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caso rubiales
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

La sentencia a Rubiales: se acabó, pero no del todo

La violencia contra las mujeres terminará no solo cuando no haya hombres que la ejerzan, sino cuando desaparezca la estructura que la permite

Caso Rubiales
Luis Rubiales a su llegada a la Audiencia Nacional el día de su declaración en el juicio.FERNANDO VILLAR (EFE)
Isabel Valdés

El “se acabó” que posteó en X Alexia Putellas el viernes 25 de agosto de 2023 ha aterrizado en la Justicia. O casi. Este jueves, la Audiencia Nacional ha condenado a Luis Rubiales, el expresidente de la Real Federación Española de Fútbol, por agresión sexual por el beso no consentido a Jennifer Hermoso tras la final del Mundial de 2023: una multa de 10.800 euros, la prohibición de aproximación a ella durante un año, una indemnización para Hermoso de 3.000 euros, y hacerse cargo de la mitad de las costas del proceso. El expresidente ha comunicado que recurrirá.

A la vez, lo ha absuelto del delito de coacciones. A él y a los otros tres encausados: “Debo absolver y absuelvo a Luis Manuel Rubiales Béjar, Jorge Vilda Rodríguez [exentrenador de la selección femenina], Albert Luque Martos [exdirector de la selección masculina] y Iván Rivera Teijido [exresponsable de marketing de la RFEF], del delito de coacciones del que vienen acusados”, ha escrito el magistrado José Manuel Clemente Fernández-Prieto en la sentencia.

Quizás, el origen de todo, el motivo por el que se ha producido este juicio, el beso no consentido, sea lo más importante. Las mujeres han estado tan acostumbradas durante tanto tiempo a no ser creídas por la justicia que durante todo ese tiempo, todavía ahora, muchas ni siquiera quieren colocarse ahí, acudir a ella, a la justicia. Y en esa percepción heredada de la experiencia flotaba la idea de que esta pudiera ser otra de esas ocasiones en las que las instituciones y las mujeres, la sociedad, tienen distinto discernimiento ante un mismo hecho: ven lo mismo, entienden cosas diferentes.

Así, si no se trivializó el beso, por qué habría de trivializarse ahora el fallo, condenatorio.

María José López, la abogada de la acusación popular, ha querido apuntar, en conversación telefónica con este periódico, a eso antes que a cualquier otra cosa: “Primero, es importante la condena por agresión sexual, porque además quedan reflejadas en la sentencia cuestiones que nos parecen muy importantes”.

López habla de la credibilidad; “ha de dejarse patente que a Jenny Hermoso este juzgado le atribuye plena credibilidad”, ha escrito el magistrado en el fallo. Habla del tono del acto; “esta acción de dar un beso en la boca a la mujer tiene una clara connotación sexual”, ha redactado también. Y de la corroboración de que el estado de ánimo posterior de Hermoso no guarda relación con el hecho.

Pero sobre todo, López habla del consentimiento. “La cuestión se contrae a determinar si hubo, o no, consentimiento de la mujer al beso”, y no, no lo hubo. Lo dijo Hermoso ese mismo día, varias veces, y durante días después, y durante la instrucción, y durante el juicio. Así lo recoge la sentencia y eso fue lo que vieron millones de personas, que Rubiales “sujetó la cabeza de la jugadora con ambas manos, y de manera sorpresiva y sin consentimiento ni aceptación de la jugadora, le propinó un beso en los labios”.

Colocando la condena como una pica en torno a los llamados delitos sexuales de menor entidad, algo que la propia sentencia indica ―al dejar por escrito que “no puede ignorarse” lo “previsto por el legislador para las agresiones de menor entidad”, porque “si no es de aplicación al presente caso, difícilmente lo sería nunca y se revelaría como una disposición superflua, lo que ha de descartarse”―, ¿qué pasa con el más allá de la tipificación del delito?

¿Por qué no se percibe la relación jerárquica en la comisión del delito? “El sujeto, aun siendo presidente de la RFEF, no se prevalece de su condición, ni de una relación de superioridad con respecto a la víctima, para su comisión”, dicta el fallo.

¿Y qué ha ocurrido con la pena accesoria a la que obliga la normativa española tras la entrada en vigor de la Ley de Libertad Sexual para estos delitos? La inhabilitación especial durante un mínimo de dos años para trabajar con menores no aparece como parte del fallo.

¿Y la multa de 10.800 euros? ¿Y la indemnización de 3.000 a Hermoso? En la sentencia se dice que “la cantidad de 50.000 euros que se reclama [como indemnización a la jugadora] se revela como absolutamente desproporcionada, pues no puede valorarse de mayor valor económico el daño moral causado por un beso, que el daño moral causado por agresiones infinitamente más graves, con acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, que en la práctica diaria se indemnizan con cantidades que no alcanzan esos 50.000 euros”.

