Una reforma laboral de verdad
Es necesario un contrato único indefinido con indemnizaciones por despido crecientes
Tras veinte años de reformas laborales plagadas de atajos y absurdos (la reforma de 2010, por ejemplo, introdujo subsidios ¡a los despidos!), España continúa teniendo el mercado laboral más disfuncional de los países desarrollados. Increíblemente, en esta crisis, se ha alcanzado -por tercera vez en los últimos 25 años- el 20% de desempleo. La situación todavía puede empeorar más durante 2012, de acuerdo con las predicciones de la UE. En estas circunstancias, España no puede permitirse una nueva reforma laboral de mínimos.
¿Qué reforma hace falta? El pasado jueves, un grupo de economistas conocedores del mercado de trabajo presentamos, con el apoyo de FEDEA, un documento planteando los principios básicos que debe satisfacer una reforma laboral con posibilidades reales de éxito (www.fedea.es). Se trata de modificar profundamente, y de una vez por todas, el diseño institucional actual que tanto perjudica la competitividad de las empresas -creando graves obstáculos para la creación de nuevas empresas y para la viabilidad y el crecimiento de las pymes- y que tanta desigualdad genera entre trabajadores y entre empresas de diferente tamaño.
En nuestra opinión, tal reforma debe guiarse por dos principios fundamentales. Primero, debe responder a las necesidades de la sociedad en su conjunto, y no a las de las empresas grandes y los trabajadores protegidos que son quienes gozan del mayor reconocimiento institucional. Segundo, debe ser una reforma de calado, evitando más atajos y chapuzas que perpetúen los privilegios de algunos en detrimento de otros. En concreto, debe modificar en profundidad la protección por desempleo y las políticas activas de empleo, la negociación colectiva y la contratación laboral, tal y como describimos a continuación.
La protección por desempleo y las políticas activas de empleo deben utilizarse para atender en mayor medida a los grupos más desfavorecidos. Un plan de empleo juvenil que, como en el pasado, tire de subvenciones sin mejorar las deficiencias de las políticas activas existentes, sería tan ineficaz como sus antecesores. Enfrentarse a la crítica situación actual requiere reorientar estas políticas activas hacia los parados de larga duración (casi dos millones y medio de personas), hacia los jóvenes con insuficiente formación, y aumentar los recursos destinados a tales fines, pese al ajuste fiscal en curso.
La reforma debe ser de calado, evitando más atajos y chapuzas que perpetúen los privilegios de algunos en detrimento de otros
Parte de los recursos adicionales necesarios para mejorar radicalmente dichas políticas deben proceder de la supresión de las subvenciones a la contratación indefinida y del uso de FOGASA para subvencionar despidos. La financiación también puede ampliarse permitiendo una mayor participación, con transparencia, de las agencias privadas en la intermediación y la formación laboral, mediante tarifas que discriminen en función del éxito en la colocación de los parados con más dificultades. Finalmente, como ya recoge la legislación, aunque hasta ahora sin consecuencias, las prestaciones deben estar rigurosamente condicionadas a la búsqueda efectiva de empleo o a la participación en programas de reinserción laboral o de reciclaje. De forma análoga, las empresas que abusen del sistema de protección por desempleo con una rotación excesiva de sus trabajadores deben contribuir en mayor medida a su financiación.
La negociación colectiva debe permitir que las empresas se adapten a las condiciones económicas. Por la forma en que se fijan en nuestro país, los salarios y otras condiciones de trabajo no responden ni a la situación cíclica de la economía, ni al paro, ni a la productividad de trabajadores y empresas. Así, las empresas pierden competitividad, respondiendo a cualquier perturbación negativa mediante despidos masivos. Facilitar la adaptación de las empresas requiere establecer la primacía de los convenios de empresa sobre los de ámbito superior, así como establecer umbrales reforzados de representatividad de las partes firmantes. Ahora, los convenios de ámbito supra-empresarial tienen eficacia de ley, aplicándose automáticamente a todos los trabajadores de un sector (normalmente a nivel provincial o autónomico). Esta situación, totalmente atípica en Europa, perjudica gravemente los intereses de los parados y de las posibles nuevas empresas.
Con una regulación laboral tan disfuncional como la existente, será imposible resolver el drama del paro
Además, ningún acuerdo o convenio colectivo de ámbito superior debe tener la capacidad de vetar el descuelgue del convenio para las empresas, debiendo ampliarse las materias que pueden modificarse mediante acuerdos entre el empresario y los trabajadores al margen del convenio vigente, y aquellas que puede fijar libremente el empresario, con control judicial posterior.
Finalmente, la inercia de la negociación colectiva es una de las causas principales del diferencial desfavorable y crónico de la inflación española con respecto a la del área del euro y la erosión de nuestra competitividad. Para reducirla, es necesario tanto limitar la "ultraactividad" (duración ilimitada del convenio) -de forma que la eficacia de ley del convenio decaiga cuando haya transcurrido un año desde su vencimiento- como limitar al máximo el uso de cláusulas de indexación automática de los salarios con la inflación, ya abandonado en la inmensa mayoría de países europeos.
La reforma de la contratación laboral debe reducir drásticamente la dualidad. Desde finales de los años ochenta, un tercio de los asalariados son temporales (un cuarto ahora, en la crisis). Este nivel de temporalidad, excepcional en Europa, provoca una enorme inestabilidad del empleo y dificulta el crecimiento de la productividad. Reducir la dualidad subvencionando la contratación indefinida o alterando marginalmente los costes de despido se ha mostrado estéril. Es necesario introducir un contrato único de carácter indefinido con indemnizaciones por despido crecientes para las nuevas contrataciones. Además, debe suprimirse la autorización administrativa para los despidos colectivos, desconocida en el contexto europeo y con un importante efecto disuasorio para las decisiones de inversión en nuestro país.
Por otra parte, la reforma debe dotar de mayor flexibilidad horaria al contrato indefinido a tiempo parcial, de forma que sirva para cubrir empleos susceptibles de tener una distribución irregular de horas de trabajo a lo largo del año. También deben eliminarse las restricciones que aún impiden a las empresas de trabajo temporal operar plenamente como agentes de intermediación laboral y acomodar las necesidades de empleo estacional de todo tipo de empresas. De esta forma será posible eliminar los contratos temporales actualmente en vigor, dejando solo un contrato de sustitución o interinidad.
No existen soluciones mágicas para resolver el drama del paro insostenible cada vez que tiene lugar una recesión. Ahora bien, con una regulación laboral tan disfuncional como la existente, será imposible lograrlo. Tras casi tres décadas intentando cambiar marginalmente este mercado de trabajo tan ineficiente e injusto ha llegado el momento de hacerlo de forma decidida.
La propuesta descrita ha sido elaborada por los autores del artículo y los profesores J. Andrés, A. Cabrales, J. I. Conde-Ruiz S. de la Rica, F. Felgueroso, J. I. García Pérez, M. Güell, M. Jansen, S. Jiménez, J. Messina y P. Vázquez.
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