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Yelmo Cines es multada con 30.000 euros en Euskadi por impedir el acceso con comida del exterior

La cadena ha sido denunciada por la organización Facua en otras cuatro comunidades autónomas, incluida Madrid, donde el caso ha llegado hasta los tribunales

Vista de un cine Yelmo en Icaria (Barcelona).
Vista de un cine Yelmo en Icaria (Barcelona).Kike Rincón
Caio Ruvenal

La cadena nacional Yelmo Cines ha sido multada con 30.000 euros en el País Vasco por el Instituto de Consumo Vasco Kontsumobide por impedir el acceso a personas con comida del exterior. La organización para la defensa de los derechos de los consumidores Facua ―la entidad denunciante― ha informado a EL PAÍS de que también han demandado por esta irregularidad a la misma empresa, propietaria de 54 complejos en España, en Andalucía, Cataluña, Canarias y Madrid, donde el caso ha llegado hasta los tribunales.

“Es una especie de monopolio que te obliga a consumir en el mismo espacio y además pagar hasta 20 veces más por un producto”, asegura el secretario general de Facua, Rubén Sánchez. Prohibir el acceso con comida y bebida adquiridas en el exterior a las salas de un cine está sancionado por el Real Decreto Legislativo 1/2007 de protección a los consumidores. La normativa considera que son “cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones” que causen “un desequilibrio importante en los derechos y obligaciones de las partes” y “limiten los derechos del consumidor y usuario”. Además, la Agencia Española de Consumo, dependiente del Ministerio de Sanidad, emitió en 2017 un informe que reiteraba la ilegalidad de esta prohibición.

Yelmos Cines ha asegurado en un comunicado que es un procedimiento en curso ya que “no tiene una resolución en firme”. La empresa ha asegurado que ha presentado un recurso de alzada: “En el caso del País Vasco, Cine Yelmo ha decidido limitar la introducción de alimentos y bebidas en los cines en los que opera, amparado en todo momento por Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas en el País Vasco”, finaliza el texto.

La denuncia a cines y espectáculos que obligan al consumidor a comprar comida dentro del recinto no es reciente. Sánchez asegura que en agosto de este año Autocines 2015 fue demanda por la misma razón en Madrid y Málaga. En 2019, el Instituto de Consumo de Extremadura multó con 3.000 euros a Multicines España, en Zafra (Badajoz). “Fue un primer antecedente, pero con una cantidad mínima. Este que hemos logrado [en Euskadi] es sin duda el más ejemplar”, refiere. El avance en el caso en cada comunidad autónoma depende del “talante de las Administraciones, en el interés de hacer cumplir la ley”. En Andalucía, por ejemplo, “solo se han realizado advertencias de retirar los carteles donde se refiere que ‘la compañía no permite el acceso a estas instalaciones con alimentos y/o bebidas adquiridas fuera de Yelmo, reservándonos por tanto el derecho de admisión”. La misma alerta aparece cuando se compran las entradas en la página web.

Galicia es una excepción porque hay una normativa que permite expresamente el co exclusivo. “Nuestro objetivo es cambiar la normativa ahí, pero es el único lugar donde pasa en España”, asegura Sánchez. En Madrid, Facua ha interpuesto una acción de cesación en los juzgados de primera instancia al considerar que la cadena incurre con ello en una cláusula abusiva con la que limita los derechos de los consumidores.

La organización para la defensa del consumidor apunta que en abril también se realizaron denuncias del mismo tipo contra una veintena de festivales y conciertos como O Son do Camiño de Santiago de Compostela ―que terminó rectificando―, el concierto de Antílopez en Sevilla o el Pirata Beach Festival de Gandía. El Ministerio de Consumo abrió en agosto un expediente sancionador contra uno de ellos, el Reggaeton Beach Festival, que se desarrolla en 11 ciudades españolas.


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