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La Audiencia Nacional declara prescrito un asesinato del etarra deportado a Venezuela Arturo Cubillas

El tribunal pidió a Interpol que levantara su orden de detención en 1992 gracias a la propuesta del fiscal Fungairiño.- Los otros tres miembros de su comando fueron condenados con las mismas pruebas

Es el único miembro del comando Oker de ETA que no responderá por el asesinato del supuesto narco Ángel Manuel Facal el 26 de febrero de 1985. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha declarado prescrita esa causa respecto al etarra Arturo Cubillas Fontán , alto funcionario del Gobierno de Venezuela y supuesto organizador de cursillos de adiestramiento conjuntos entre ETA y las FARC en Colombia y Venezuela. El tribunal considera que ha transcurrido ampliamente el plazo de 20 años tras el que caducan estos delitos, pero asegura que existían indicios suficientes de criminalidad contra él.

El auto de procesamiento de 1985 por el que el ex titular procesó a Cubillas y a los otros tres miembros del talde -Idoia López Riaño, Ramón Zapirain y José Ángel Aguirre- se basa en las declaraciones de este último en comisaría que luego ratificó ante el ex titular del Juzgado Central de Instrucción 5 de la Audiencia Nacional José Castro Meije. Aguirre detalló cómo los cuatro robaron a punta de pistola una Vespa. Mientras Cubillas retenía a su propietario para que no avisara a la policía, Zapirain y López Riaño se desplazaron en la moto hasta Pasaia (Guipúzcoa). Tras localizar a Facal, López Riaño bajó de la moto para acribillarlo a balazos. Esa resolución de Castro Meije, del 12 de noviembre de 1985, ordenaba la busca y captura de Cubillas y López Riaño.

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La declaración policial de Aguirre, ratificada ante el juez, sirvió para condenarlo junto a Zapirain. También a Idoia López Riaño que, tras cumplir su sentencia en Francia y ser entregada a España en 2001, fue juzgada y condenada por esos mismos hechos y en base a las mismas pruebas tras reabrirse el sumario. Pero a Cubillas -contra el que, según los informes actuales de la fiscalía, existen los mismos "indicios racionales de criminalidad" que para el resto del comando- se le levantó la orden de busca y captura internacional el 22 de enero de 1992, con lo que la Audiencia renunció, de hecho, a detenerlo.

La Sala de lo Penal tomó esa decisión en virtud de una petición de lo más escueta del ex fiscal jefe de la Audiencia, Eduardo Fungairiño (entonces número dos de la fiscalía del tribunal), en la que se decía que, a diferencia de los otros tres miembros del comando, contra Cubillas no existían "elementos probatorios suficientes para pedir la extradición", elementos probatorios que sí sirvieron para condenar a sus tres compañeros y cómplices de asesinato.

Por entonces, Cubillas ya se encontraba deportado en Venezuela, adonde había llegado desde Argelia en 1989 en virtud de los acuerdos del Gobierno de Felipe González y el ex presidente venezolano Carlos Andrés Pérez tras las conversaciones con ETA que se mantuvieron en Argel. La decisión de la Audiencia instada por Fungairiño contribuyó a que el etarra pudiera instalarse sin riesgo de ser perseguido en el país latinoamericano.

Arturo Cubillas Fontán.
Arturo Cubillas Fontán.ANTENA 3

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