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El terraceo se está poniendo difícil: ¿me pueden negar un café porque solo sirven cócteles?

Las políticas comerciales de algunos locales para inflar las cuentas suscitan dudas acerca de su legalidad

Precios 2023
Una hostelera renueva la carta de su establecimiento en una terraza de un bar en Sevilla.Raul Caro (EFE)

Madrid. Plaza de Santa Ana. Seis de la tarde. José S. busca una terraza para tomar un café. Cuando lo intenta en la primera mesa, la respuesta del camarero no se hace esperar: en la calle solo sirven “coctelería y comida”, le dicen. Al segundo intento la situación se repite. Esta vez es que en terraza no sirven bebidas no alcohólicas. Indignado comparte su experiencia en X (antes Twitter), y su historia no solo se vuelve viral (con más de 300.000 visualizaciones), sino que además la sección de comentarios se convierte en una suerte de foro, donde otros usuarios comparten experiencias parecidas: “Estuve ayer y me pasó lo mismo. Pero ni si quiera una cerveza, tenía que ser una copa”; “en Lavapiés no te sirven café en la terraza”; “a las 19.00 ya no te dejan sentarte para tomar algo, directamente tienes que cenar”; “o pides raciones o te vas”.

Limitar el consumo a cócteles, obligar a pedir raciones o prohibir sentarse si estas solo. La normalización de estas estrategias comerciales en las terrazas, que amenazan al tradicional café de la tarde al fresco, ha generado malestar entre algunos usuarios, y además, dudas sobre hasta qué punto son legales este tipo de tácticas.

¿Puede un hostelero negarse a servir un café si lo oferta en la carta? ¿Es legal prohibir a una persona sentarse solo? ¿Es el “o comes o no te sirvo” una práctica prohibida? Lo cierto es que la normativa española, en concreto, la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, publicada en 2007, no regula de forma expresa cuáles son los derechos de los usuarios en las terrazas, ni marca unos límites claros para los hosteleros. Ante una falta de regulación específica, los propietarios de los negocios gozan de libertad para diseñar su política comercial. Y esta puede ser distinta en el interior y en el exterior de los locales.

En otras palabras, el empresario es libre de imponer unas condiciones comerciales especiales en las terrazas. Pero hay matices. Para empezar, la regla de oro es que los hosteleros deben ser claros y explicar sin rodeos, y por escrito, que sentarse en la terraza implica acatar ciertas reglas (por ejemplo, precios más caros, una oferta reducida o la obligación de pedir algo de picar). “Si el consumidor sabe a lo que se somete, este tipo de políticas son legales”, aclara Paz Cano, abogada y presidenta de la sección de consumo del Colegio de la Abogacía de Barcelona. “Lo esencial”, complementa Inmaculada Vivas, catedrática de derecho civil de la Universidad de Sevilla, es que los empresarios indiquen cuáles son sus políticas de consumo “de forma clara y con antelación en la carta o mediante carteles en lugares visibles”.

Por su parte, Patricia Abella, abogada del bufete Prolegue, coincide en que, si la política comercial de la terraza está anunciada de forma clara, es difícil que exista abuso. Por ejemplo, por limitar el consumo en el exterior a bebidas alcohólicas. “Es legal siempre que se informe de forma previa y clara, con carteles a la vista” y “siempre que se aplique a todos los usuarios”, aclara la jurista.

La cuestión, no obstante, plantea escenarios delicados. Si un bar sirve todo tipo de bebidas, pero limita el consumo en la terraza a bebidas alcohólicas, ¿podría incurrir en una política discriminatoria por excluir a las mujeres embarazadas? Para la abogada Paz Cano, en casos así el hostelero debe ser flexible, no obstante, la jurista se plantea que, si todos los locales de un mismo barrio, o incluso de una misma ciudad, optan por la misma política comercial, se corre el peligro de incurrir en una prohibición de facto para que ciertos colectivos, como menores o personas con condicionantes médicos, puedan consumir en la calle.

Cabe recordar que la Ley de Consumidores y Usuarios sí prohíbe expresamente a los empresarios cualquier política discriminatoria por razón de enfermedad. “El establecimiento fija libremente sus precios y medidas y el consumidor elige libremente dónde quiere beber o comer algo”, sin embargo, “hay que dar cumplimiento al principio de igualdad y no discriminación”, recuerda en este sentido la catedrática Inmaculada Vivas.

Hay margen para el debate. Rubén Sánchez, portavoz de Facua, defiende que forzar el consumo de bebidas más caras, como copas o cócteles, cuando la carta recoge opciones más económicas, como cafés o tés, sí puede ser una jugada ilegal. “Si hay una lista de precios, el empresario debe respetarla”. De forma que “si vendes cañas, el hostelero no te puede decir que en la terraza solo te sirve una jarra”. Esta táctica, la de limitar el consumo en la calle a formatos grandes, como pintas, copas o jarras, es otra de las estrategias que ha generado malestar. En opinión de Sánchez, esta actitud supone “condicionar el nivel de gasto del cliente”. Y, en consecuencia, “implicaría un incumplimiento de la normativa de consumo”.

¿Qué hacer si creemos que estamos ante un abuso? “Si un restaurante no te avisa claramente de su política de consumo, es momento de pedir el libro de reclamaciones”, anima Paz Cano. La recomendación de los expertos pasa por hacer fotos del establecimiento, de la lista de precios (esencial) y del tique de la cuenta. Esta documentación servirá para apoyar una posible reclamación que, de llegar a buen puerto, puede derivar en una inspección, y en última instancia, en una multa.

Abusos en la cena de Navidad

En estas fechas, las organizaciones de usuarios y consumidores han puesto el foco en otro nicho de abusos: las cenas de Navidad. Hace unos días, la Organización de Consumidores y Usuarios de Aragón advirtió de la existencia de restaurantes que fuerzan a elegir sus famosos menús navideños, normalmente más caros, denuncian. “El comensal debería elegir libremente platos que se ofrecen habitualmente en la carta, que no deberían ser más caros que durante el resto del año”, recuerdan fuentes de la organización. “No es obligatorio elegir un determinado menú, ya que el establecimiento debería estar preparado para ofrecer los platos que recoge la carta, igual que cualquier otro día del año”. Y estos, advierten, deben ser “al mismo precio”.

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