No es desproporcionado, o al menos está dentro de lo previsible, que haya quien se pregunte por qué una multa de 10.800 euros a alguien que tenía un sueldo bruto anual de 675.761,87 euros más una ayuda al alquiler de 3.000 euros en la Federación.

Quizás, como en tantas otras ocasiones en delitos sexuales, el problema no es esta decisión concreta en este caso concreto sino el baremo del que parten esas decisiones. Quizás, el problema de fondo, no sean esos 3.000 euros sino las cuantías (mínimas) que, tal y como reconoce la propia sentencia, hay para delitos sexuales considerados más graves.

La media es de unos 13.700 euros, según un trabajo de hace unos años ―La reparación económica a la víctima en el sistema de justicia―, que analizó 2.600 expedientes judiciales fechados entre 2012 y 2015. Y más allá de la cuantía, es la ejecución final de esta reparación: llega a las mujeres en menos de la mitad de los casos. No es solo cuestión de cuánto sino de si realmente es.

Y aquí no hay quizás: fue precisamente lo anterior lo que hizo que en la Ley de Libertad Sexual se estableciera la reparación como uno de los ejes de la normativa, en la que se establece que “por los múltiples daños que las víctimas reciben”, la indemnización “deberá garantizar la satisfacción económicamente evaluable” de cuestiones que van del daño psicológico a la pérdida de ingresos.

“Múltiples daños” que tienen que ver, también, con las coacciones que también se enjuiciaban en este caso. ¿Qué ha pasado con las coacciones? En tanto que hubo quien creyó que no era factible que Rubiales fuera condenado por agresión sexual, sí que había mayores probabilidades en el delito de coacciones, no solo para el expresidente de la RFEF sino para los otros tres encausados.

Sobre todo para Jorge Vilda, quien recordó en el avión de vuelta a España que a Hermoso “le quedaba poco fútbol por la edad y la Federación podía tener una deferencia con ella, pero que si la situación se enrarecía iban a caer cabezas y la cosa no iba a ir bien para ella ni para nadie”; y para Albert Luque, que fue quien envió a Ana Ecube, la amiga de Hermoso, este mensaje: “Dile a Jenny de mi parte que esto son dos días y se encontrara después solita, solita”.

“El escenario era clarísimo”, añade López, la letrada de la acusación popular, “coacciones en una estructura de presión clarísima contra la jugadora, pero el juez ha entendido que no había coacción en esos hostigamientos, y así lo dicta: no constando probado que los acusados ejercieran ningún acto de violencia ni de intimidación sobre Jennifer Hermoso Fuentes”.

En este caso, con esta sentencia, la Justicia ha percibido la misma violencia que una inmensa mayoría social en lo que los menos vieron “un piquito” que nada importaba. A su vez, ha estimado que no existe suficiente prueba en los relatos de Hermoso y los testigos y los mensajes para la coacción; y ha quedado de alguna forma fuera el sistema, la base que alimenta y que posibilita esa violencia, con la que siguen funcionando múltiples organizaciones como la Federación.

La Justicia imparte justicia conforme a derecho. La sociedad puede verbalizar su incomprensión, indignación, enfado o rabia respecto a ciertas decisiones y discrepar de la perspectiva con la que ha sido aplicado ese derecho. Si no fuera por lo segundo, no existiría hoy, tal y como existe, la ley por la que Luis Rubiales, expresidente de la Real Federación Española de Fútbol, se ha sentado como acusado en un tribunal. Y por la que ha sido condenado como responsable por un delito de agresión sexual.

Es un “se acabó”, pero no del todo: no será del todo hasta que no existan no solo hombres con poder que usan ese poder como herramienta para abusar de él o ejercer violencia, sino hasta que desaparezcan las estructuras, la estructura, en la que viven cómodos. Cada vez menos, pero aún.

El teléfono 016 atiende a las víctimas de violencia machista, a sus familias y a su entorno las 24 horas del día, todos los días del año, en 53 idiomas diferentes. El número no queda registrado en la factura telefónica, pero hay que borrar la llamada del dispositivo. También se puede contactar a través del correo electrónico 016-online@igualdad.gob.es y por WhatsApp en el número 600 000 016. Los menores pueden dirigirse al teléfono de la Fundación ANAR 900 20 20 10. Si es una situación de emergencia, se puede llamar al 112 o a los teléfonos de la Policía Nacional (091) y de la Guardia Civil (062). Y en caso de no poder llamar, se puede recurrir a la aplicación ALERTCOPS, desde la que se envía una señal de alerta a la Policía con geolocalización.

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Sobre la firma

Isabel Valdés
Corresponsal de género de EL PAÍS, antes pasó por Sanidad en Madrid, donde cubrió la pandemia. Está especializada en feminismo y violencia sexual y escribió 'Violadas o muertas', sobre el caso de La Manada y el movimiento feminista. Es licenciada en Periodismo por la Complutense y Máster de Periodismo UAM-EL PAÍS. Su segundo apellido es Aragonés.
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