¡Ojo!, no tirar al contenedor
La imagen que ilustra este texto reproduce la etiqueta que deben llevar todos los aparatos electrónicos y eléctricos recogidos en el real decreto, de 2005, que regula la gestión de los residuos de estos productos. La imagen significa que estos productos no se pueden tirar a la basura convencional y que, cuando se compran, se está pagando también para que se recicle correctamente al final de su vida útil.
El consumidor tiene dos posibilidades. La primera, llevarlo a alguno de los 777 puntos limpios que existen en España. Según el Ministerio de Medio Ambiente, éstos están repartidos "desigualmente", ya que hay provincias enteras que no cuentan con ninguno.
La otra posibilidad es dejarlo en el establecimiento donde se compre uno nuevo, que tiene que ser de "tipo equivalente" o realizar "las mismas funciones" que el que se desecha, según dice el real decreto. "No hace falta ir con la plancha en el bolsillo. Se puede ir a la tienda al día siguiente con el recibo de compra y el electrodoméstico viejo", explica un portavoz de Ecolec, una de las fundaciones que recogen estos productos.
Éstas son las máquinas que es obligatorio reciclar, que la norma divide en 10 categorías: grandes electrodomésticos (como neveras, lavadoras, lavavajillas), pequeños electrodomésticos (aspiradoras, tostadoras, freidoras), informática y telecomunicaciones (ordenadores, impresoras, móviles), aparatos de consumo (radios, televisores, vídeos), alumbrado (fluorescentes, lámparas de sodio), herramientas (taladradoras, máquinas de coser), juguetes (videojuegos, consolas portátiles), médicos (aparatos de diálisis, ventiladores pulmonares), vigilancia (detectores de humo, termostatos) y expendedoras (de bebidas, comida, dinero).
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