Control de taquilla, doblaje y sistema de contratación de filmes, puntos clave de la protección del cine español
España es el único país de nuestra área cultural donde el doblaje está generalizado
El principio de que "el dinero del cine revierta sobre el cine", considerado indispensable para una auténtica, y no gravosa para la economía nacional, racionalización del mercado cinematográfico, tope con tres obstáculos, cuya superación es prioritaria en la nueva estrategia de protección del cine español, emprendida por la Dirección General de Cinematografía. Estos obstáculos son: las irregularidades en el control de taquilla, que distraen del cine una parte importante del dinero generado por el cine; la casi generalización, única en el mundo, del sistema de doblaje de filmes extranjeros, que pone el mercado español a merced de las multinacionales norteamericanas; y la compra de filmes españoles para su exhibición por contratos a tanto alzado, que impiden determinar fiablemente la rentabilidad de cada filme.
El control de taquilla, sobre cuya rigurosidad se ha ido afirmando poco a poco la solidez en su mercado interior de, por ejemplo, el cine francés, fue establecido en España en los años 60, con objeto de hacer volver al cine español la rentabilidad real de este en los canales de exhibición. En Francia, por seguir con el mismo ejemplo, el control de taquilla es totalmente automático, pues la única manera de vender una entrada de un cine es a través de una pulsación en una máquina que registra inapelablemente la venta de cada billete.En España, al no existir esta automatización, el control del taquillaje de las salas de exhibición ha de hacerse mediante un anacrónico e ineficaz sistema de inspecciones in situ. Según datos estadísticos elaborados por la Dirección General de Cinematografía, en cinco meses -enero, marzo, mayo, julio y agosto- de 1983 un equipo compuesto por varias decenas de inspectores revisaron las cuentas de 1.521 salas de exhibición, lo que, si se tiene en cuenta que el número de salas que hay en activo actualmente en España es de 4.097, supone un control cuantitativamente incompleto y cualitativamente parcial de un tercio de la exhibición cinematográfica.
Grandes cifras
En estas 1.521 inspecciones se detectaron 294 infracciones, lo que supone que aproximadamente un 20 por ciento de las salas de exhibición españolas incurren en irregularidades, que han supuesto, tan solo en los meses de enero, marzo y mayo, un volumen de sanciones que supera los 11 millones de pesetas. La mayor parte de estas irregularidades, si se observan las actas de inspección, corresponden al control, en este caso falta de control o simple descontrol, del taquillaje, que adquiere modalidades muy diversas, que van desde la duplicación del billetaje, la venta de billetes ilegales y la venta sin ordenación numérica de entradas, hasta la supresión de entradas para el acceso al local.La importancia de estas infracciones detectadas, que están por simple lógica estadística muy lejos de ser todas las que efectivamente se producen, ha de medirse por su capacidad indicativa dentro del gran volumen de liquidez global de la exhibición cinematográfica, que se monta en cifras del siguiente calibre:
En 1982 se alcanzó una recaudación en toda España que supera los 27.000 millones de pesetas, repartidas en más de 6.000 millones recaudadas por el cine español y 21.000 millones por el cine extranjero. Si se tienen en cuenta los porcentajes de infracción detectados, en medios de la producción cinematográfica española consultados por este periódico se estima que el dinero desviado del cine "podría por todos los síntomas alcanzar cifras muy importantes, que son una de las causas más directas de la descapitalización crónica de la industria".
