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El desarrollo de la ley sobre la interrupción del embarazo

Ùnicamente tres mujeres han solicitado en Cataluña la interrupción del embarazo

Milagros Pérez Oliva

La normativa que regula la aplicación de la ley de despenalización del aborto en Cataluña entró en vigor ayer sábado, al día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de la Generalítat, aunque el Departamento de Sanidad y Seguridad Social la había dado ya a conocer a través de los medios de comunicación para salir al paso de la expectativa creada en los medios sanitarios. Curiosamente, esta expectativa no se ha visto en absoluto correspondida por el número de solicitudes: ninguno de los más importantes hospitales de Cataluña había recibido ayer solicitud alguna de aborto ni tenía entre sus pacientes a ninguna mujer embarazada susceptible de ser incluida en alguno de los tres supuestos. En el momento de entrar en vigor la normativa, únicamente tres mujeres en toda Catalunya habían planteado su deseo de abortar, aunque ninguna de ellas se había dirigido a los grandes hospitales acreditados para ello.La primera de ellas se dirigió directamente al Instituto Catalán de la Salud (ICS) al día siguiente de entrar la ley en vigor en el resto del Estado. Se trata de una mujer de Barcelona aquejada de tuberculosis que además tiene más de 35 años, por lo que se encuentra dentro de los parámetros considerados como de muy alto riesgo. No se trata de un caso urgente, ya que no alcanza todavía el primer mes de gestación.

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La segunda es una mujer joven de Gerona, cuya gestación tampoco llega al mes. También ésta se dirigió directamente al ICS al aparecer en al Prensa que la Generalitat iba a dictar las normas de aplicación de la ley en Cataluña. Aseguró tener indicios claros de posible malformación del feto, pero todavía no ha realizado las pruebas definitivas que lo aseguren por lo que convino en esperar a que la normativa entrase en vigor para someterse a ellas. Del tercer caso apenas sí hay información ya que se trata de una embarazada de Tarragona que se ha dirigido al inspector del Seguro y éste la ha remitido al ginecólogo que le corresponde en la Seguridad Social para que le haga un diagnóstico.

El viernes por la tarde se celebró en la sede del ICS una reunión de todos los gerentes de las áreas sanitarias catalanas para estudiar la aplicación concreta de la normativa. En la reunión se consideró lo más indicado que los casos de aborto que se produzcan en Cataluña se traten como cualquier otra enfermedad, es decir, que una vez diagnosticada la posible indicación del aborto terapéutico por el médico que corresponda, la paciente gestione la intervención a través de los inspectores de la Seguridad Social, que canalizarán cada caso hacia el centro hospitalario que le corresponda. Se considera, sin embargo, que hasta mediados de septiembre no estará la red sanitaria en condiciones de funcionar correctamente en todos los casos, por lo que hasta entonces, el ICS ha establecido unos servicios en Barcelona donde serán atendidas las solicitudes.

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