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La cúpula de la CAM, condenada por el cobro ilegal de dietas multimillonarias

La Audiencia de Alicante sentencia a nueve meses de prisión al expresidente de la caja Modesto Crespo y a dos años y medio al exdirector Roberto López Abad

Modesto Crespo.
Modesto Crespo. EFE

La Audiencia de Alicante ha condenado a dos años y medio de cárcel al ex director general de la extinta Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) Roberto López Abad por los 600.000 euros en dietas que cobró de forma irregular, entre 2009 y 2011, el expresidente de la entidad Modesto Crespo, al que impone los nueve meses de cárcel que él mismo aceptó durante el juicio.

Además, el tribunal ha sentenciado a otros cuatro exconsejeros, integrantes de la comisión de retribuciones de la caja – José Forner, Antonio Gil-Terrón, Luis Esteban y Martín Sevilla-, a penas de un año y medio de cárcel. Todos ellos son declarados culpables de un delito de apropiación indebida agravada, según el fallo adelantado este martes por el Tribunal Superior de Justicia valenciano.

En cambio, la sala ha absuelto a otros 15 antiguos miembros del consejo de administración que se sentaron en el banquillo de los acusados entre junio y julio de este mismo año. La Fiscalía Anticorrupción y las acusaciones particular y popular ya habían exonerado de cualquier responsabilidad penal a todos ellos al finalizar el juicio.

Este proceso se refiere al cobro de 600.000 euros en dietas por parte de Crespo entre 2009 y 2011 en Tinser Cartera SL, una de las sociedades participadas por la CAM, y forma parte del conjunto de causas por el presunto expolio de la entidad que instruyó en su día la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela.

Al principio de la vista oral, tras alcanzar un pacto con las acusaciones, Crespo confesó su culpabilidad y aceptó una pena de nueve meses de prisión, pagar una multa de 9.000 euros y devolver el dinero percibido de forma irregular. La Audiencia de Alicante ha validado ahora ese acuerdoy además ha condenado a López Abad y a otros cuatro exconsejeros.

El ex director general deberá hacer frente también al pago de una multa de 48.000 euros, mientras que los exintegrantes de la comisión ejecutiva deberán abonar 21.000 euros. En cualquier caso, la sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación, en el plazo de cinco días, ante la sala segunda de lo Penal del Tribunal Supremo.

La CAM, una caja con 130 años de historia que llegó a ser la cuarta de mayor tamaño en España, fue intervenida por el Banco de España el 22 de julio de 2011 y adjudicada meses después por un euro unos meses al Banco Sabadell.

Las irregularidades en su gestión detectadas tras la intervención estatal dieron pie a varias causas penales. El propio López Abad y otros tres antiguos directivos de la caja acumulan de hecho condenas de entre dos y cuatro años de cárcel dictadas por la Audiencia Nacional en octubre del pasado año por falsear las cuentas de la entidad, aunque ese caso está pendiente de recurso en el Supremo.

Además, su cúpula dirigente fue investigada por la venta de preferentes y deuda subordinada, en un proceso que acabó siendo archivado, y se encuentra procesada por supuestas irregularidades en la adquisición de parcelas y hoteles en el Caribe, principalmente en México y República Dominicana, entre otras irregularidades.

Los estatutos de la caja alicantina establecían que los cargos de consejero general o presidente tendrían “carácter honorífico y gratuito" y no podrían generar remuneraciones distintas de las dietas por asistencia a reuniones o gastos de desplazamiento que aprobase la asamblea general.

Sin embargo, según ha declarado probado ahora la sección décima de la Audiencia de Alicante, López Abad y Modesto Crespo se confabularon en 2009 e “idearon un plan para burlar la prohibición estatutaria” y conseguir que el segundo percibiese un sueldo de 300.000 euros anuales.

Los miembros de la comisión de retribuciones aceptaron esa propuesta, que en palabras de los magistrados era “inasumible”, pues “vulneraba lo dispuesto en los estatutos y la política retributiva de los consejeros por ellos fijada”, añade la resolución, a la que ha tenido acceso EL PAÍS.

El consejo de administración dio a su vez el visto bueno al nombramiento de Crespo como presidente de Tinser Cartera SL en una reunión celebrada el 27 de noviembre de ese año. Sin embargo, el tribunal entiende que no ha quedado acreditado que se sometiera a la consideración del órgano de gobierno los emolumentos del presidente “ni mucho menos” su carácter retroactivo, por lo que exculpa a quince de los acusados.

Las remuneraciones sí fueron reflejadas en cambio en el acta de dicha reunión, que fue “redactada y aprobada” con posterioridad por el secretario del consejo, José Forner, “con el único control del presidente”.

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