Rechazada la querella de Puigdemont contra dos miembros de la Junta Electoral por sacarle de la lista
Un juzgado no admite a trámite la denuncia del líder independentista por excluirle de las europeas
Tras una pequeña victoria, llega una derrota también pequeña. El Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid ha rechazado la querella presentada por la coalición Lliures per Europa, liderada por Carles Puigdemont, contra dos vocales de la Junta Electoral Central (JEC), Andrés Betancor y Carlos Vidal, que votaron a favor de excluir al expresidente catalán y a dos de sus exconsejeros de la lista para las elecciones europeas al considerar que, por encontrarse fugados de la justicia española, no estaban inscritos correctamente en el censo. Una decisión que después revocó la justicia y que empujó a los políticos secesionistas a acusar a ambos de prevaricación administrativa.
Pero la magistrada Carmen Rodríguez-Medel, que ya instruyó el caso máster y envió al Tribunal Supremo los indicios contra Pablo Casado, no aprecia indicios de delito. En un auto fechado este lunes, la juez rechaza los argumentos esgrimidos por los dirigentes independentistas, que insistían en que los dos vocales, designados a propuesta de PP y Cs, ya habían expresado previamente su "animadversión" hacia Puigdemont en un mensaje de Twitter y en un artículo difundido en el diario Expansión.
"En ambos existía una falta clara de imparcialidad que les hizo adoptar, a sabiendas, una decisión injusta al excluirlos del proceso electoral europeo", apostillaba Lliures per Europa en su escrito contra Betancor y Vidal, rechazado por la instructora. Contra la decisión de Rodríguez-Medel cabe aún presentar un recurso de reforma o de apelación, según consta en el propio auto de la juez.
Pese a la primera decisión de la JEC, Puigdemont y sus dos exconsejeros, Toni Comín y Clara Ponsatí, podrán finalmente presentarse a las elecciones europeas. Tras considerar el Supremo que encontrarse en rebeldía no era "causa de inelegibilidad", tres juzgados de lo Contencioso-administrativo de Madrid revocaron la decisión de la Junta Electora. Eso sí, eso no implica que puedan finalmente sentarse en su asiento de la Cámara comunitaria. Sus abogados defienden que gozarán de inmunidad parlamentaria desde el momento que obtengan el escaño y, por tanto, podrán viajar a España para jurar el cargo. Pero los servicios jurídicos del Parlamento Europeo han dictaminado lo contrario en un informe interno, donde consideran que primero tienen que jurar o prometer la Constitución en Madrid. Y, al pisar España, podrían ser detenidos.
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