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Regulada la campaña de carnes 1979-1980

La campaña de carnes 1979-1980 ha quedado regulada en virtud de un decreto que ayer publicaba el BOE. Entrará en vigor a partir de hoy.Esta campaña contempla algunas novedades sobre la pasada, especialmente en relación a las normas de intervención; éstas se definen por el automatismo con que se actúa para realizar las compras de garantía y por el hecho de que los mecanismos de regulación entren en juego con antelación al hundimiento de los precios (cuando se trata de proteger a la producción), o a los excesivos incrementos (cuando se pretende defender a los consumidores). En esta campaña se autoriza al FORPPA a intervenir en las comarcas en las que se registren caídas de precios por falta de fluidez, comercial; se pretende evitar así, según dice la disposición, los quebrantos en la producción.

Los nuevos precios que regirán en la campaña 1979-1980 son los siguientes: vacuno: garantía, 220 ptas/kilo (2.ª ); indicativo inferior (2.ª), 235; indicativo (1.ª), 290; indicativo superior (1.ª ), 290. Porcino: garantía, 114; indicativo inferior, 121; indicativo, 128; e indicativo superior, 134. Los Ministerios de Agricultura y Comercio y Turismo, serán los encargados de regular estos precios desde su vertiente de protección al consumo.

Para asegurar las rentas al ganadero, este año queda prohibida la distribución de carne congelada cuando los precios-testigo estén por debajo de los de intervención, exceptuando a las Fuerzas Armadas y a los centros hospitalarios.

Según el decreto, se apoyará la implantación de vacuno de carne en nuevas explotaciones viables y se reestructurarán y tecnificarán las actuales. Para reducir los costes de producción se mantiene la campaña de aprovechamiento de subproductos agroindustriales infrautilizados.

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