El órgano de los jueces publica una guía de buenas prácticas para tratar con las víctimas del machismo
El documento recomienda no hacer preguntas en el juicio que hagan sentir a la maltratada culpable por denunciar al agresor
La guía de buenas prácticas que ha lanzado el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial servirá para todas las víctimas del machismo y sus hijos y en todas las fases del procedimiento (instrucción, enjuiciamiento y ejecución de la sentencia), sin importar la edad, si se han solicitado o no medidas de protección, aunque se descarte temor al investigado y a pesar de que se decida no declarar contra él. La guía trata de que las mujeres que han sufrido violencia de género no se sientan desamparadas por el sistema legal, muy cuestionado en los últimos tiempos por algunas de sus actuaciones en estos casos. O la ausencia de ellas.
Sobre el tipo de preguntas que se hacen en el juicio, por ejemplo, la guía recomienda "evitar que las partes interroguen sobre aspectos de la vida privada que no tengan relevancia, así como impedir aquellas otras que estén dirigidas a hacer que se sienta culpable por haber denunciado el maltrato"; y deberán proteger la intimidad de la denunciante y sus familiares. “La identificación de la demandante como víctima de un delito de violencia de género no está amparada en el derecho a la libertad de información”, explican los expertos.
“Que se sientan acompañadas y perciban sensibilidad y comprensión de nuestro sistema legal”, apuntó este pasado miércoles el presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ, Carlos Lesmes, en el acto de entrega de los XIV Premios del Observatorio, durante el que se presentó el documento. El texto, que según el organismo es un nuevo paso en el cumplimiento del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, ha sido elaborado por personas expertas del Observatorio y, explicó Lesmes, va más allá de lo que se les había encargado: un protocolo de actuación específico para la toma de declaración de los menores, en cumplimiento de la medida número 51, que acabó siendo para quienes hayan sufrido violencia de género, para todas las mujeres y sus hijos. "Para que no haya una segunda victimización", puntualizó el presidente.
Desde la fase de instrucción, que comienza con la declaración de la víctima, hasta su intervención cuando se ejecuta la sentencia, los especialistas han analizado a qué se enfrentan las mujeres en cada paso, cuál debe ser la respuesta de la justicia y enfatiza la importancia de una buena organización judicial que no incite, por lentitud, a desistir de la denuncia. Las propuestas, concretas, van en línea con la Ley de Estatuto Jurídico de la Víctima, el Convenio de Estambul y la doctrina del Tribunal Supremo.
Advierte el texto, por ejemplo, la importancia de la primera declaración, que puede suponer "el éxito o el fracaso de la instrucción". Propone tratar de acreditar la relación para determinar la competencia de los juzgados especializados en Violencia sobre la Mujer, la naturaleza del delito o si existe agravante de parentesco; evitar el "peregrinaje" de la mujer por distintos órganos judiciales y la repetición del interrogatorio; e incide en la negativa a declarar, que, según los expertos, “puede ser expresiva de una situación de riesgo”, por coacción o miedo al agresor.
Las circunstancias de esta violencia, distintas de otras violencias, requieren, según el documento, un "tratamiento propio y específico" a las víctimas que minimice el "miedo lógico" a declarar en juicio oral, que no la haga sentirse culpable del maltrato y que no perciba que se cuestiona la veracidad de su relato. “Tienen derecho a no sentirse humilladas de nuevo. En ningún caso pueden percibir la insensibilidad del sistema legal, la indiferencia de los poderes públicos, sobre todo el judicial, o la insolidaridad de la sociedad”, apuntan los expertos. Para ello, se propone ofrecerles declarar por videoconferencia, hacerles saber que puede solicitar medidas de protección de testigos o que la vista se celebre a puerta cerrada; si es inmigrante, poner a su disposición un intérprete, y si tiene alguna discapacidad, atención específica.
Tras el juicio
Aunque el proceso haya terminado, las víctimas siguen teniendo derechos en la fase de ejecución de la sentencia, sobre todo la importancia de avisarlas del momento en el que la sentencia sea firme para que pueda contar el plazo del que dispone para pedir las ayudas. Pero el texto añade muchos otros, como saber que puede recibir notificaciones de algunas de las resoluciones, y recurrirlas —los autos de Vigilancia Penitenciaria que autoricen la clasificación del preso en tercer grado, que concedan beneficios penitenciarios, permisos de salida y los que se refieran al límite de cumplimiento de la pena—; pueden también solicitar medidas que prohíban al agresor acercarse a ella, a su familia, establecer contacto, residir en determinados lugares o la instalación de dispositivos electrónicos.
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