Un fondo de solidaridad nacional
En el diálogo tripartito que se está llevando a cabo entre el Gobierno, los empresarios y los sindicatos para instrumentar medidas que permitan paliar la actual situación del paro, pueden surgir dificultades para articular un mecanismo a través del cual se garantice el cumplimiento de los compromisos que están sobre la mesa. De un lado, se pide a los sindicatos moderación salarial, de acuerdo con el propósito evidenciado en el programa económico que defendió el presidente del Gobierno en la pasada sesión de investidura. De otra, se pide a los empresarios que ejecuten su función y que inviertan.Ambas condiciones son claras, pero el problema que, sin duda, sé planteará consiste en saber cómo puede garantizarse el cumplimiento recíproco de dicho compromiso. Más concretamente, la cuestión que se plantea es saber qué garantías se pueden ofrecer a los sindicatos -en términos de inversión y empleo-, si éstos aceptan una política de moderación salarial.
Quisiera, a este respecto, hacer una observación previa y una sugerencia. La observación, cuasi-metodológica y a pesar de ello interesante, consiste en ler necesidad de pensar y diseñar medios de actuación que resulten proporcionados al tamaño de los problernas. Y el tamaño de los problemas puede sintetizarse muy brevemente: en los dos primeros meses del presente año, la economía española está arrojando al paro más de 1.500 personas diarias, con una tendencia, desgraciadamente, creciente. Por ello, no debería extrañar, sino más bien al contratio, la instrumentación de medidas excepcionales en relación con la excepcionalidad de la situación.
La sugerencia estriba en propugnar la constitución de un fondo de solidaridad dotado anualmente con unos 300.000 o 400.000 millones de pesetas, como forma de vincular inequívocamente la moderación salarial con las garantías de inversión que, a cambio, se pretenden conseguir. Sucintamente me voy a referir a las características esenciales de dicho fondo y, finalmente, a lo que considero que serían sus ventajas.
En primer lugarJa dotación deí fondo de solidaridad tendría básicamente un dobleorigen:
Los recursos derivados de una suscripción obligatoria de deuda pública, con cargo a una parte de los aumentos salariales acordados. Así, por ejemplo, si a través de los cauces existentes se acuerda un aumento de salarios de digamos, el 10%, las empresas satisfarían siete puntos de dicho aumento en efectivo, y los tres restantes en títulos de deuda pública de suscripción obligatoria. Este, mecanismo se podría gestionar a través de los cauces de la Hacienda.
Deuda pública, intereses y compensaciones
La deuda pública así suscrita devengaría intereses -a un tipo que no debería exceder de la mitad de la tasa de aumento del IPC-, y tanto éstos como su amortización se percibirían mediante compensaciones en la cuota del impuesto sobre la renta del suscriptor.El segundo origen de recursos sería el propio Presupuesto del Estado, que debería pasar al fondo de solidaridad las dotaciones de dicho Presupuesto que se fuesen a destinar a los programas de gasto a los que me referiré seguidamente.
Los recursos del fondo de solidaridad se destinarían a los programas de gasto o financiación que se acordasen previamente a nivel tripartito. A título de sugerencia; podríamos señalar los siguientes: programa energético, programa de viviendas, programa de reestructuración industrial, programa de desarrollo regional, programa de creación de nuevas empresas.
Dichos programas pueden consistir tanto en la realización de gasto público como, mayoritariamente, en la oferta de recursos financieros para la inversión privada, y únicamente en el caso de desinterés por parte de ésta podrían revertir a nuevos programas de gasto público.
Los programas de gasto o financiación seleccionados se dirigirían y ejecutarían por la Administración pública utilizando los canales más adecuados en cada caso. Quiere ello decir que si se tratase de gasto público serían los canales propios del Estado a cualquier nivel, mientras que si se tratase de programas de financiación al sector privado, sin perjuicio de su dirección, podrían canalizarse a través tanto de la banca oficial como de las propias instituciones financieras y privadas. En todo caso, los fondos se prestarían al mismo tipo de interés satisfecho a la deuda suscrita, soportando los Presupuesto del Estado los gastos de intermediación.
La gestión de estos programas de gasto debería asimismo constituir un vehículo que permitiese introducir definitivamente en el comportamiento público la lógica de la presupuestación por objetivos. Ello significa que el director de cada programa que fuese nombrado al efecto diseñaría, de acuerdo con las directrices del Gobierno, tanto las líneas de actuación como la organización del aparato institucional necesario para llevar a cabo el programa en cuestión. En la lógica de esta organización deben resultar expresos y cuantificados los objetivos a alcanzar por cada programa a lo largo del tiempo, objetivos que constituyen el compromiso adquirido por el gestor. Esta técnica llevaría, posiblemente, a alterar, en muchos casos, las vigentes normas administrativas de intervención, contabilidad y control concebidas -como es evidente- para la ejecución de un presupuesto administrativo.
La mayor holgura en la ejecución de los programas debería compensarse mediante un control permanente -quizá trimestral-, a través de una comisión parlamentaria.
Ventajas del fondo
El bosquejo de fondo de solidaridad que se acaba de referir presenta claras ventajas. En primer lugar, se trata de un mecanismo que permitiría garantizar efectivamente que la moderación salarial se traduciría en nueva inversión, básicamente en nueva inversión privada, pero, en su defecto, en inversión pública.En segundo lugar, la constitución del fondo de solidaridad permitiría obtener importantes recursos financieros sin agrandar el déficit presupuestario ni recurrir a la fijación de coeficientes de inver sión obligatoria. Finalmente, hay que resaltar que la propia mecánica de gestión de los programas de gasto. puede y debe constituir un vehículo esencial para la reforma de la gestión del presupuesto y del gasto público y, por ende, para la reforma de la Administración pública, estableciendo asimismo los mecanismos de coordinación necesarios entre los diversos niveles de gobierno existentes.
Sin duda, no podrá decir que la instrumentación de un mecanismo como el sugerido puede plantear diversas dificultades. Sin embargo, tales dificultades no son tanto consecuencia del instrumento en sí como expresión de la compleja problemática que se intenta abordar. Lo que sí parece batante claro es que sólo una masa de recursos como la propuesta guarda realmente proporción con la magnitud del problema que se pretende afrontar.
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