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El Supremo pregunta al Tribunal de la UE sobre la inmunidad de Junqueras

El tribunal pide la opinión de los jueces de Luxemburgo sobre si debe excarcelar al líder de ERC para que pueda ser eurodiputado

El líder de ERC, Oriol Junqueras, promete su cargo en el Congreso de los Diputados el pasado 21 de mayo.
El líder de ERC, Oriol Junqueras, promete su cargo en el Congreso de los Diputados el pasado 21 de mayo.Ballesteros (EFE)
Reyes Rincón

El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) decidirá sobre el alcance de la inmunidad de Oriol Junqueras como europarlamentario. Y lo hará a petición del Tribunal Supremo, que ha accedido a la solicitud del exvicepresidente de la Generalitat de que pregunte al tribunal con sede en Luxemburgo antes de resolver su recurso contra la decisión de prohibirle acudir a la Junta Electoral Central a jurar o prometer el cargo de eurodiputado.

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Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado habían considerado innecesario plantear una cuestión prejudicial, pero la sala que ha juzgado el procés ha optado por hacerlo para evitar que la defensa del líder de ERC le acuse de vulnerar sus derechos. Aunque en el escrito notificado este lunes deja claro que su consulta se limita a cómo afecta la inmunidad a la concesión del permiso a Junqueras para salir de la cárcel a recoger el acta. Es decir, la pregunta del Supremo paraliza la resolución del recurso de Junqueras sobre este asunto, pero no afecta a la situación de prisión del exvicepresidente de la Generalitat ni al resto de la causa, según el alto tribunal.

Los magistrados formulan tres preguntas al TJUE. En la primera, piden aclarar cómo hay que interpretar el artículo 9 del Protocolo nº 7 (sobre privilegios e inmunidades de la UE) cuando se refiere a que la inmunidad de los eurodiputados rige “mientras el Parlamento Europeo esté en periodo de sesiones”. El TJUE tendrá que dar aquí respuesta a la principal discrepancia que ha enfrentado en este asunto a la defensa de Junqueras y al Supremo: el abogado considera que la inmunidad blinda al eurodiputado desde el momento de su elección, mientras que el tribunal ha interpretado hasta ahora que solo se adquiere inmunidad una vez que se recoge el acta.

En la segunda pregunta, el Supremo pide al TJUE que concrete cómo actuar ante un caso como el de Junqueras, que ha resultado proclamado electo, pero que no ha cumplimentado los requisitos establecidos para adquirir la condición de parlamentario (imposibilidad, según el Supremo, derivada de su situación de prisión provisional), de forma que la Junta Electoral no ha comunicado a la Eurocámara la condición de eurodiputado.

En caso de que el TJUE dé la razón a la defensa del exvicepresidente catalán y considere que la inmunidad empieza cuando se convierte en eurodiputado electo, la sala pide también que Luxemburgo le indique si estaría obligada a dejar en libertad a Junqueras “en términos absolutos, de modo casi automático”. Los magistrados piden que se aclare si el derecho de Junqueras a cumplir con los trámites formales y desplazamientos al Parlamento Europeo está por encima de otros intereses en juego como, por ejemplo, los derivados del interés de la justicia y del debido proceso, que son en los que se basó la sala que preside Manuel Marchena al vetar la salida de la cárcel de Junqueras para recoger el acta.

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El Supremo considera que su cuestión prejudicial no encaja entre las materias previstas para los procedimientos de urgencia, pero sí pide que sea tramitada mediante el procedimiento acelerado que prevé el Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia de la UE. Fuentes del TJUE señalaron que estos procedimientos suelen resolverse en alrededor de dos meses. En el caso de que Luxemburgo diera la razón a Junqueras y la decisión llegara antes de la sentencia del procés, prevista entre septiembre y octubre, el Supremo podría verse obligado a dejar en libertad al exvicepresidente catalán.

El abogado de Junqueras, Andreu Van den Eynde, había pedido al tribunal que acudiera al TJUE para que “delimite los poderes de las autoridades nacionales a la hora de decidir los requisitos complementarios que pueden exigir una vez finalizado el proceso electoral a un ciudadano tras su proclamación como diputado electo”. Pero también, pedía que determinara el “momento” en el que la persona que ha sido electa como eurodiputadatiene inmunidad. Es decir, que conteste si está protegido desde la proclamación como diputado y por tanto se le permite realizar los trámites para tomar posesión como eurodiputado. De lo contrario, dice el abogado, “se le estaría otorgando a las autoridades nacionales un poder que no se deriva del acta electoral europea”.

Es la primera vez que la sala que juzga el procés se dirige al TJUE y, en su auto, los magistrados exponen al tribunal europeo algunas de las claves de la causa. Entre otras, le recuerda que los delitos que se han juzgado son "de naturaleza especialmente grave" y el riesgo que se deriva del hecho de que varios coprocesados se han fugado. La sala señala, además, la “reiterada desconfianza hecha pública una y otra vez" por Junqueras acerca de la capacidad del Supremo para garantizar un proceso justo. "Con esa afirmación se hace bien visible la ausencia de toda voluntad por el señor Junqueras de permanecer a disposición de esta sala”, afirman los magistrados, que explican al TJUE que vetaron la salida de España del acusado para asegurar los fines del proceso penal. A esa negativa por parte del Supremo ha contribuido también, según el tribunal, "la incomprensión de las euroórdenes cursadas como instrumento de cooperación internacional en la lucha contra delitos de especial gravedad", en referencia a las fracasadas euroórdenes dictadas contra Carles Puigdemont, y el amplio sustento de organizaciones sociales y del propio Gobierno autonómico al que pertenecía Junqueras.

La sala que ha juzgado el procés aprovecha también esta primera comunicación por escrito con el TJUE para hacer una amplia descripción de los presuntos delitos de rebelión y malversación de los que se acusa a Junqueras y otros ocho procesados. El tribunal se retrotrae al otoño de 2017 para recordar las leyes de desconexión aprobadas por el Parlament y anuladas por el Constitucional, los resultados del referéndum del 1-O, declarado ilegal, los incidentes entre ciudadanos que querían votar y los agentes que trataban de impedir la votación por orden judicial, y las "movilizaciones de miles de personas que querían obstaculizar" registros y detenciones ordenadas por un juez.

Horas antes de que se conociera la decisión del Supremo, la defensa del expresidente de Puigdemont y del exconsejero Toni Comín, cabezas de lista de Junts al Parlamento Europeo, han pedido que su caso se añada a la petición del líder de ERC, para que el Supremo presente una cuestión prejudicial ante el TJUE y determine el momento en el que un diputado electo en el Parlamento Europeo está protegido por la inmunidad parlamentaria. 

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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