Bridgestone condenada por incumplir la normativa de amianto
Deberá indemnizar a la familia de un trabajador muerto de cáncer
La jurisprudencia sobre el amianto en España empieza a abrir puertas a las reclamaciones de los trabajadores. La fabricante de neumáticos Bridgestone-Firestone Hispania, ubicada en Basauri, ha sido condenada por el titular del Juzgado número 4 de lo Social de Bilbao, Íñigo Carlos Martínez Aspiazu, por incumplir la normativa sobre el amianto en materia de controles y prevención de accidentes.
La empresa deberá indemnizar a la familia de Julián Manuel Zugazua, un trabajador que falleció en agosto pasado a causa de un mesotelioma pleural, un tipo de cáncer de pulmón relacionado directamente con la exposición al amianto.
El juez considera un hecho probado la existencia de amianto en las instalaciones a lo largo de la historia de la planta, y "todavía existe en la actualidad", no como un componente de los neumáticos, sino en la maquinaria e instalaciones que conforman el proceso de producción. Además, está acreditado un proceso de desamiantado en algunas partes de la empresa.
Considera el juez también un hecho probado la inexistencia de las medidas de prevención previstas en la normativa de 1982 y de 1984, y que eran de aplicación no sólo para las empresas que fabricaran amianto o lo manipularan, sino para todas aquellas que lo tuvieran en sus instalaciones, entre otros usos, como aislante térmico. Bridgestone está en el listado de empresas importadoras de amianto. Lo utilizaba para aislar el calor de las tuberías por las que circulaba el vapor con el que se calienta el caucho. El juez se refiere a dos incumplimientos concretos: la inexistencia de los reconocimientos médicos periódicos específicos y la ausencia de mediciones de concentración de polvo de asbesto junto a las tuberías recubiertas de amianto que había en la fábrica, también obligatorias.
El abogado José Luis Luengas, que representa a la familia del trabajador fallecido, cree que la sentencia "abre un cauce a que se haga justicia con muchos trabajadores que han sufrido y siguen haciéndolo" por aspirar amianto. "Si había amianto en sus empresas, se debían de haber tomado medidas especiales", añade. Bridgestone deberá abonar la familia unos 75.000 euros.
Frente al argumento esgrimido por la empresa de que no se veía afectada por la normativa, al no formar parte el amianto de su proceso productivo, el juez responde que no sólo estaba afectada, sino que "el hecho de que tales mediciones de asbestos no se llevaran a cabo impidió que se adoptaran el resto de medidas preventivas, vinculadas a la detección de partículas, como [el uso de] mascarillas, señalización, o limpieza".
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