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Tribuna:LEY ANTITABACO Y CAMBIO CLIMÁTICO
Tribuna
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Buenas noches y buena suerte

Apunta la autora que afirmar determinados derechos antes no reconocidos es el punto de partida para poder exigir luego su respeto

Después de ver la película Buenos noches y buena suerte y de comprobar, entre otras cosas, la cantidad de humo de cigarrillos que se puede ver (y hasta casi inhalar) a lo largo de la proyección, me quedé con las ganas de saber de qué enfermedad, a qué edad y con qué sufrimiento murió ese gran periodista, Ed Murrow, protagonista de la historia, que fumaba sin tregua ni descanso.

Esta es una curiosidad que seguro comparto con otras muchas personas que todavía sentimos nostalgia por algo que tuvimos que dejar de consumir, el tabaco. Pero hay también otra reflexión que, como economista, me hice al salir del cine. La reflexión es inmediata, pero tiene un argumento que puede ampliarse, y que se refiere a los cambios en los derechos de propiedad que la película refleja.

El cambio climático está ocurriendo porque no había (ni hay)derechos de propiedad definidos sobre la atmósfera

La comparación entre lo que ocurría en la época en la que acontecían los hechos que se describen en ella y el momento presente deja bien claro el impresionante cambio que la política activa de los gobiernos ha ocasionado en lo que podríamos llamar derechos de propiedad sobre el aire puro en un aspecto concreto: el humo provocado por el tabaco.

En los años cincuenta, cuando el senador J. R. McCarthy desarrollaba la cruzada contra todo lo que, para él y sus amigos, tuviera algún asomo de ideología comunista, estaba claro que los derechos de propiedad estaban en poder de los fumadores. La calidad del aire que se respiraba en el lugar de trabajo, por citar un espacio en el que todos pasamos muchas horas, la determinaban los que fumaban, porque se les reconocía, implícitamente, el derecho de hacer lo que quisieran en relación a su gusto, vicio o afición. Podían fumar, emitir humo, molestar a los no fumadores; y a éstos ni siquiera se les pasaba por la cabeza que pudieran protestar por tener que trabajar en un ambiente cargado y molesto.

La política desarrollada por muchos gobiernos ha ido, a lo largo de los años, alterando el sentido de estos derechos. En la actualidad los derechos de propiedad los tienen, los tenemos, los no fumadores. Somos nosotros los que podemos exigir respirar aire puro en los lugares de trabajo y en muchos lugares públicos, y son los fumadores los que se ven abocados a fumar en la calle o en zonas privadas propias, porque en las ajenas pueden verse obligados a pedir autorización para hacerlo.

A lo largo de los años, la información generada acerca del daño que el humo ocasiona sobre la salud, la transmisión de esta información y, sobre todo, las políticas activas que se han ido poniendo en marcha -zonas exclusivas para fumadores, impuestos sobre el tabaco, prohibición en la publicidad de este producto- han alterado el marco. Tampoco podemos olvidar las numerosas demandas interpuestas contra los fabricantes por aquellos que han sufrido los daños que el tabaco ocasiona.

El cambio en derechos lo hemos asumido de forma bastante natural y, sin embargo, es revolucionario. También es cierto que esta asunción ha exigido mucho tiempo.

Esta reflexión se extiende a otras muchas áreas de la vida, y en particular a muchos problemas ambientales a los que nos toca enfrentarnos en el presente. No todos, pero sí muchos de estos problemas se han producido por la falta de unos derechos de propiedad bien definidos.

El ejemplo más obvio es el del cambio climático. Lo tenemos y lo hemos provocado entre, sobre todo, los países desarrollados, porque no había (ni hay) derechos de propiedad definidos sobre la atmósfera. La falta de esta asignación, difícil de hacer por otra parte, ha ocasionado el problema e influye en la dificultad de solucionarlo. No olvido que hay otras muchas razones; la naturaleza de mal global, que incentiva a los agentes y a los países a comportarse como polizones sin billete (free riders) es una razón importante a tener en cuenta. Pero este comportamiento podría verse como una consecuencia de la imposibilidad real de definir con precisión los derechos de propiedad. Existen bienes en el mundo, y muchos de ellos son activos ambientales, que reúnen las características de "no rivalidad en el consumo" (todos consumimos la misma cantidad una vez que ésta está disponible) y "no exclusión" (es imposible o muy costoso excluir a alguien del uso y disfrute de los mismos).

Poco a poco, como en el ejemplo de los fumadores y también en el caso del cambio climático, si se consigue que la información que se genera con la investigación se propague rápido y bien y las políticas de los gobiernos comiencen a cobrar cuerpo y sustancia, se cambiará la percepción acerca de quién tiene derecho a qué. ¿Tenemos derecho los ciudadanos a exigir que el clima de la tierra se mantenga sin alteraciones y, por tanto, el protocolo de Kyoto o una política semejante sea ratificada por todos los países? ¿Tenemos derecho a exigir que los países que más influyen en la creación del efecto invernadero actúen en un plazo determinado, ya que el problema presenta irreversibilidades que necesariamente hay que tener en cuenta?

Visto lo ocurrido en otros ámbitos (el que he mencionado al principio de estas líneas es sólo un ejemplo), no parece arriesgado manifestar que, en un plazo no muy largo, la información y transmisión de datos, así como las políticas que los gobiernos vayan poniendo en práctica, acabaran por definir los derechos de propiedad. Y lo harán de forma tal que los que preferimos que el clima de la tierra no se malogre, aunque haya que pagar algún precio en términos de PIB y de renta) por conseguirlo, tendremos el derecho a exigirlo. Qué duda cabe de que se trata de lograr este objetivo incurriendo en el menor coste posible y que, para ello, no cualquier solución es válida. Pero ésta es otra reflexión que la película que da título a este artículo no contempla. Tampoco era su objetivo.

Mª Carmen Gallastegui es catedrática de Economía de la UPV y Premio Euskadi de Investigación 2005.

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