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El Constitucional bordea la falta de quórum en las causas del ‘procés’

Las recusaciones de los magistrados Enrique Arnaldo y Concepción Espejel dejarían al tribunal, si prosperan, sin los miembros que exige la ley para poder deliberar

José María Brunet
Enrique Arnaldo
Toma de posesión de Enrique Arnaldo como nuevo juez del Tribunal Constitucional ante el presidente saliente del órgano, Juan José González Rivas, el 18 de noviembre en Madrid.ZIPI (EFE)

La tramitación de los recursos pendientes sobre el proceso independentista catalán en el Tribunal Constitucional está en riesgo de embarrancar por falta de quórum, tras la recusación presentada este viernes por el expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, contra los magistrados Enrique Arnaldo y Concepción Espejel. De prosperar las iniciativas planteadas por el abogado de Puigdemont, Gonzalo Boye, estos magistrados conservadores quedarían apartados de la causa, y se encontrarían en la misma situación que sus compañeros Antonio Narváez y Cándido Conde-Pumpido, que optaron por inhibirse el pasado abril después de que el expresident fugado en Bélgica también los recusara.

La ley orgánica del Tribunal Constitucional exige, en su artículo 14, que para adoptar acuerdos estén presentes, al menos “dos tercios de los miembros que en cada momento lo componen”. El tribunal de garantías está formado oficialmente por sus doce miembros, sin embargo, uno de ellos, Alfredo Montoya, no participa temporalmente en las deliberaciones al estar recuperándose de un ictus que sufrió en agosto pasado. De este modo, de salir adelante las recusaciones de Arnaldo y Espejel —dos magistrados próximos al PP que entraron en la última renovación de tribunal, el pasado noviembre— solo siete magistrados estarían en condiciones de decidir sobre estas causas, esto es uno por debajo de los ocho que marcan el límite de los dos tercios que exige la ley.

La recusación presentada por el letrado Boye —que tendrá que resolver el propio tribunal—, alega “falta de imparcialidad” de Arnaldo y Espejel, y para ello se fija, entre otros datos, en la “estrecha relación” de dichos magistrados con el PP. Los exconsejeros del Govern Toni Comín, Clara Ponsatí y Lluís Puig, también huidos de la justicia en Bélgica, se han unido a la misma iniciativa.

El escrito sostiene que ambos magistrados se han significado en su trayectoria por su falta de imparcialidad en relación con el independentismo en general y con los hechos del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 en particular. Puigdemont considera que los pronunciamientos de Enrique Arnaldo han sido especialmente explícitos. El escrito recuerda que este magistrado pidió que “caiga todo el peso de la ley” sobre los dirigentes independentistas, en coincidencia con manifestaciones realizadas por el líder del PP, Pablo Casado. Cita también que en septiembre de 2017 Arnaldo suscribió el manifiesto titulado “Parar el golpe”, en el que se afirmaba que el Ejecutivo catalán no había dudado en “traspasar todos los límites de la legalidad y la decencia” para poner en riesgo “la convivencia y la paz civil”.

La recusación afirma que “ya incluso antes de la celebración del referéndum de autodeterminación que tuvo lugar el 1 de octubre de 2017, el excelentísimo señor Arnaldo Alcubilla solicitaba del Gobierno de España que se ejerciera la acción penal” contra los líderes independentistas. Se inició entonces, sostiene Boye, una “persecución política por la vía penal” de la que se derivan los distintos recursos de amparo sobre los que tiene que resolver el Constitucional, y sobre los que Arnaldo “pretende conocer como magistrado”.

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“Enfermos de sectarismo”

También se citan otras manifestaciones de Arnaldo en las que calificó de “enfermos de sectarismo” a quienes discreparon de la decisión tomada por la Fiscalía para presentar una querella por rebelión contra los dirigentes independentistas. El escrito añade que Arnaldo tuvo una relación de amistad con el entonces fiscal general del Estado, José Manuel Maza, ya fallecido, que fue quien firmó la querella, como máximo representante del ministerio público.

El escrito cuestiona asimismo la imparcialidad de Espejel a la vista del voto particular que emitió como componente del tribunal que absolvió al major (máxima graduación) de los Mossos d’Esquadra, Josep Lluís Trapero. En ese voto discrepante, la entonces presidenta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional atribuyó, señala Boye, “carácter delictivo a la conducta de los recusantes”. También subraya que Espejel fue apartada del caso Gürtel, que afectaba al PP, el partido que la ha propuesto para formar parte del Constitucional. El escrito menciona que Espejel pertenece a la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura, la de mayor implantación entre los jueces y a la que atribuye una “beligerancia desmedida” contra los líderes independentistas.

Las recusaciones planteadas por Puigdemont y sus compañeros contra los magistrados Arnaldo y Espejel no solo buscan apartarlos de conocer sobre los recursos contra las diferentes resoluciones dictadas contra los políticos por el Tribunal Supremo en el marco de la causa del procés. También se extienden a los recursos contra las decisiones tomadas contra tres de ellos —Puigdemont, Ponsatí y Comín— por la Junta Electoral Central, que trató de privarles de su condición de diputados del Parlamento Europeo y de sus inmunidades asociadas al encontrarse procesados en rebeldía por el Supremo en la causa del procés.

El precedente de Narváez y Conde-Pumpido

Las recusaciones del expresidente catalán Carles Puigdemont tienen el precedente de las presentadas contra los magistrados Antonio Narváez y Cándido Conde-Pumpido. Narváez dijo en una conferencia que la “crisis” derivada de los hechos de 2017 en Cataluña fue “un golpe de Estado encubierto, mucho más grave por sus consecuencias que el golpe de Estado que se dio en el año 1981″, con el asalto al Congreso. Conde-Pumpido, a su vez, afirmó que con el 1-O “se invoca la democracia precisamente como una forma de atacar el Estado de Derecho, cuando en realidad no puede existir democracia sin Estado de Derecho”.

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