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El índice de actualización de alquileres baja en enero al 2,19%

El nuevo indicador se usa como referencia para la actualización de rentas en los contratos firmados tras la entrada en vigor de la ley estatal de vivienda

Edificio de pisos para alquiler en Barcelona, el pasado diciembre.
Edificio de pisos para alquiler en Barcelona, el pasado diciembre.Albert Garcia

El Índice de referencia para la actualización anual de los contratos de alquiler bajó el enero hasta el 2,19%, su cota más baja en los tres meses para los que ofrece datos el Instituto Nacional de Estadística (INE). En diciembre había marcado un 2,28%, por encima del 2,20% en noviembre. El nuevo indicador sirve para fijar el porcentaje máximo que pueden subir los alquileres cuando les corresponde hacer la actualización anual de rentas. Pero de momento solo se aplica para los contratos firmados desde el 25 de mayo de 2023 en adelante. Esa es la fecha en la que entró en vigor de la ley estatal de vivienda, que es la norma que alumbró legalmente el nuevo sistema.

El organismo estadístico difunde de manera mensual el índice, expresado con dos decimales, para el que se toman en consideración el IPC, la inflación subyacente y las diferencias entre las tasas de crecimiento anual tanto del IPC como de la inflación subyacente de cada mes. A estos se añaden otros parámetros y algunos coeficientes que decide el Gobierno, en consideración a las circunstancias del mercado del alquiler de vivienda.

No obstante, la metodología de elaboración del indicador señala que tomaría otras variables (como la tasa de variación anual del IPC, la tasa de variación anual de la inflación subyacente o la tasa de variación anual media ajustada) si fueran más bajas. Algo que actualmente no se cumple puesto que, este mismo viernes, el INE también ha publicado el dato definitivo de variación del IPC de enero, que fue del 2,9%.

En 2024, la actualización de las anualidades del alquiler estuvo limitada de manera extraordinaria al 3% por el incremento de los precios derivados de la guerra de Ucrania. Desde mediados de 2022 y durante todo 2023 estuvo limitada al 2%. Desde el pasado 1 de enero, en cambio, hay un doble sistema: para los contratos posteriores a la Ley por el derecho a la vivienda se aplica el nuevo índice, y para los firmados antes se vuelve al límite que fija la Ley de arrendamientos urbanos (LAU), que fija como tope el IPC.

La actualización de las rentas de alquiler es el derecho que tiene el casero a solicitar, durante la duración del contrato, que el precio suba de manera acompasada con el coste de la vida. Pero la norma fija que solo se puede exigir cuando se cumple cada anualidad de contrato (es decir, en el mes en que se firmó originalmente) y que esto debe figurar expresamente en una de las cláusulas para que se aplique. Es decir, si en un contrato no se habla de esta posibilidad, el inquilino puede negarse. Y si figura, pueden establecerse otras referencias (como el índice de garantía de competitividad, por ejemplo) pero estas solo se aplican si son más bajas que el tope oficial, que nunca pueden rebasar.

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