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El Constitucional mantiene en suspenso el euro por receta en Cataluña

El tribunal aceptó en enero el recurso del Gobierno contra la decisión de la Generalitat

María Fabra

El pleno del Tribunal Constitucional ha decidido mantener la suspensión del euro por receta aprobado en Cataluña en junio. El tribunal admitió en enero el recurso presentado por el Gobierno y ahora ha optado por mantener la suspensión hasta que se resuelva el fondo del asunto, para el que no tiene fecha. El ejecutivo de Mariano Rajoy alegó que las comunidades no pueden incidir directa o indirectamente en la fijación de precios de productos farmacéuticos.

En su resolución, el Constitucional sostiene que el hecho de que Cataluña siga sin poder cobrar el euro por receta no supondrá "una reducción de la calidad y eficacia de la prestación farmacéutica" y subraya, además, que la devolución del cobro de la tasa, en el caso de que finalmente se declarara inconstitucional, sería "virtualmente imposible". Argumenta su alegación indicando que Cataluña emite mensualmente más de diez millones de recetas y que la devolución de la tasa tendría unos costes de gestión que "podrían llegar a superar la cuantía recaudada".

En su auto, el tribunal apela al "interés general de preservar el derecho a la salud" consagrado en el artículo 43 de la Constitución pero también a la sostenibilidad del sistema público sanitaro que requiere la adopción de "medidas de racionalización y contención del gasto". En enero, el tribunal ya marcó su posición al suspender también la aplicación del euro por receta en Madrid.

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La Generalitat trató de defender el levantamiento de la suspensión de la tasas alegando que en los primeros seis meses de su aplicación "ha comportado una recaudación de 45,7 millones de euros", tiempo en que se produjo una reducción del volumen de recetas "que aminora los recursos públicos destinados al consumo farmacéutico en 5,9 puntos respecto del año anterior". "El mantenimiento de la suspensión de la tasa comportaría unos perjuicios ciertos para las arcas públicas y, por tanto, para el interés general, cuantificables en 8 millones de euros mensuales, cifra importante, máxime en el contexto de exigente ajuste presupuestario en el que nos encontramos", alegó.

En la posición contraria, a la que ha atendido el Constitucional, el Ministerio de Justicia arguyó que el cobro del euro por receta "puede constituir una barrera de acceso a la prestación farmacéutica de los usuarios con menores recursos y más necesitados de medicamentos recetados, puesto que la tasa se suma a la aportación ("copago') que deben hacer con arreglo a las normas generales".

Además, el Gobierno apuntó no haber apreciado efectos favorables para el Sistema Nacional de Salud ya que durante el tiempo de vigencia de la tasa "ha habido Comunidades que, sin imponer tasa alguna, han sido más eficaces en la gestión del gasto farmacéutico, simplemente mediante la plena implementación de las normas básicas estatales".

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