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El Gobierno demora la protección de películas y series europeas ‘online’

España incumple el plazo para transponer la directiva comunitaria que obliga a las plataformas audiovisuales con una sede en la UE a reservar un 30% del catálogo a producciones del continente

Una imagen de la última temporada de 'Las chicas del cable'.
Una imagen de la última temporada de 'Las chicas del cable'.enrique baro ubach; enrique baro ubach

Ya no basta con Patria, White Lines, Criminal o Las chicas del cable. Visto que Netflix o HBO ingresan dinero del público europeo, la UE quiere que incluyan más cine y series del viejo continente para proteger a la industria audiovisual europea. El texto de la nueva directiva lo deja claro en su artículo 13: “Los Estados miembros velarán por que los prestadores de servicios de comunicación audiovisual […] dispongan de un porcentaje de al menos el 30% de obras europeas en sus catálogos y garanticen la prominencia de dichas obras”. La reforma vale para cualquier plataforma de streaming de películas y series que tenga alguna sede en Europa; fue aprobada en 2018 y el plazo para transponerla venció el pasado sábado 19 de septiembre. España lleva tanto retraso que no se puede ni estimar una fecha para su votación.

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Tampoco está claro sobre qué texto: fuentes del Ministerio de Economía informan de que el anteproyecto de ley saldrá a audiencia pública “estas semanas” para que los titulares de derechos e intereses afectados pueden aportar su opinión, aunque el productor Gerardo Herrero explica que la consulta pública se abrió ayer martes por parte de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia a través de un cuestionario, sin acceso al borrador. Hasta el 13 de noviembre se pueden enviar observaciones. “El espíritu de la directiva es incentivar la producción, y es bueno”, defiende Herrero. Sin embargo, advierte: “En España hay un intento de las grandes plataformas para evitar esa y otras obligaciones. Hay presiones políticas muy fuertes”.

Las directivas son válidas solo desde que cada ordenamiento nacional las recoge. Pero la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE establece que pueden tener “ciertos efectos directos”, incluso sin transposición nacional, cuando se hayan incumplido los tiempos, “los términos […] sean incondicionales y suficientemente claros y precisos” y “atribuyan derechos a los particulares”, tal y como recoge Eur-Lex, un portal desarrollado por la UE que ofrece acceso a todos sus textos jurídicos. Es decir, cabe la posibilidad de que otra plataforma, un productor de cine europeo o cualquier perjudicado por el retraso reclame ante la justicia por los daños sufridos. El porcentaje del 30%, además, parece cumplir también con el criterio de precisión, porque la Comisión Europea aclaró la formulación: se refiere al número de obras en un catálogo, y no al minutaje total; un filme cuenta como un título, al igual que una temporada de una serie. Más dudas despierta la “prominencia”, que la directiva no concreta y dependerá de la ley nacional que la recoja, al igual que los límites para establecer cuándo una obra se considera de producción europea.

Algunos interpretan que la directiva es ya de aplicación. A partir de ahora, “todas las plataformas de vídeo bajo demanda disponibles en España (con sede en la UE) deberán ofrecer un mínimo del 30% de obras europeas en sus catálogos”, concluye un estudio realizado por La Pantalla Digital, una guía subvencionada por el Ministerio de Cultura y Deporte, que recoge los portales españoles del sector audiovisual. Estas compañías ya cumplen con las nuevas normas, porque la Ley General de la Comunicación Audiovisual impone a las plataformas con sede en España precisamente el mismo porcentaje que ahora establece la directiva. El cambio resulta más complicado para los grandes colosos de EE UU que operan en el viejo continente.

Este diario pidió a Netflix, HBO y Disney + concretar el porcentaje de obras europeas en su catálogo. En lugar de una cifra, HBO contestó: “Estamos comprometidos con nuestras obligaciones en relación con el contenido europeo que marca la directiva. En los últimos años, hemos doblado el volumen de producción original de HBO Europe, y producimos series propias en nueve territorios”. Disney + nunca respondió y el departamento de comunicación de Netflix aseguró que esperan a “la legislación nacional que realice la transposición”. Por ofrecer una pista, el Consell de l’Audiovisual de Catalunya (CAC) calculó en mayo que el porcentaje de obra europea en el catálogo de Netflix disponible en Cataluña oscilaba entre el 17,3% y el 22,2%. A lo que la plataforma aludida responde: “Respecto a ese porcentaje, la Comisión Europea todavía tiene que definir los detalles de cómo se va a contabilizar esa cuota europea, por lo que cualquier valoración es prematura”.

Por el contrario, Juan Carlos Tous, consejero delegado de Filmin, plataforma española de cine independiente, sí ofrece cifras: “Llegamos a más del 60% y en nuestro corazón está el cine europeo. Esperamos que cualquier plataforma disponible para el público español cumpla la legislación española”.

La directiva establece que será el país que acoge la sede principal de la plataforma el encargado de comprobar que esta respete los criterios en general en la UE y en cada catálogo nacional. Para Netflix, por ejemplo, la responsabilidad recaerá sobre los Países Bajos. Como España, Holanda tampoco ha traspuesto la normativa, al igual que casi toda la UE: resulta más fácil contar los Estados que sí lo han hecho, Alemania, Dinamarca y el Reino Unido, según un reciente recuento del Observatorio Audiovisual Europeo.

Una vez que el texto sea recogido en el ordenamiento español, abrirá más posibilidades. Entre otras, una serie de medidas para la protección de menores, la prominencia del catálogo europeo, o la imposición de una presencia mínima de obras en las lenguas oficiales de España para cualquier portal de streaming: para los que tienen sede en el país, la Ley General de la Comunicación Audiovisual ya obliga al menos a un 15% del catálogo.

Pero la normativa europea contiene otro punto clave, en el artículo 13.2: “Cuando los Estados miembros exijan a los prestadores de servicios de comunicación sujetos a su jurisdicción una contribución financiera a la producción de obras europeas, en particular mediante inversiones directas en contenidos y aportaciones a fondos nacionales, podrán asimismo exigir a los prestadores de servicios de comunicación dirigidos a audiencias situadas en sus territorios pero establecidos en otros Estados miembros que realicen dichas contribuciones, que deberán ser proporcionadas y no discriminatorias”. He aquí una reclamación que el cine español defiende desde hace tiempo: al igual que RTVE o las televisiones privadas están obligadas a destinar respectivamente el 6% y el 5% a financiar proyectos audiovisuales nacionales, los gigantes del streaming deberían hacer otro tanto. “Esa es la aplicación a las plataformas de la legislación española y tanto ellas como las televisiones quieren acabar con sus obligaciones de inversión en el cine”, asegura Herrero. Pero, además, ¿la contribución será en películas o en series? Ahí se abre otra batalla.

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