El PSOE se decide por una ley de plazos en que el aborto es libre
La reforma impedirá alegar riesgo materno después de la semana 22
Habrá ley de plazos para el aborto, es decir, un periodo en que la mujer podrá decidir libremente sobre su embarazo. Pero también se fijará un límite para supuestos del aborto, como los riegos psíquicos para la madre, que con la ley actual pueden practicarse hasta el final de la gestación. El Grupo Socialista en el Congreso se ha decidido por un modelo como el recomendado por los expertos que asesoran al Gobierno, y que proponen plazos de 14 semanas sin justificación y de 22 semanas bajo ciertos supuestos.
El Grupo Socialista ya ha elaborado las propuestas que servirán de base para la futura ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). Hoy las presentará en la Subcomisión parlamentaria que ha trabajado para recabar información y testimonios sobre la situación del aborto en España. Todos los grupos harán lo mismo. Los socialistas se decantan por una "ley específica", y dejar de considerar el aborto como un delito incurso en el Código Penal. Se derogará el artículo 417 bis del Código Penal, en el que ahora se establecen los tres supuestos de despenalización.
El texto fija en 16 años la edad para tener autonomía para decidir
La futura ley será "de plazos y de indicaciones". En las recomendaciones, que hoy expondrá la portavoz de Igualdad del Grupo Socialista, Carmen Montón, no se incluye un plazo específico aunque en el Grupo Socialista se da por seguro que el Ministerio de Igualdad marcará 14 semanas. En el texto socialista se hace referencia a la experiencia de los países de nuestro entorno y, singularmente Francia, en el que rigen las citadas 14 semanas.
Junto a este plazo se establecerá en la futura ley un sistema de indicaciones que, en todo caso, tendrán un límite de 22 semanas, aunque en las conclusiones tampoco figura deliberadamente. Éste será el plazo para interrumpir el embarazo en el supuesto de malformación del feto y de grave peligro para la salud física o psíquica de la mujer. Esto significa una novedad absoluta respecto a la actual legislación, ya que ahora no se establece límite para abortar si se alegan riesgos psíquicos, el supuesto que se utiliza mayoritariamente. En la propuesta no se hace referencia a la posibilidad de que la mujer aborte en cualquier momento de la gestación si se descubre que el feto no es viable, lo que sí recomendaba el informe de los expertos del Gobierno.
Otra diferencia con respecto a la regulación actual está en la eliminación de la mención a la violación como causa para abortar, ya que este supuesto quedaría subsumido en el plazo de aborto libre. El interés del Grupo Socialista y del Gobierno en que la futura ley tenga más garantías jurídicas y de salud, se refleja en la mención del aborto para casos de menores. Se fija la edad de 16 años para tener "autonomía de decisión". Entre los 12 y los 16 años se "oirá" al menor pero se exigirá el consentimiento de padres o tutores.
La preocupación por el altísimo número de abortos en adolescentes ha llevado a proponer "facilitar el acceso a métodos anticonceptivos seguros y adecuados a cada situación". También se habla de formación en educación afectivo-sexual obligatoria en el sistema educativo, "con el fin de prevenir embarazos no deseados y enfermedades de transmisión sexual y otros problemas para la salud, y poner las condiciones para un intercambio afectivo entre los jóvenes basado en la igualdad, la libertad y el respeto a los derechos de la otra persona y para un desarrollo responsable de la sexualidad".
Sobre la apelación a la objeción de conciencia por los médicos se aconseja lo siguiente: "Clarificar el ejercicio de la objeción de conciencia, que en ningún caso podrá ser invocada por los centros sanitarios y no debe erigirse en un obstáculo para el acceso de las mujeres a la IVE, correspondiendo a las autoridades sanitarias velar en todo momento por la efectividad de dicha prestación". Es decir, si un médico no accede a la intervención, el centro tendrá que proponer a otro. Se pide, además, la inclusión del aborto y la salud sexual y reproductiva en los planes de estudio de las profesiones sanitarias.
La situación actual
En España el aborto no es legal. Solamente está despenalizado en tres supuestos. Aun así, cada año interrumpen su embarazo más de 100.000 mujeres. Los tres casos en los que es posible abortar son:
- Peligro para la salud física y mental de la madre. No tiene plazos. A este supuesto se acogieron la mayoría (el 97%) de las mujeres que interrumpieron su embarazo. Dos médicos que no sean los que van a practicar la intervención deben acreditar el perjuicio.
- Violación.T iene el límite más corto porque es el más fácil de acreditar: hay que practicarlo antes de las 12 semanas de gestación.
- Riesgo o malformación del feto. Tiene que practicarse antes de las 22 semanas de embarazo. Es el supuesto que tiene un límite más discutido. Con los avances en neonatología, los expertos ya son capaces de sacar adelante a bebés nacidos en ese plazo. Pero hay daños que se detectan más tarde.
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