Una verdadera flexibilización de los ERTE
Tras algo más de dos meses desde la declaración del estado de alarma, ya son más de 3,2 millones de trabajadores los que están bajo la figura de los ERTE.
Los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (en adelante, ERTE) son una medida de flexibilidad laboral adoptada en el seno de las empresas que trata de salvaguardar la mayor cantidad de empleos afectados directa o indirectamente por la paralización de la actividad económica como consecuencia de la pandemia provocada por la COVID-19. Se trata de una medida que apenas se ha adoptado en anteriores crisis económicas en nuestro país, pero que, sin embargo, ha demostrado tener importantes efectos positivos sobre el empleo en otras latitudes europeas, como es el caso de Alemania.
La adopción de esta medida unos días después de la declaración del estado de alarma, que además ha contado con el consenso de todos los agentes sociales, ha permitido mantener afiliados a un importante volumen de trabajadores que, de lo contrario, podrían haberse enfrentado a la pérdida de su empleo. Tras algo más de dos meses desde la declaración del estado de alarma, ya son más de 3,2 millones de trabajadores los que están bajo la figura de los ERTE, según los registros laborales de finales del mes de abril, últimos en publicarse por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Este volumen supone que 1 de cada 5 afiliados en nuestro país se encuentra hibernando en esta situación (cuya distribución territorial también es diferente –ver gráfico y mapa provincial- y responde, generalmente, a la especialización productiva en los sectores más afectados por el estado de alarma, estos son, el comercio, la hostelería, la restauración, el transporte y las actividades culturales y de ocio) y no saldrá de este letargo, al menos, hasta que la empresa en la que desarrolla su profesión retome su actividad económica.
El Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo, que se aprobó el pasado 13 de mayo, trata de introducir una serie de medidas de flexibilización de los ERTE, que también ha contado con el consenso de todos los agentes sociales. Entre todas ellas, cabe destacar las siguientes:
1. Desvincula el paraguas de los ERTE de la situación de estado de alarma del país, probablemente, como consecuencia de las dificultades de llegar a un consenso político en torno a la dilatación del mismo y la necesidad de seguir protegiendo el empleo que se encuentra hibernando bajo esta figura. En contraposición, establece el 30 de junio como fecha máxima de esta causa de fuerza mayor.
2. Establece una serie de mecanismos de incentivos para que las empresas rescaten el máximo de trabajadores que le permita el retorno a su actividad económica. De esta manera, premia con una mayor exoneración de cuotas a la Seguridad Social las horas trabajadas que se recuperen y penaliza, con una menor exoneración aquellas otras que se mantengan en el letargo de los ERTE. El porcentaje de exoneración depende, a su vez, del tamaño de la empresa, siendo mayor en el caso de las microempresas y las pequeñas empresas (todas ellas, con menos de 50 trabajadores), probablemente, las más afectadas por esta situación sobrevenida y las que presentan menor músculo financiero para soportar los avatares de la crisis económica que se anticipa, que en el de las medianas y grandes empresas (ver diagrama).
Sin embargo, existe también cierto consenso en que una verdadera flexibilización de los ERTE consistiría en acompasar la gradual recuperación del volumen de actividad más allá del 30 de junio, que es el máximo establecido por este RDL (aun cuando, en la disposición adicional primera se deja la abierta la puerta a una extensión de esta medida para algunos sectores económicos o territorios, todavía por definir, que vean limitada su actividad por razones sanitarias que subsistan llegada esta fecha), para ir rescatando poco a poco a los trabajadores que hibernan bajo la figura de los ERTE.
El coste laboral de las horas no trabajadas que deben asumir las empresas, junto con las limitaciones de aforo en ciertos establecimientos durante la fase 2 y 3 de la desescalada (que tratan de anteponer la salud de trabajadores y clientes, sin duda, lo más importante en estos momentos), pueden provocar un problema de rentabilidad que lleve a muchas de ellas a no poder recuperar del ERTE a todos los trabajadores que desearían. Pero es que, una vez llegado el 30 de junio, la incertidumbre que sobrevuela acerca de la evolución esperada de la facturación de estas empresas, especialmente, de aquellas que pertenecen a los sectores más castigados económicamente por la pandemia, puede poner aún más en entredicho la capacidad de resistencia de ciertas estructuras empresariales. Si esto se produjese, podría llegar a provocar un problema de solvencia que derivaría, inevitablemente, ya no solo en la no recuperación de los trabajadores que aún queden bajo la figura del ERTE, sino en la desaparición de una buena parte del tejido empresarial y el despido de aquellos otros trabajadores que habían sido rescatados, dejando prácticamente invariable el importe histórico de la factura que el SEPE afrontó el pasado mes de abril en concepto de prestaciones por desempleo (alrededor de 4.500 millones de euros). Una situación que todos queremos evitar a toda costa.
Por ello, resulta conveniente acompañar a las empresas con todo tipo de medidas económico-financieras, como las anunciadas hasta la fecha (aun cuando ya se esté evidenciando la necesidad de ampliar la línea de financiación ICO para atender el ingente volumen de demanda procedente del tejido empresarial, que algunos estiman en el doble de lo aprobado hasta la fecha), y laborales, como las citadas con anterioridad, para que retornen a la “nueva normalidad” de la forma más adecuada posible y, así, puedan rescatar a todos los trabajadores que esta nueva situación les permita.
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