El ‘caso Carrasco’ desata las críticas del Gobierno y la judicatura
Dos ministros cuestionan el traspaso del suicidio asistido a un juzgado de violencia de género. La doctrina ha pasado por alto casos atípicos con resultado de muerte de la mujer
El suicidio asistido de María José Carrasco, enferma terminal de esclerosis múltiple durante tres décadas, ha destapado una grieta jurídica en los procedimientos por violencia de género. La doctrina del Tribunal Supremo dice que toda violencia ejercida por un hombre hacia una mujer que sea su pareja o expareja debe ser considerada como un acto machista, argumento que utilizó el miércoles en Madrid la juez para que sea un juzgado especializado el que instruya la causa contra Ángel Hernández, el marido de Carrasco, quien la ayudó a morir. Pero ayer, tras el desconcierto, la incredulidad y las dudas, arreciaron las críticas. “No compartimos ni la decisión ni los argumentos”, dijo Pilar Martín Nájera, la fiscal delegada de Violencia de Género, que recurrirá la decisión.Se ha hecho, dijo, “una valoración sesgada”, de las sentencias del Supremo. “Para que se juzgue como un caso de violencia de género debe haber un contexto de discriminación y dominación del varón”.
El hecho de que un caso de suicidio asistido pase a un juzgado de violencia de género desató tal controversia que ni siquiera el Gobierno se quedó al margen. La ministra de Justicia, Dolores Delgado, definió ese traslado como “más que cuestionable”; Fernando Grande-Marlaska, ministro de Interior, asumió cierta responsabilidad política: “Yo diría que [este caso] es otra cosa y todos sabemos lo que es, ahí hay mucho amor y otras cosas de 31 años de sufrimiento y desatención por quienes teníamos que haberle atendido”. Y la vicepresidenta Carmen Calvo hizo alusión en la Cadena SER: "Esto no ayuda nada a la lucha contra la violencia machista y el testimonio de María José Carrasco no tiene nada q ver con violencia de género".
Ángel Hernández accedió a la voluntad —inequívoca, pública y reiterada— de ayudar a su mujer a morir el 3 de abril y grabó el final en un vídeo, mientras él le suministraba un vaso con el pentobarbital sódico que ella compró cuando podía aún valerse por sí misma. El hombre pasó tres décadas cuidándola mientras la enfermedad iba despojándola de autonomía. Ella quería morir. Lo dijo muchas veces y así lo confirmó frente a la cámara, como pudo verse en las imágenes que Hernández hizo públicas tras su muerte. ¿Cómo es posible que esto acabe en un juzgado de Violencia sobre la Mujer? Ni siquiera la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género contempla incluir la muerte de Carrasco en su estadística oficial de asesinadas.
“La muerte de María José Carrasco no es violencia machista”, afirmó ayer tajante en una inusual convocatoria de prensa la fiscal de violencia de género. Lo que dijo el Supremo en su sentencia del 20 de diciembre no es algo “automático”, zanjó. En el mismo sentido se pronunció Dolores Delgado: “Habrá que estudiar la interpretación de la norma” y si esta jurisprudencia “es aplicable”. Incluso fuentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo se desmarcaron también de la inhibición por parte del Juzgado de Instrucción número 25 de Madrid: “Esa decisión no tiene nada que ver con la sentencia del pasado diciembre”.
Raimundo Prado, portavoz de la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria, da otro punto de vista: “Con esta decisión no se está juzgando si es violencia machista o no, si está bien o mal lo que hizo Hernández. Las leyes procesales establecen una serie de competencias cuando se ha cometido un hecho delictivo. La sentencia del Supremo en la que se basa la juez entiende que cuando aparece la muerte de una mujer por su pareja es violencia de género y la competencia es, por lo tanto, del juzgado de violencia sobre la mujer”. Nada más. “Insisto. Esta decisión no juzga. No es un tema de fondo, es más simple: solo decide a qué juzgado va”.
Esta situación, según algunos de los expertos que se pronunciaron ayer, no se habría dado si existiera una ley de eutanasia. La vicepresidenta de la Asociación Derecho a Morir Dignamente de Cataluña, Nani Hidalgo, reclamó de nuevo una legislación: “Si tuviéramos una ley que contemplara a las personas que deciden dejar de sufrir y no penalizaran a quienes las ayudan, no tendríamos caso”.
Evitar absurdos
Ignacio González, portavoz de Jueces para la Democracia, apunta a esa misma idea. “Se evitarían este tipo de situaciones absurdas”. Para él, el argumento de la fiscal Martín Nájera es más acorde a la realidad que la decisión de la juez de instrucción. Ambos son correctos, ajustados a la norma, “pero lo que no parece razonable es que una persona que trata de aliviar el dolor de su compañera, que se ha sacrificado durante años, acabe en un juzgado de violencia de género. El móvil de este delito es justo el contrario al de hacer daño”. González también coincide con el discurso de Martín Nájera en cuanto a la ausencia, o el error, de interpretación al valerse del fallo del Supremo: “La aplicación automática de la violencia de género es muy discutible y este es un caso claro de que no debería suceder”.
Según Raimundo Prado esta es una de esas “circunstancias extraordinarias” en las que la Justicia no piensa cuando se reúne para llegar a una conclusión: “Cuando dictas una resolución piensas en lo más habitual. Y así puedes llegar a conclusiones que, de repente no encajen”.
Ahora, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer al que ha sido derivado el caso puede rechazar la inhibición del anterior. Y en medio está el recurso de la Fiscalía, que, según contó ayer Martín Nájera, irá directamente a la Audiencia Provincial.
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