El Ejecutivo tapona todos los resquicios para evitar la consulta ilegal
El recurso al Constitucional contempla paralizar cada detalle de la convocatoria secesionista
El Gobierno quiere cerrar todos los resquicios para evitar que el próximo 1 de octubre se celebre el referéndum ilegal de autodeterminación convocado por la Generalitat de Cataluña. Esta consulta quedó automáticamente suspendida el jueves al admitir a trámite el Tribunal Constitucional los recursos del Ejecutivo contra la Ley del Referéndum aprobada por la mayoría absoluta de Junts pel Sí y la CUP en el Parlament en la noche del miércoles y los decretos que la desarrollan. Las impugnaciones realizadas por La Moncloa fueron muy rápidas –apenas 16 horas desde la aprobación de la ley y los decretos–, pero no tienen nada de improvisadas.
Para atajar la “perturbación extremadamente grave del orden constitucional” que supondría el referéndum secesionista los abogados del Estado actúan contra todos los frentes de la preparación y celebración de la convocatoria. El llamado decreto de “medidas complementarias” del referéndum, firmado por el president Puigdemont el miércoles, y cuyos 39 artículos disponen aspectos como el censo, el material electoral o las campañas en espacios y medios públicos para fomentar la participación ha sido objeto del recurso más detallado del Gobierno.
El Ejecutivo ha logrado que, además de al president Puigdemont y a sus consellers, el Constitucional advierta personalmente a 62 altos cargos de la Generalitat y a los 948 alcaldes de Cataluña de “su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa” para la independencia y les prohíbe “iniciar, tramitar, informar o dictar (…) acuerdo o actuación alguna que permita la preparación y/o la celebración del referéndum” sobre la autodeterminación. Entre estos altos cargos figuran los directores generales de los medios de comunicación públicos, TV3 y Catalunya Ràdio, o el comisario mayor de los Mossos d’Esquadra, Josep Lluís Trapero. El Gobierno quiere asegurarse de que el cuerpo policial impida la organización del referéndum “en cuanto que policía autonómica sujeta a la Constitución Española, al Estatuto de Autonomía y a los pronunciamientos y requerimientos del Tribunal Constitucional”.
El recurso busca evitar que se ponga en marcha una administración electoral “en toda su extensión”, y permite entrever en qué aspectos concretos estará vigilante el Gobierno central. Con el apercibimiento a los altos cargos autonómicos se quiere impedir que se confeccione material electoral, incluidos los sistemas informáticos para el referéndum. Para ellos, por ejemplo, se notifica la resolución a la jefa del área de Procesos Electorales y Consultas Electorales, Montserrat Vidal.
Uno de los aspectos centrales es la preparación del censo electoral. El Gobierno quiere evitar que la Generalitat recurra a los padrones municipales –lo que afecta a los alcaldes-, al Registro de Población de Cataluña, al Registro de Catalanes residentes en el Exterior, a los datos de la Consejería de Hacienda, o a los del Sistema Catalán de Salud, a cuyos titulares apercibirá el Constitucional con el objeto de que no se cedan estos u otros ficheros.
También se estará pendiente del diseño de los modelos oficiales de documentos electorales (actas), del traslado y ubicación de las mesas electorales o de las posibles campañas de participación o a favor de alguna de las opciones del referéndum ilegal. También se busca impedir la utilización de “dependencias, espacios, colegios o cualesquiera otros locales” para cualquier tipo de actividad vinculada al referéndum. Para ello, se vigilará que la Generalitat pueda “requerir, exigir o reclamar de otras Administraciones, personas o entidades públicas o privadas la puesta a disposición de espacios de su titularidad” para organizar la consulta ilegal, “y en especial para el acto de votación”.
El Gobierno trata de impedir con los apercibimientos realizados por el Constitucional que la Sindicatura Electoral de Cataluña –el órgano de juristas y politólogos copado por Junts pel Sí y la CUP para suplantar a la junta electoral, formada por magistrados– ejerza las competencias que se ha arrogado en la Ley del Referéndum. En este sentido, se buscará impedir la designación de los miembros de las mesas electorales así como la selección y acreditación de los representantes de la administración y los agentes electorales.
La notificación a altos cargos y alcaldes pretende “evitar la disposición de cualquier partida presupuestaria” para la preparación y celebración de la consulta del 1 de octubre. El Constitucional ha apercibido a los notificados “de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir en caso de no atender este requerimiento”.
Lo que no ha hecho el Constitucional, de momento, es denunciar penalmente, como le pedía el Gobierno en su recurso a Puigdemont y los consellers de la Generalitat, por el incumplimiento de la sentencia del 2 de diciembre de 2015 que anulaba la declaración soberanista del Parlament del 9 de noviembre de ese año y de la que, en la particular concepción jurídica de las fuerzas independentistas, deriva la legitimidad del proceso de secesión. El alto tribunal tampoco ha hecho uso de los poderes que le otorga la reforma de su ley orgánica de 2015 y que entre otras medidas, le permite suspender por tiempo indefinido y sin posibilidad de recursos a cualquier cargo público que entienda que incumple sus autos y sentencias. Esa reforma causa división en el seno del propio tribunal, por lo que parece poco probable que lleguen a emplearse estos poderes extraordinarios.
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