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El Gobierno prohíbe encender fuego en "todo tipo de espacios abiertos"

Luis R. Aizpeolea

El Consejo de Ministros reaccionó ayer a la tragedia de Guadalajara -11 muertos en el incendio declarado en Riba de Saelices que ha quemado más de 12.000 hectáreas de superficie forestal- con un real decreto que firmaron los dos vicepresidentes y cinco ministros donde se acuerda, entre otras medidas, la prohibición de encender fuego en "todo tipo de espacios abiertos". El texto no precisa qué se entiende por espacio abierto. Fuentes del Ejecutivo explicaron ayer que se refiere sólo a "zonas no urbanas". También prohíbe fumar y circular con vehículos de motor en las zonas forestales e, incluso, el acceso a las zonas de alto riesgo, que deberán definir las comunidades autónomas en un plazo de siete días. Estas medidas extraordinarias, que entrarán en vigor la próxima semana y se aplicarán hasta el uno de noviembre, fueron acordadas para "evitar tragedias como la ocurrida en Guadalajara de consecuencias irreparables humanas y ecológicas", según explicó la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega.

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El decreto-ley de medidas urgentes, presentado por la vicepresidenta y la ministra de Medio Ambiente, Cristina Narbona, propone ayudas para las familias de las víctimas e indemnizaciones por los daños causados; plantea el reforzamiento de la coordinación entre la Administración central y las de las comunidades autónomas y adelanta una serie de medidas preventivas.

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La ministra de Medio Ambiente admitió que las medidas adoptadas representan un "sistema muy estricto de prohibiciones y sanciones". La primera es la prohibición de encender fuego en "espacios abiertos", como la quema de rastrojos, de pastos permanentes y de restos de poda. También se prohíbe encender fuego en las áreas de descanso y en las zonas recreativas y de acampada. La medida de prohibición en espacios abiertos se viene aplicando desde el año 1995, entre los días 15 de marzo y 15 de septiembre, en Cataluña, una comunidad muy castigada por los incendios.

Material pirotécnico

En las zonas forestales queda prohibido fumar, arrojar o abandonar objetos de combustión; la circulación de vehículos de motor; la utilización de maquinaria en los montes y en las áreas rurales situadas en una franja de 400 metros a su alrededor, en cuyo funcionamiento genere chispas y la introducción de material pirotécnico.

En las zonas declaradas de alto riesgo, según la ley de Montes, se prohíbe el tránsito de personas. En el plazo de siete días, las comunidades comunicarán al Ministerio de Medio Ambiente las zonas de su ámbito territorial consideradas de alto riesgo de incendio forestal. Asimismo, Fomento aumentará de inmediato las actuaciones de limpieza de vegetación de cunetas, márgenes y medianas de carreteras de titularidad estatal así como de las plataformas de las vías y márgenes.

Interior establecerá también, en el plazo de siete días medidas de refuerzo del SEPRONA (Servicio de Protección de la Naturaleza), de la tripulación de los aviones de extinción de incendios y se reconocerá a los agentes forestales funciones de policía administrativa.

El Consejo de Ministros decidió también reforzar la coordinación con la creación de un Centro de Coordinación de Información Nacional, en el que participarán representantes de la Administración central y de las comunidades, cuyo objetivo es disponer de información actualizada de los incendios así como de los medios disponibles de todas las administraciones.

Narbona precisó ayer que este organismo "no cambia la distribución de competencias contra incendios, que sigue en manos de las comunidades, porque no es un centro de toma de decisiones" sino que pretende "aumentar la capacidad de tomar decisiones más eficaces". Asimismo, la Comisión interministerial de prevención y lucha contra incendios aumentará sus funciones y contará con un comité permanente hasta el uno de noviembre, presidido por el subsecretario de la Presidencia, Luis Herrero.

El decreto-ley establece ayudas para caso de fallecimiento, que ascenderá "a la mayor cantidad legalmente posible por cada persona fallecida así como en los casos de incapacidad absoluta permanente".

También serán indemnizadas las explotaciones agrícolas y ganaderas que hayan sufrido daños por los incendios, en los casos que hayan sufrido pérdidas superiores al 20% de la producción. El decreto también concede exenciones de impuestos, como el de Bienes Inmuebles, a viviendas y explotaciones afectadas así como moratorias en el pago de la Seguridad Social y préstamos en función de la evaluación de los daños.

La vicepresidenta primera del Gobierno agradeció ayer, tras el Consejo de Ministros, "la valentía y el acto de servicio auténticamente heroico" protagonizado por los agentes forestales heridos y fallecidos en el incendio así como por "las decenas de miles de héroes dispuestos a dejar su vida en la lucha contra el fuego". Fernández de la Vega respondió a las críticas del PP, sobre la ausencia de Zapatero de Guadalajara, que "aquellos que cuando pudieron, no dieron ejemplo, no están en condiciones de dar lecciones a nadie".

LOS MEDIOS ESTATALES DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS.

LA LUCHA CONTRA LOS INCENDIOS

El Ministerio de Medio Ambiente, dentro del Plan contra los incendios forestales, pone a disposición de todas las comunidades autónomas una serie de medios aéreos de extinción que durante este año 2005 se concretan en 62 aviones, hidroaviones y helicópteros, de los que algo más de la mitad (33) están todo el año disponibles, mientras que el resto opera durante la campaña de verano (del 1 de julio al 30 de septiembre). Respecto al año pasado, Medio Ambiente ha dispuesto seis medios aéreos más para el plan contra los incendios forestales.

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