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La sanidad gallega, condenada a pagar a un paciente que acudió a la privada por la larga lista de espera

El afectado optó por acudir a un hospital privado y recibirá una indemnización de 10.000 euros

La fachada del Hospital Quirón.
La fachada del Hospital Quirón. Álvaro García

El Servicio Galego de Saúde (Sergas) ha sido condenado a indemnizar con 10.000 euros a un paciente que necesitaba una intervención quirúrgica y que ante las elevadas listas de espera de la sanidad pública gallega, acudió por su cuenta a un hospital privado de Madrid en donde fue intervenido. El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 1 de Ourense, Francisco de Cominges, sostiene que la Administración pública sanitaria funcionó en este caso “de manera deficiente e incluso irracional”.

Según consta en la sentencia, el paciente acudió el 5 de mayo de 2014 a una primera consulta en el Servicio de Neurología del Complejo Hospitalario Universitario de Ourense en donde se le diagnosticó “torpeza en MMII y aumento de tamaño ventricular”. El 14 de julio se le practicó en el mismo hospital una prueba de punción lumbar y se le informó de que debía pedir cita para septiembre a fin de evaluar el resultado de la prueba.

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El hospital lo cita sin embargo para 16 de enero de 2015. Tras realizar diversas reclamaciones pidiendo que se le adelantara la fecha, el Sergas se la retrasó aún más, al 28 de enero, por lo que el paciente decidió acudir al hospital privado Quirón, en Madrid. Tras someterlo a una TAC, el centro le prescribe una intervención de “derivación LCR Hidrocefalia”, a practicar en el plazo máximo de un mes.

El afectado acudió con ese diagnóstico a su cita del 28 de enero de 2015 en el hospital orensano que no le señaló fecha para la intervención quirúrgica por lo que se sometió a la operación en el Hospital Quirón”, el 11 de febrero de 2015. El Sergas tampoco pudo darle “una pronta respuesta” cuando tuvo que operarse de nuevo al mes siguiente, por lo que el paciente volvió al mismo hospital privado. Todo ello le originó un gasto, según las facturas aportadas, de

La Xunta de Galicia alegó que el paciente recibió en la sanidad pública el tratamiento adecuado, acudiendo a la privada por su propia voluntad. En opinión del Sergas, el paciente debió haber ido al servicio de urgencias si se encontró mal antes de la cita, y no directamente a un hospital privado. Junto a ello, destacó que no quedaba acreditada la urgencia de la intervención quirúrgica.

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La sentencia, contra la que no cabe recurso, considera probado que el diagnóstico del Hospital Quirón y el tratamiento prescrito fueron correctos y que “gracias a ello la salud y la calidad de vida del demandante mejoró significativamente”. El magistrado destaca que “con toda evidencia”, el Sergas ha incurrido en “un funcionamiento anormal, incorrecto, deficiente más allá de lo tolerable para el servicio público del que se trata”. Señala además que “es lógico que en esta tesitura el paciente se angustiase” y acudiese a la sanidad privada.

La resolución deja claro que la responsabilidad de la Administración autonómica no se deriva de una “mala praxis” de los médicos del Sergas que trataron al paciente (“no se constata ningún error por su parte”, puntualiza), sino de un “deficiente funcionamiento” de las listas de espera del Servicio de Neurología” del hospital público orensano.

No obstante, rebaja en 7.000 euros la indemnización solicitada por el demandante (pedía 14.000 en concepto de gastos sanitarios y 3.000 por el daño moral) teniendo en cuenta que “debió de haber acudido a urgencias del hospital público tras el diagnóstico de la sanidad privada” y porque a la cita de enero de 2015 “no acudió él sino su esposa para comunicar la decisión ya adoptada de operarse en la clínica privada en Madrid”.

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