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El Supremo anula la condena a los dueños de la web pirata Youkioske

El tribunal pide a la Audiencia Nacional que repita la sentencia por la que condenó a seis años a los administradores de la página

Reyes Rincón

El Tribunal Supremo ha anulado la sentencia de la Audiencia Nacional que condenó a seis años de cárcel a los dueños de la web Youkioske, un quiosco digital que colgaba en internet periódicos, revistas y libros europeos sin autorización de sus propietarios. El alto tribunal considera que la condena no está fundamentada y ordena a la Audiencia que repita la sentencia y especifique los libros o ejemplares de prensa cuya propiedad intelectual se haya transgredido. El alto tribunal sugiere que, en la mayoría de los casos, los titulares de los derechos de propiedad intelectual (los editores) ya habían puesto a disposición del público su contenido a través de sus propias páginas web.

El Supremo ha ordenado que se dicte una nueva resolución al estimar parcialmente los recursos presentados por los administradores de Youkioske, David González Hernández y Raúl Antonio Luque Gutiérrez., que fueron condenados a tres años de cárcel por un delito contra la propiedad intelectual y otros tres por un delito de promoción y constitución de una organización criminal. También les impuso la pena de inhabilitación especial de cinco años como administradores de servicios y páginas web, además del pago de un indemnización a los perjudicados.

El Supremo pide a la Audiencia que redacte una nueva sentencia en la que concrete en qué casos los contenidos que divulgó Youkioske no habían sido divulgado antes por los editores de los periódicos, libros o revistas. La resolución del alto tribunal alude a la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo en el llamado Caso Svennson, que dictaminó que lo que define un delito contra la propiedad intelectual es que haya un acto de comunicación pública de contenidos que hasta ese momento no eran accesibles al público. Y, según esta doctrina, esto no ocurre cuando lo que se cuelga en Internet son enlaces “sobre los que se puede pulsar y que conducen a obras que pueden consultarse libremente en Internet”.

“El tema sometido a la consideración del tribunal era el de si la inserción de enlaces en una página web que permiten acceder a obras protegidas por derechos de autor, ubicadas en otros lugares de Internet, supone un acto de comunicación pública que deba ser autorizado por los titulares de los derechos de la obra enlazada”, explican os magistrados. La web de Youkioske , ya clausurada, colgaba los archivos en pdf completos de las ediciones de papel de los diarios y revistas y lo que pide el Supremo es que la sentencia aclare si esos contenidos eran ya de acceso libre (en cuyo caso se le aplicaría la doctrina Svennson y no habría delito) o si no lo eran.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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