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Cuatro años de cárcel por homicidio imprudente al hombre que mató a su bebé zarandeándolo

Un jurado popular declara culpable a Juan Francisco L. en el juicio por la muerte de su hija de tan solo tres meses en abril de 2023

Juan Francisco Luzardo
Guillermo Vega

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado este viernes a cuatro años de prisión a Juan Francisco L., de 36 años, tras ser declarado culpable por parte de un jurado popular de homicidio imprudente por la muerte de María Eleyda, su hija de tan solo tres meses de edad, el 29 de abril de 2023 en Puerto del Rosario (Fuerteventura). El magistrado Miguel Ángel Parramón, quien ha presidido el juicio, dictó la sentencia de viva voz tras conocerse el veredicto, dado que tanto la Fiscalía como la defensa estaban conformes con que se le impusiera la pena máxima prevista para este delito. La sentencia es firme, ya que ninguna de las partes ha manifestado su intención de recurrirla.

Parramón subrayó que la pena impuesta responde a la gravedad de los hechos considerados probados por el jurado. A las ocho de la tarde del el 29 de abril de 2023, la bebé comenzó a llorar de manera intensa. Al no lograr calmarla, el procesado la zarandeó con “extrema violencia”, provocando que perdiera el conocimiento de forma repentina. El jurado determinó por unanimidad que, “lejos de llevar de inmediato” a la menor al centro de salud más cercano, situado a escasos metros de su domicilio, el acusado la dejó en la cama durante más de una hora y luego se dirigió al salón, donde consumió estupefacientes. Aproximadamente dos horas después, a las 22.45, al percatarse de que la niña no despertaba y presentaba signos evidentes de gravedad, Juan Francisco L. la trasladó finalmente al centro sanitario. La autopsia determinó que la causa del fallecimiento fue una hemorragia craneal y un edema pulmonar derivados del zarandeo violento.

El jurado, además, rechazó por unanimidad la posibilidad de que el acusado recibiera un indulto o se le concediera la suspensión de la pena. También se consideró probado que tanto el padre como la madre de la menor, Brenda J.R.B., de 23 años, consumían cocaína y otras sustancias en el domicilio familiar en presencia de la niña, sin tomar precauciones higiénicas. Como resultado, se encontraron restos de cocaína en la orina de la menor durante la autopsia.

Por ello, la sentencia impone a ambos progenitores una multa de 1.980 euros por la desatención evidente que sufría la menor. Este estado ha quedado patente en esta semana de juicio, en el que se mostraron pruebas de signos claros de abandono, desnutrición y una dermatitis severa que le provocaba un llanto constante. En lo que respecta al padre, el magistrado justificó la pena impuesta señalando que la calificación de homicidio imprudente grave es la máxima prevista por la ley, y que el jurado no halló pruebas suficientes para determinar que actuara con intención homicida.

Inicialmente, la Fiscalía sostenía que el acusado había suministrado cocaína y alcohol a la menor a través del chupete para inducir el sueño. Sin embargo, los médicos forenses indicaron que no existían pruebas concluyentes que respaldaran esta afirmación, por lo que estos cargos fueron retirados.

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Sobre la firma

Guillermo Vega
Corresponsal en Canarias y miembro del equipo de edición del diario. Trabajó en la Cadena Ser, Cinco Días y fue jefe de EL PAÍS Retina y de la sección de Tecnología. Licenciado en Ciencias de la Información, diplomado en Traducción e Interpretación y Máster de Periodismo de EL PAÍS.
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