superiores de dicha comunidad autónoma. El alto tribunal fundamenta su decisión en el derecho constitucional al acceso a funciones públicas en condiciones de igualdad, que considera violado por la "diferencia sensible de niveles de exigencia" en favor de los funcionarios interinos y contratados y en perjuicio de los opositores "de fuera". El gobierno extremeño tendrá que convocar de nuevo las oposiciones. La sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, que preside Francisco Rubio Llorente, resuelve el recurso de amparo interpuesto por uno de los opositores afectados, Manuel Pessini Benedicto. Éste consideró la convocatoria contraria al principio de igualdad, ya que podría permitir que un contratado o interino ganara la oposición con tres suspensos, frente a otro aspirante que consiguiera tres notables en las pruebas selectivas. La Junta de Extremadura alegó que la valoración de los servicios prestados por el personal contratado e interino "es una obligación legal impuesta a la Administración autonómica".

Los servicios prestados

El alto tribunal considera que la valoración del tiempo de servicios prestados como único mérito no lesiona el principio de igualdad. Indica, no obstante, que la norma según la cual los puntos obtenidos en la fase de concurso pueden computarse también en la fase de oposición "favorece desproporcionadamente a unos opositores frente a otros". En concreto, razona, "exige en realidad a unos opositores el doble de conocimientos que a otros, siendo la razón de la diferencia el mero hecho de haber prestado servicios durante breve tiempo a la comunidad autónoma de Extremadura".

La sala califica esta desigualdad de trato como "arbitraria", por lo que anula la orden de la Junta de Extremadura, que deberá realizar una nueva convocatoria a fin de que el solicitante de amparo participe en la oposición "en condiciones de igualdad".

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