La familia de las niñas asesinadas reclama al Gobierno que asuma su responsabilidad por no protegerlas
El escrito señala como corresponsables a los ministerios de Justicia e Interior por no atender las denuncias y pruebas que la madre presentó en la comisaría y en los juzgados
La familia de las niñas Nerea y Martina, dos menores de seis y dos años asesinadas hace justo un año por su padre, han presentado una reclamación de responsabilidad patrimonial en la que señalan como corresponsables a los Ministerios de Justicia e Interior. La madre de las niñas, Itziar Prats, denunció en varias instancias el riesgo que corrían sus hijas tras las amenazas que recibió del padre. Lo dijo en el Centro de la Mujer de Castellón, en una comisaría, en un juzgado de guardia y en el Juzgado de Violencia número 1 de Castellón. Además, un médico que la atendió alertó de que podía tratarse de un caso de violencia de género, pero no prosperó su denuncia. Hubo una cadena de errores que desembocó en el asesinato de las niñas. El padre, Ricardo Carrascosa, se suicidó tras matarlas.
Los abuelos maternos de las menores se suman a esta reclamación, paso previo antes de acudir a los juzgados. Los dos escritos presentados –uno por cada ministerio, de 30 páginas de extensión cada uno y a los que ha tenido acceso este periódico- recogen que los tres han sufrido “un daño moral y un trauma infinito, que les afectará de por vida, y por ello son indudablemente perjudicados por la irresponsabilidad de la Administración”. La muerte de las niñas “se produjo de manera violenta y con ensañamiento, mientras dormían”, recoge el escrito.
“Si la Administración de Justicia hubiera articulado los mecanismos de protección para los menores de los que dispone, no se hubiera llevado a efecto la amenaza anunciada”, señala el escrito. El texto destaca que Interior aplicó un protocolo de medición de riesgo policial, el conocido como VioGen, que estaba “obsoleto y derogado”. De hecho, ese protocolo fue cambiado por el ministerio después de este caso, en marzo de 2019, para incluir “el riesgo de letalidad” para las mujeres y el peligro específico que pueden correr los menores. El Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica, el llamado Convenio de Estambul, que fue ratificado por España en 2014, incluye tanto la valoración de la letalidad como la protección de los menores, como recoge expresamente la reclamación de la familia Prats.
Cuando una mujer acude a una comisaría a denunciar que es víctima de violencia de género, se le aplica un cuestionario con distintas preguntas. Hasta después del caso de Prats, no se preguntaba por los hijos. Cuando ella denunció en febrero de 2018 que temía por sus hijas, la valoración de riesgo policial que resultó de ese cuestionario fue “bajo”, el segundo más bajo de la escala que tiene por encima medio, alto y extremo.
Tras la denuncia policial, coincidieron en los juzgados el procedimiento de divorcio y de custodia de las hijas. Itziar Prats entiende que ese hecho pudo perjudicarla y en la reclamación queda recogido que ella sintió que estaba siendo cuestionada. La responsable del juzgado de violencia contra la mujer consideró que el miedo que transmitió Prats no era “compatible con sus propios actos” por haberse mudado a la misma calle que su exmarido. La jueza se basó, además, en la valoración de riesgo “bajo” que dictaminó la policía.
Itziar Prats aportó en el juzgado de violencia contra la mujer las transcripciones de las amenazas que había recibido de su expareja. Fue después de que le otorgaran la custodia y señalaran que el padre debía pasar una pensión mensual de 400 euros por las niñas. “Al final vamos a acabar todos muertos y yo en la cárcel”, decía Ricardo Carrascosa en esas conversaciones. “Te voy a quitar lo que más quieres”. Las transcribió ella misma.
La mujer pidió sin éxito una orden de protección para ella y sus hijas y que se suspendiera el régimen de visitas. En la reclamación, denuncian “la inactividad del fiscal” (que primero pidió que no se atendiera su petición de una orden de protección para ella y las niñas y luego que sí) o que el juzgado no escuchara a las menores, ni fueran examinadas por los servicios sociales. Según su valoración, “son la patente de la falta de interés absoluto de la administración en la protección de las menores”.
El texto incluye una indemnización económica que la familia solicita expresamente no publicar. El abogado del caso, Gabriel Rubio, explica que esta indemnización hay que pedirla de forma obligatoria. Ha sido calculada en función de la sentencia del Tribunal Supremo en otro caso de asesinato de un menor por parte de su padre tras reiteradas denuncias de la madre, el caso de Ángela González. “Itziar necesita que alguien le diga que no tiene la culpa, esa es la base de esta reclamación”, concluye su abogado.
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