"No se pueden dar", afirman productores y directores de cine, "más que apreciaciones aproximadas del volumen real de la desviación del dinero del taquillaje, pero esta, por todos los síntomas, podría ser del orden de un 20 por ciento, porcentaje que encubre cifras muy importantes, que ya ha sido indicado estimativamente en varias ocasiones, y que nunca ha sido desmentido por las autoridades del ministerio de Cultura. La única manera de evitar esto es la automatización total y obligatoria de la venta de entradas a los cines, como ocurre en toda Europa". Por otra parte, y según fuentes de la Dirección General de Cinematografía, "esta automatización obligatoria de la taquilla de los cines podría emprenderse a corto o medio plazo, si es necesario con cargo a dinero del Estado, pues sería una inversión amortizable rápidamente por sus propios efectos. Por ello será imposible dar cifras exactas del volumen de la defraudación actual mientras no contemos retroactivamente con los datos fiables del automatismo de taquilla".
Colonización del doblaje
Por otro lado, las principales reacciones en contra de la nueva normativa de protección del cine español propuesta para su próximo debate en Consejo de Ministros, provienen -según fuentes del ministerio de Cultura y tras recabar este información en todos los sectores afectados- de los medios de distribución, exhibición y doblaje de películas. Y son las restricciones al doblaje de películas el punto más controvertido de la nueva normativa.En España el doblaje es una norma generalizada, pero en los restantes países de nuestra área cultural es casi excepcional. En los recientes Encuentros de Cine Iberoamericano, los representantes de los países asistentes se sorprendieron de la generalización de la práctica del doblaje en España, cuando, por ejemplo, en Cuba, México, Brasil, Portugal, Argentina, Perú y Estados Unidos prácticamente no existe, y en otros países está reducida al mínimo, como es el caso de Chile, con un 5 por ciento de filmes doblados; Colombia, con un 2 por ciento; o Venezuela que no llega a este 2 por ciento.
En Europa occidental, el doblaje tiene igualmente proporciones marcadamente muy inferiores que en España, y en determinados países como Francia, las versiones dobladas, cuando se hacen, que no es siempre, se exhiben de manera simultánea a las versiones originales subtituladas, de tal manera que, por poner un ejemplo gráfico, ni un solo espectador español conoce la voz de Paul Newman, y hasta tiene una errónea impresión de su personalidad, pues se le suele doblar con voz metálica y cristalina, cuando su verdadera voz es pastosa y muy ronca.
Los datos anteriores contrastan con el hecho de que en 1982, y según datos estadísticos manejados en los citados Encuentros de Cine Iberoamericano, en España se exhibieron en 1982 un total de 308 películas dobladas, lo que supone aproximadamente un 60 por ciento del total de exhibidas, que se complementan con 100 subtituladas -entre ellas las películas "S" y "pornos"- y las 119 españolas, que sumadas hacen el total de 527 filmes exhibidos en 1982.
Según medios de la producción española "esta práctica generalizada del doblaje es como un cheque en blanco para las distribuidoras del cine norteamericano, que encima de que nos aplican su coercitivo sistema de lotes, encuentran en el mercado español la ventaja adicional de exhibir sus filmes, casi sin excepción, doblados a nuestro idioma, mientras que en el resto del mundo, con pocas excepciones, se ven en versión subtitulada".
El tanto abado
Un tercer punto de la estrategia de defensa y protección del cine español propuesto, o en vias de proposición, por las autoridades cinematográficas españolas, aparte de la limitación de las licencias de doblaje y el establecimiento de un control automático de taquilla, se centrará en la supresión de la costumbre, bastante generalizada, de los contratos a tanto alzado para la compra de filmes.La práctica del tanto alzado -compra de filmes por una cantidad estipulada en vez de a porcentaje- propicia las infracciones del control de taquilla e impide medir con exactitud la rentabilidad real, y sobre todo posible, de cada filme español, por lo que, según esas mismas fuentes, se impondrá en el futuro un sistema unitario de exhibición a porcentaje, que permita a los productores de filmes y a sus autores conocer el volumen real de la audiencia de su filme.
Según fuentes del ministerio de Cultura no ha sido posible incluir esta medida en el proyecto de decreto para la protección del cine español, a causa de una razón jurídica de tipo formal, ya que toda modificación de la legislación contractual requiere una norma con rango de ley y no de decreto.
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