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El reglamento de la discordia

La Ley de Propiedad Intelectual establece una fórmula ambigua para solventar un punto en discordia: el del control de tirada de los libros impresos. Según la ley, habrá control de tirada, pero el modo y manera en que deba efectuarse es una cuestión abierta que debe desarrollar la redacción del reglamento.El Ministerio de Cultura invitó a editores y escritores en un intento de llegar a un acuerdo sobre la cuestión, pero hasta el momento todas las reuniones han tenido resultado negativo. Tan amplia es la discrepancia sobre la forma en que deba efectuarse el control que el ministerio ha terminado por pedir las posiciones por escrito. Hoy, precisamente, termina el plazo fijado para la entrega de los documentos y hoy mismo serán entregados tanto por las asociaciones de escritores como por los editores.

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Los primeros insisten en que el control de tirada se realice a través de la numeración de los ejemplares que se impriman, según manifestaron a este diario dos miembros de sujunta directiva; los editores consideran inviable esta medida y proponen una declaración jurada del impresor, tal y como ocurre en la República Federal de Alemania, según afirmó el presidente de la Federación de Grerrúos de Editores de España, Pere Vicens.

Tras la entrega de las posiciones por escrito, el ministerio estudiará una fórmula de acuerdo y, si esta no es posible, actuará como árbitro. Tanto editores como escritores manifestaron su decisión de aceptar el arbitraje y el reglamento final, pero insistieron en que deseaban que se acercara a la fórmula que cada uno de ellos proponía.

Respecto al conjunto de la ley aprobada ayer en la comisión del Congreso, ambos sectores se mostraban satisfechos en general aunque críticos respecto a aspectos puntuales de la misma. Los puntos más controvertidos son la duración del contrato de edición y la disminución de 80 a 60 años contados a partir del fallecimiento del autor, para que una obra pase a ser de dominio público -no devengue derechos de autor-.

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