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El Gobierno aprueba la subida del salario mínimo interprofesional a 1.134 euros

La menor retribución posible crece un 5% y pasa en cómputo anual de 15.120 euros en 2023 a 15.876 en 2024. El incremento tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, junto a Pilar Alegría y María Jesús Montero, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, este martes en el Palacio de la Moncloa.
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, junto a Pilar Alegría y María Jesús Montero, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, este martes en el Palacio de la Moncloa.Jaime Villanueva
Emilio Sánchez Hidalgo

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes una nueva subida del salario mínimo interprofesional (SMI): crece un 5%, de los 1.080 euros brutos en 14 pagas en los que se estableció en 2023 a los 1.134. Los trabajadores con la menor retribución posible, unos 2,5 millones según las estimaciones del Ejecutivo, ganan un punto y medio de poder adquisitivo, ya que la inflación media de 2023 cerró en el 3,5%. El acuerdo del Ministerio de Trabajo y los sindicatos, con el rechazo de los empresarios, fue anunciado a mediados de enero. Así culmina una subida del SMI del 54% desde 2018.

“Hoy España es un país mejor. Damos un paso decidido en la lucha contra la precariedad”, ha dicho la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. La también líder de Sumar ha indicado que esta subida da cumplimiento al acuerdo de Gobierno de PSOE y Sumar, en el que prometían acompasar el SMI al 60% del salario medio (como recomienda la Carta Social Europea) y a que no pierda poder adquisitivo. “Todavía estamos alejados de las medias salariales europeas, pero es verdad que se va estrechando esa desigualdad. Tenemos que hacer un esfuerzo colectivo como país para seguir incrementando los salarios, no solamente el SMI. Tenemos que hacerlo para competir por arriba, no por abajo”, ha comentado Díaz.

El Consejo de Ministros también ha aprobado una modificación en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), pensada para amortiguar el impacto tributario que, de lo contrario, tendría en los contribuyentes de menos ingresos el alza del SMI. El incremento del salario mínimo se acompañará de un cambio legal para fijar el nuevo mínimo exento en 15.876 euros, un euro por encima del nuevo umbral.

El incremento llega al Boletín Oficial del Estado en febrero, de manera que la subida no se reflejó en la primera nómina del año. Pero esto no quiere decir que no se aplique a enero: el empresario debe abonar esos 54 euros de forma retroactiva. En cómputo anual, el salario mínimo mejora en 756 euros: pasa de 15.120 en 2023 a 15.876 en 2024.

“La subida tiene cara de mujer y cara de joven, es a quien más beneficia”, dijo en la presentación de la subida del SMI el secretario general de UGT, Pepe Álvarez. “Se están rompiendo de forma evidente los dogmas del neoliberalismo en la gestión de los mercados laborales”, comentó Unai Sordo, el líder de CC OO, en referencia al récord de ocupación que vive España (21,3 millones de trabajadores) a la vez que el SMI ha crecido un 54% desde 2018. La subida beneficia a 1,1 millones de trabajadoras y también mejora la situación de los jóvenes: el incremento se aplica a las nóminas del 27% de los trabajadores de 16 a 24 años, según cálculos de CC OO. También beneficia a uno de cada cinco empleados temporales y, especialmente, a los trabajadores del campo y del sector servicios.

En un comunicado, CEOE y Cepyme lamentaron “profundamente” el “escaso esfuerzo del Gobierno” para que participasen en el acuerdo. “Se ha tratado de plantear la subida del SMI en términos de premio o castigo a la adhesión o rechazo de los empresarios al acuerdo, lejos de adoptarla en función de criterios técnicos, tal y como indica la ley. Asistimos una vez más a una situación de arbitrariedad, que solo viene a incrementar la incertidumbre y la falta de confianza que ya percibimos en la economía, en los mercados y en los inversores”, indicó la patronal, que advirtió de posibles efectos negativos. “Confiamos ahora en que la subida del SMI pactada no genere efectos de segunda ronda y se acabe trasladando a la inflación, añadiendo así un nuevo factor de riesgo a la ya patente ralentización de la economía y el empleo”.

La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, firma con los secretarios generales de CC OO, Unai Sordo, y UGT, Pepe Álvarez, el acuerdo sobre el SMI, el 17 de enero.
La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, firma con los secretarios generales de CC OO, Unai Sordo, y UGT, Pepe Álvarez, el acuerdo sobre el SMI, el 17 de enero.Samuel Sanchez

La última vez que los empresarios firmaron una subida del salario mínimo junto al Gobierno y los sindicatos fue en 2020. Desde entonces, Trabajo, CC OO y UGT han acordado cuatro subidas del SMI: de 950 euros a principios de 2020 a 965 en septiembre de 2021, de ahí a 1.000 en septiembre de 2022, de esa cifra a 1.080 en enero de 2023 y ahora hasta 1.134. Aquel incremento de 2020 fue el primero con Díaz como ministra de Trabajo, pero antes hubo otro acelerón, en diciembre de 2018. El entonces Gobierno en solitario del PSOE, que tomó las riendas tras la moción de censura a Mariano Rajoy, se comprometió con sus socios parlamentarios de Unidas Podemos a incrementar el SMI de 736 a 900 euros, pacto que cristalizó en el inicio de 2019.

Los cambios en el salario mínimo no exigen votación parlamentaria, es una competencia exclusiva del Ejecutivo, así que los grupos de la oposición no pueden tumbar esta medida.

Previsibilidad de las condiciones laborales

Por otro lado, Díaz ha indicado que el Ejecutivo ha aprobado la transposición de la directiva europea de condiciones laborales transparentes y previsibles. Esta política consiste en el reconocimiento del derecho a la previsibilidad en las condiciones de trabajo, “lo que supone conocer de antemano las condiciones esenciales del mismo y los criterios por los que pueden cambiar”, explica Trabajo. Así, se deberán comunicar por escrito las modificaciones de los elementos esenciales de la relación laboral, el contrato se presumirá indefinido ordinario y a jornada completa si se incumple el deber de información.

Asimismo, explica Trabajo, “las conversiones de trabajo a tiempo completo en parcial y viceversa, así como el aumento o disminución del número de horas en contratos a tiempo parcial tendrá carácter voluntario para la persona trabajadora y no podrán adoptarse de manera unilateral por la empresa”. En la misma línea, la duración máxima del periodo de prueba no podrá ser ampliable por convenio y no se podrá obstaculizar el pluriempleo.

También se refuerza el derecho de los trabajadores con antigüedad a optar a vacantes con mejores condiciones en sus compañías: “La persona trabajadora que cuente con al menos seis meses de antigüedad en la empresa tendrá derecho a solicitar los puestos vacantes que tengan una jornada a tiempo completo o mayor de la que disfrute, que sean de carácter indefinido o más previsibles o estables”. La respuesta de la empresa deberá esta motivada y por escrito en un plazo determinado.

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Sobre la firma

Emilio Sánchez Hidalgo
Redactor de Economía. Empezó su trayectoria en EL PAÍS en 2016 en Verne y se incorporó a Sociedad con el estallido del coronavirus, en 2020. Ha cubierto la erupción en La Palma y ha participado en la investigación de la pederastia en la Iglesia. Antes trabajó en la Cadena SER, en el diario AS y en medios locales de su ciudad, Alcalá de Henares.

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