Pensionistas de primera y de segunda
Tan solo 25.300 personas se han acogido a la compatibilidad de jubilación y trabajo
Hace cuatro años, José Manuel, químico de profesión, se jubilaba. A los 65 años su vida profesional parecía haber llegado a su fin. Pero pasados unos meses, la empresa en la que trabajaba le llamó haciéndole una oferta: formar a los becarios de la compañía. El químico, que no quiere dar su apellido, se dio de alta en autónomos y empezó a hacer facturas por cada una de las 20 horas semanales de clases que imparte, por las que paga IVA e IRPF. “Trabajo la mitad que antes y me dedico a la enseñanza, que me encanta”. Sus ingresos superan los 9.172,80 euros anuales, el equivalente al salario mínimo interprofesional, y cobra, además, su pensión íntegra. ¿Cómo es esto posible? Muy sencillo: como muchos químicos, está colegiado. Factura a través de su colegio profesional y cobra su pensión a través de la mutua de este.
La ley española dificulta para unos lo que otros hacen con tranquilidad. Los profesionales acogidos a mutualidades de colegios profesionales constituidas antes del 10 de noviembre de 1995, son, junto con quienes cobren una incapacidad permanente o una pensión de viudedad, los beneficiados. Químicos, abogados, aparejadores, arquitectos técnicos y superiores, gestores administrativos, procuradores de tribunales y peritos e ingenieros técnicos industriales. Por derechos históricos, sus colegios profesionales están obligados a dar como mínimo la misma protección que el sistema público, pero lo que hagan por encima de este, es libre. Igual que si se tratara de un plan de pensiones privado. Los médicos también pueden conciliar su pensión con su trabajo por cuenta propia en condiciones bastante ventajosas sobre el resto de los jubilados.
En enero trascendía que varios escritores españoles estaban siendo investigados por cobrar, además de su pensión, por otros conceptos (derechos de autor, conferencias, premios…) por encima del salario mínimo interprofesional. La ley marca que, si se supera esa cantidad, hay que acogerse a una pensión flexible y cobrar la mitad de la jubilación. Sin embargo, muy pocas personas se han acogido a esta opción: 25.300 en toda España.
¿Dificulta el paro la compatibilidad?
Un antiguo director del Instituto Nacional de la Seguridad Social afirma que la compatibilidad plena de jubilación y empleo, como en Alemania, no es posible en España con un 20% de parados. "Alemania, con un 5% de desempleo, se lo puede permitir. Pero aquí dificultaría mucho la cosas". Sin embargo, Tomás Arrieta, de la Fundación Activos de Gran Experiencia, discrepa: "Los jubilados estarían en el mercado a las duras y a la maduras. Únicamente los que tuvieran algo que vender, trabajarían. Mandarían las reglas del mercado. Y promoveríamos el envejecimiento activo en vez de llenar el camino de obstáculos a los jubilados".
Javier Reverte o el ilustrador gráfico Forges, colaborador de EL PAÍS, han sufrido las consecuencias de esta norma. A ambos les acaban de retirar la jubilación y han tenido que pagar 121.637,13 euros, en concepto de los cuatro últimos años de pensión. Esta realidad ha puesto en jaque a todos los escritores y profesionales creativos españoles. Depende de donde sean estarán más o menos preocupados porque la inspección del Ministerio de Trabajo recae en las Comunidades Autónomas y unas son más benévolas que otras. La de Madrid ha afirmado a la Asociación Colegial de Escritores de España (ACE) que van a aplicar la norma sin miramientos.
La ley española prohibía compaginar pensión y trabajo, pero en 2013 se actualizó porque Europa, a la vista del aumento de las expectativas de vida, decide promover el envejecimiento activo. Ese fue el año en que se aumentó la edad para acceder a una pensión y añadió el concepto de jubilación flexible. En Alemania, Francia, Reino Unido, Suecia, Finlandia, Noruega o nuestro vecino Portugal no supone un problema cobrar por ambos conceptos. Pero en España, así como en Bélgica, Dinamarca o Países Bajos, sí. “España lo que quería dictando esta norma era ahorrarse dinero de la caja de la seguridad social, que está temblando, pues se ha quedado en la mitad de lo que tenía en 2011”, dice Carlos Muñoz Viada, asesor de ACE.
El presidente del Congreso, Patxi López, se reunía la semana pasada con la plataforma Seguir Creando, puesta en marcha por las entidades de gestión de derechos de autor, para manifestar su solidaridad con los creadores. Estos se preguntan por qué los derechos de autor pueden considerarse trabajo por cuenta propia pero las rentas del alquiler, los ingresos por figurar en consejos de administración o los dividendos por pertenecer a sociedades, no. “Obligar a los creadores jubilados a que dejen de crear no es solo cruel sino idiota”, dijo López tras el encuentro. Su partido, el PSOE, ha presentado proposición no de ley para que sea compatible cobrar la pensión con cualquier actividad creativa.
Esta diferencia entre la profesión del jubilado ha levantado suspicacias en algunos. Tomás Arrieta, economista y patrón de la Fundación Activos de Gran Experiencia, lleva años abogando porque los trabajadores jubilados puedan mantener su pensión junto con su actividad laboral sin límite económico. “Del carpintero al ingeniero, compatibilidad plena”, resume Arrieta a modo de eslogan. “Que se haga una ley más laxa para los escritores me parece bien, pero se debería de hacer para todos. Porque si no, la ley es discriminatoria, y la gente, si quiere o necesita seguir trabajando, se sumerge y punto”.
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